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Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

4 respuestas
Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal
Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal
#1

Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

 
Hola!. Quería hacer una consulta que no me queda muy para saber cuando debo pedir el subsidio de mayores de 52 años. 


El 20 de junio finalicé un contrato de trabajo a media jornada que duró 3 meses (ganaba 635,86€). Ahora quiero solicitar el subsidio para mayores de 52 años, y sé que tengo 15 días hábiles desde el fin del contrato para pedirlo.

Mi duda es sobre los plazos, ya que al rellenar la solicitud, veo que me piden declarar los ingresos del mes anterior a la solicitud. Si la presento el 1 de julio, se tienen en cuenta los ingresos de junio, donde sí tuve nómina y serían 635+220 (que tengo de rendimiento de capital inmobiliario)= 857€. 


Si espero al 1 de agosto, solo tendría los 220€ de capital inmobiliario. El problema es que si espero a agosto, ya habrían pasado los 15 días hábiles, y temo que me lo denieguen por fuera de plazo. Me preocupa cometer un error, porque ya me denegaron el subsidio una vez por exceso de rentas por un malentendido por mi parte y desde entonces no me aclaro.

¿Alguien puede ayudarme??? Mil gracias 
#2

Re: Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

Si transcurren los 15 días hábiles,  la única diferencia es que el nacimiento del subsidio será en la fecha de presentación de la solicitud.
Es decir,  perderás días de cobro pero no se lo pueden denegar por fuera de plazo. 
Por cierto,  en el cálculo de rentas NO cuenta lo percibido del trabajo. 
Haz los cálculos para Agosto o incluso antes. 
#3

Re: Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

Creo que tienes hasta un año para solicitarlo por exceso de rentas. Espérate a agosto.
#4

Re: Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

Si me lo permite, solicítelo ya si ha disfrutado de las vacaciones pendientes generadas por ese contrato y una vez se inscriba como demandante de empleo en su oficina autonómica. No tiene sentido perder días de cobro de subsidio y días de cotización. Las rentas de Junio por importe de 220 euros brutos, tal y como indica, no repercuten absolutamente para nada a efectos de cumplir el requisito de carencia de rentas por el mencionado concepto (rentas de capital  inmobiliario) ya que están por debajo del umbral_límite establecido.
Saludos.
#5

Re: Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal

No se tienen en cuenta las rentas de trabajo, de un trabajo finalizado.
Pidalo sin miedo