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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Solilluna,cuantos años llevas trabajando con la discapacidad reconocida? He leído, que con una de las nuevas leyes, si tienes por lo menos un 45% de discapacidad y has trabajado 5 años desde que te la concedieron, te puedes jubilar con 55 o 56 años, y tú tienes 63.....infórmate si eso!! Acabo de encontrar este artículo...no sé cómo compartirlo,pero he copiado el encabezamiento, es de Campany Abogados creo...echa un vistazo para ver si concuerda con tu caso.....
Nueva ley de jubilación anticipada por discapacidad del 45%
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Simpabb, me has creado una duda en esa información, dices que si me conceden la IPT, me quitan todas las cotizaciones, pero supongo que será para temas de paro, porque si yo tengo 43 años cotizados y dentro de dos años cumplo los 65 "mi jubilación ordinaria" no perdería mis 43 años trabajados a la hora de calcular el importe de mi pensión?.
El compañer@ A1881 me contesto esto en otro foro :
" en principio con una total seria mas favorable a los 65 años la jubilacion,puesto que esta seria del 100% y los 2 años que le faltan el propio inss le cotizaria lo que llaman lagunas de cotizacion que ahora mismo esta en 1.260€ mensuales,lo que quiere decir que perderia muy poco de su jubilacion y le seria mucho mas rentable que la incapacidad".
Es que claro, si se pierden todos los años, tampoco podría jubilarme a los 65 años, porque no tendría nada cotizado. Por favor aclararmelo un poco, reconozco que me estoy rallando un poco con esto. Muchas gracias y saludos.
El compañer@ A1881 me contesto esto en otro foro :
" en principio con una total seria mas favorable a los 65 años la jubilacion,puesto que esta seria del 100% y los 2 años que le faltan el propio inss le cotizaria lo que llaman lagunas de cotizacion que ahora mismo esta en 1.260€ mensuales,lo que quiere decir que perderia muy poco de su jubilacion y le seria mucho mas rentable que la incapacidad".
Es que claro, si se pierden todos los años, tampoco podría jubilarme a los 65 años, porque no tendría nada cotizado. Por favor aclararmelo un poco, reconozco que me estoy rallando un poco con esto. Muchas gracias y saludos.
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11272
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11273
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11275
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Laura 8.
A mí me an concedido incapacidad permanente total.
I no me corresponde revisión pok en el informe del siquiatra inns.
Incapacidad absoluta profesional, social i laboral.
Crónico total.
Ahora e echado a la junta de Andalucía la incapacidad de grado.
I si me dan un grado superior al 65%.
Me tienen k dar la incapacidad permanente absoluta.
A mí me an concedido incapacidad permanente total.
I no me corresponde revisión pok en el informe del siquiatra inns.
Incapacidad absoluta profesional, social i laboral.
Crónico total.
Ahora e echado a la junta de Andalucía la incapacidad de grado.
I si me dan un grado superior al 65%.
Me tienen k dar la incapacidad permanente absoluta.
#11276
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11277
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11278
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11279
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si lees bien lo que dice la compañera te este diciendo lo mismo que te estoy diciendo yo. Ellos para coger para una incapacidad te van a coger los últimos 8 años cotizados por ley pero al concederte la incapacidad empiezas a cotizar de nuevo.
Eso es hasta donde yo sé y me explicaron, pero como esto va cambiando de un día para otro ya no lo sé.
Informaros muy bien porque con esa edad al no ser que te concedan la absoluta no te merece la pena que te la concedan.
Eso es hasta donde yo sé y me explicaron, pero como esto va cambiando de un día para otro ya no lo sé.
Informaros muy bien porque con esa edad al no ser que te concedan la absoluta no te merece la pena que te la concedan.
#11280