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Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

28 respuestas
Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE
Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE
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#1

Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Buenas
En 2026 sali al extranjero 46 días consecutivos (me incluyeron días de salida y regreso)
Se me suspendió la prestación y no cobré, reanude, todo en tiempo y forma.

Mi duda es si puedo seguir saliendo por periodos inferiores a 30 días en el resto de 2026 (siguiendo los protocolos clasicos) y seguir cobrando la prestación .

En la web sepe la verdad se explica regular pues hay hasta 90 días al año pero no aclara por ej mi caso que he empezado por más de 30 días

Y en mi oficina me sugiere que al salir 46 días ya no puedo disfrutar de los 30 anuales, cosa que ne parece incongruente

Gracias 
#2

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Cobrando el subsidio o el paro, se pueden salir un mes al año sin que sea causa de suspensión.
Al mismo tiempo, salir más de 30 días es causa de suspensión y se puede reanudar al volver al país si se está en el extranjero menos de tres meses.
Están en preceptos diferentes por lo tanto que se haya hecho uso de uno no quiere decir que no se puede hacer uso del otro. 
Pero ojo, el primero habla de un mes al año, si se hacen varias salidas no pueden superar los treinta días al año. En cuanto se superen pasa a estar contemplado en el segundo caso.
#3

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Gracias Fran
Tú explicación es bastante más esclarecedora que la web del SEPE y desde luego que la de mi oficina que no tiene ni idea; pues me ha dicho que ya no me pertenece salir esos 30 días por haber salido 46

Por cierto lo de no contar los dias de salida y llegada (se considera traslado) solo se aplica a los 30 días, a los más de 30 no?
La redacción es mejorable y otra incongruencia en su caso
#4

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Si no le quieren dar el mes sin suspender el subsdio deberían devolverle 30 días de los 46 que ha estado suspendido el subsidio, no tiene sentido. Además los tres meses no son anuales, son en cada salida.
Por otra parte, la Ley no dice en ningún sitio que el día de entrada y de salida no se cuenten, eso es un criterio del SEPE (probablemente motivado por alguna sentencia judicial), por lo que se puede encontrar todo tipo de interpretaciones. Debería afectar a todas las salidas del país.
#5

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Gracias Fran ,eres muy amable y me está siendo muy útil 
Efectivamente viendo que no me restaban solo 16 días, hice un escrito via presolicitud (no me contestaban) y de nuevo otro escrito via RGAE donde les planteo:
Pienso debería cobrar 30 días de esos 46 ,pues si ya no salgo más en 7 meses restantes de 2026 ,no disfrutaría de ese derecho, por haber salido 46 días consecutivos 
Me parece injusto e incongruente 

En mi oficina me remite al art 271 LGSS y que si no estoy de acuerdo que haga una reclamación no recuerdo en vez del escrito a la RGAE
Y encima me suelta que lo de los 30 días que me olvidd
#6

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Lo correcto es lo que han hecho hasta ahora, por lo que le responderán que no hay nada que modificar.
Lo que no es correcto es la información de que no tiene derecho a volver a salir del país hasta un mes sin suspender el subsidio, por el hecho de tener otra salida en la que supero el mes. Pero eso se lo han dicho de palabra, no se ha producido la situación.
#7

Re: duda DAR

Hola de nuevo Fran
Respecto al umbral de 888 euros/ mes 
Mi pareja y yo tenemos arrendado nuestra vivienda habitual (estamos en otras casas de nuestros padres ).

Yo en la renta imputó la mitad 400 euros de ingresos /mes
Pongamos que quitando gastos, alguna derrama etc el rendimiento neto por alquiler se queda en 200 y de ahí lo que salga de impuesto ,un 23% no se.

Que es lo que computa como ingreso mes a efectos del Sepe-DAR?
Gracias 
José 
#9

Re: duda DAR

El límite en 2026 es de 915,75€ al mes.
Respecto a las rentas, todas se imputan por su importe bruto, no se descuenta nada, ni impuestos, ni arreglos, ni comunidad...
Eso sí, si están casados en gananciales, el importe del alquiler se divide a la mitad para cada uno.
#10

Re: duda DAR

Gracias 
Parece que ha subido algo
Pensaba que salvo los rendimientos de trabajo ,los inmobiliarios eran netos 

No estamos casados pero la casa es de los 2 por lo que entiendo el alquiler es a medias a todos los efectos 
#11

Re: duda DAR

Si, claro.
Si está a nombre de los dos, también se divide el alquiler entre los dos.
#12

Re: duda DAR

Gracias 
Volviendo al hilo de las salidas al extranjero que me fui 46 días (no me respetaron la salida y llegada),no cobré esos 46 días....

 Acabo de llamar al 060 por si me voy p,ej 20 días en 2026 y dicen que se suma a esos 46 días y no cobraría 
Vamos que no consideran distintos supuestos como me dijiste

Es de locos la interpretación de la web sepe ; si me voy primero 30 días y luego 46 ,cobro esos 30 días,  pero no al revés 

Alucinante, 
#13

Re: duda DAR

Alucinante es la interpretación que le dan en oficina y en el 060. Ese criterio le quita a usted 30 días que otra persona que sale del país 30 días en una ocasión y 16 en otra, si tiene. Además los 90 días para salir del país teniendo derecho a recuperar la prestación no son anuales, sino por cada vez que salga del país, nada de andar sumando los 46 días que ya salió con cualquier otra salida.
La Ley y las instrucciones del SEPE dicen lo que yo le estoy comentando y no la información que le están dando.
#14

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Buenos días, en agosto tengo que salir de viaje a París, estaré 4  días, ¿Tengo que comunicarlo al SEPE, y como lo hago? Gra ias a todos. 
#15

Re: Salidas extranjero subsidio mayores 52 años - SEPE

Comunica antes de salir por pre-solicitud en la web del Sepe. 
A la vuelta comunica el regreso (a ser posible, presencial)

No tiene mas complicaciones.