#616
#617
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#618
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas tardes yo también estoy pendiente de los famosos ocho puntos y solo voy por el 2...Tengo una duda, no se si me podréis ayudar, para el calculo de la pensión por enfermedad común se tienen en cuenta también los años totales cotizados? Por que supongo que no será lo mismo tener 10 años cotizados que 25 y en ese caso como se sacaría el resultado?
#619
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#620
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#621
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
i la incapacidad deriva de enfermedad común:
-
Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:
-
Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
- Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
- Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
- Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
- El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.
-
Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
#622
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias ya me he informado, ahora entiendo porque a tantas personas les quedaba tan poca pensión, es que hay que aplicar también a la base reguladora un porcentaje según los años cotizados, 15 o menos años el 50% y a partir de ahí va subiendo igual que en la jubilación, esto es para enfermedad común y menores de 65 años.
un ejemplo por si os sirve de ayuda,
persona de 56 años con 27 cotizados (desde que empezó a trabajar y contando hasta el día que le hubiera correspondido la jubilación)
Bases cotización últimos 96 meses 127.000
127.000/112= 1.133
1.133 X 79,48% (corresponde al porcentaje de los 27 años cotizados) = 900€ Base Reguladora
900 X 55% = 495 (Hay un mínimo de 527 con cónyuge no a cargo y 635 con cónyuge a cargo)
900 X 75% = 675€ pensión mensual por 14 pagas
un ejemplo por si os sirve de ayuda,
persona de 56 años con 27 cotizados (desde que empezó a trabajar y contando hasta el día que le hubiera correspondido la jubilación)
Bases cotización últimos 96 meses 127.000
127.000/112= 1.133
1.133 X 79,48% (corresponde al porcentaje de los 27 años cotizados) = 900€ Base Reguladora
900 X 55% = 495 (Hay un mínimo de 527 con cónyuge no a cargo y 635 con cónyuge a cargo)
900 X 75% = 675€ pensión mensual por 14 pagas
#623
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#624
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#625
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Guimar hoy estuve en una asesoría para ver todo el tema y te lo comento por si tienes hijos. A parte de la ayuda de los 27 que si se puede pedir por cada hijo, además me han dicho que hay otra que si entre el matrimonio no supera is los 32000 euros o cosa así, según la edad del hijo te dan 100, 80 o 50 euros. Te lo digo por si te interesa o la puedes solicitar, bueno tu o alguno de este foro.
#626
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#627
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#628
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si es así pero como hay una base mínima, dependiendo de la situación será un poco mas
TOTAL DERIVADA ENFERMEDAD COMÚN MENOR 60 AÑOSCUANTÍAS MENSUALESCUANTÍAS ANUALES
Con cónyuge a cargo | 532,00 | 7.448,00
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 532,00 | 7.448,00
Con cónyuge NO a cargo | 527,40 | 7.383,60
TOTAL DERIVADA ENFERMEDAD COMÚN MENOR 60 AÑOSCUANTÍAS MENSUALESCUANTÍAS ANUALES
Con cónyuge a cargo | 532,00 | 7.448,00
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 532,00 | 7.448,00
Con cónyuge NO a cargo | 527,40 | 7.383,60
#629
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#630