Hola, buenos días, compañeros del foro. ¿Qué hay de nuevo por aquí?
Hace ya algún tiempo que no escribía por este hilo. En su día estuve muy activo por aquí compartiendo con vosotros mi proceso, y quería recordaros que, afortunadamente, en noviembre de 2024 por fin me dieron la Incapacidad Permanente Total tras pasar por todo el camino de los famosos 8 puntos.
Os pido disculpas de antemano por usar este mismo hilo para una consulta de la Renta, pero como sé que por aquí hay grandes expertos como José Luis 54, quería aprovechar vuestra experiencia para el último empujón, ya que me ha surgido un problema con el seguro.
Os comento: mi incapacidad viene derivada estrictamente de un Accidente de Trabajo reconocido oficialmente por el INSS. A principios de 2025, cobré la indemnización que me correspondía por el Seguro Colectivo del Convenio de mi empresa a través de VidaCaixa.
El problema es que, al mirar mis datos fiscales de la Renta ahora, veo que la aseguradora ha informado a Hacienda de esa cantidad metiéndola como "Rendimiento del Trabajo" (clave Prestación), sumándomelo todo en la Casilla 0003 junto a mi pensión normal. Debido a esto, el borrador me da un resultado a pagar muy alto.
Tengo entendido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Artículo 7.d de la Ley del IRPF que las indemnizaciones por incapacidad derivadas de accidente laboral por convenio están exentas, pero la gestora del seguro se cierra en banda y me dice que al ser una póliza colectiva de vida-pensiones no se puede aplicar la exención. Ya les he mandado una reclamación seria por escrito.
Mis dudas son:
- ¿Creéis que tengo base sólida para defender ante Hacienda la exención del Artículo 7.d con mi resolución de accidente de trabajo del INSS y el Convenio Colectivo, a pesar de lo que diga la aseguradora?
- Si la aseguradora no rectifica a tiempo, ¿qué me recomendáis? ¿Modifico el borrador quitando esa cantidad asumiendo que me llegará una paralela para aportar los papeles del INSS, o presento tal cual y luego reclamo una rectificación de ingresos indebidos?
Agradecería muchísimo vuestra opinión si a alguien le ha pasado algo parecido con los seguros de convenio tras una IPT por contingencia profesional.
¡Un saludo a todos, me alegra leeros de nuevo y muchas gracias por la ayuda!