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Depreciación tecnológica

16 respuestas
Depreciación tecnológica
Depreciación tecnológica
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#9

Re: Depreciación tecnológica

Bueno perdoname que discrepe , si yo tengo un tv 20" con TRC y como ya no los venden me tienen que dar uno similar de plasma o TFT de 20" , sin ninguna depreciacion tecnologica , es mas y vuelvo a decirlo es seguro que el TRC se compró hace años y costo mucho mas dinero y se paga una prima de seguro por este valor , que lo que cuesta hoy el TFT o Plasma equivalente asi que por Favor diria a los señores Peritos que apliquen las clausulas que figuran en la poliza y no otras sacadas no se sabe donde que yo aun no he visto ningun poliza de hogar de ninguna compañia aseguradora que hable de ese concepto de depreciaciones tecnologicas jajajaja
Si seguimos esos razonamientos del enriquecimiento ilicito , tambien me lo pueden aplicar cuando hay una rotura de una tuberia de agua que tenia 20 años y ahora para reparar la rotura me ponen una nueva , solo faltaria no ?, que va a hacer el fontanero buscar un trozo de tuberia de 20 años para reparar la rota ? , no nos hagamos pajas mentales , lo que pasa es que Reale ha entrado en la dinamica de peritar a la baja para ahorrarse unas pelillas , como sabe que la gran mayoria de los asegurados no reclaman a instancias superiores y todo se para en su Dep. de Atencion al Cliente , es dinero que se ahorran ni mas ni menos

#10

Re: Depreciación tecnológica

Estimado Acrasol.
Tienes razón en cuanto a la depreciación, pero si la póliza recoge valor a nuevo, hay que hacer caso a las definiciones comunes y suministrar al cliente un producto de las mismas características (y aquí está la discrepancia) pero con tecnología y materiales de construcción actuales.

En características no se incluyen sólo las especificaciones técnicas, sino otras más generales: capacidad, uso, calidad constructiva, etc. Creo que la discrepancia viene por aquí y, en esto, estoy de acuerdo con ASESORmutua, pues aplicar depreciación es ENGAÑAR (con mayúsculas) a los clientes si en la póliza se recoge indemnizar a valor de nuevo.

#11

Re: Depreciación tecnológica

Hola a todos, por favor corregirme y aclararme, no estoy nada seguro pero lo comento:

Si se habla de valor a nuevo, se considera un 30% del valor de reposición. Pero considerando la depreciación del Valor de Reposición. Por tanto:

Valor de reposición - Depreciación (determina perito) = Indemnización a valor real
Indemnización a valor real + 30% valor de nuevo Reposición = Indemnización.

Saludos.

#12

Re: Depreciación tecnológica

Como se valoran los bienes?

- Valor de REPOSICIÓN y/o RECONSTRUCCION lo que vale hoy reponer el objeto

- Valor A NUEVO (con un diferencial o límite) +30, +50, +75 los mas comunes. Sujeto a depreciación y aumentado en un porcentaje

- Valor REAL (reposición - depreciación) Tambien conocido como valor en uso, en coches creo que valor venal. sujeto a depreciación sin aumento alguno.

- Valor CONVENIDO. No sujeto a depreciación ni porcentajes.Utilizado en objetos que no desmerecen por su antiguedad y suelen tener un valor subjetivo (obras de arte, etc)

#13

Re: Depreciación tecnológica

Aquí os muestro un enlace donde claramente se confunde al cliente comparando los términos "valor a nuevo" con "valor de reposición". Leed el segundo párrafo del epígrafe "Coberturas básicas del seguro de hogar".

#14

Re: Depreciación tecnológica

Estimado Acrasol.
En referencia a tu definición de indemnización por "valor de nuevo" no puedes aseverar que está sujeta a depreciación, porque a la hora de indemnizar por esta cobertura SIEMPRE se debe estar a lo que recojan las condiciones particulares, como tú bien dices a la hora de definirla como valor de reposición más un diferencial. Hago esta puntualización para no confundir a la gente y no pongo en duda tus conocimientos, al contrario, se nota que eres un experto. Totalmente de acuerdo en el resto de definiciones que has dado.
Un saludo compañero.

#15

Re: Depreciación tecnológica

D. José, al Gran Acrasol, no debe nunca corregirle, ni siquiera sugerirle que pueda estar equivocado, porque en caso contrario paso al ataqueeeee.

1º.- El valor a nuevo se recoge en las generales, no en las particualres. O mejor dicho en las particulares se indica y se define lo que signifca en las generales.

2º.- No he dicho nada de reposición + un diferencial, en la defición de valor nuevo, no se de donde lo sacas.

3º.- En el Valor a NUevo SIEMPRE se realiza depreciación, lo que pasa es que se compensa dicha depreciación hasta el diferencial indicado en la póliza.

4º.- Ni se te ocurra poner en duda mis conocimientos que apunto tu nick en mi libreta negra.

Y para terminar el link que has intentado colocar, pos no se ha colocao.

Un saludo.

#16

Re: Depreciación tecnológica

Hola Acrasol.
+ Efectivamente, las definiciones se hacen en las condiciones generales y las cuantías económicas se definen en las particulares.
+ He entendido mal tu definición de valor de nuevo: he supuesto calor de reposición más una contraprestación de un porcentaje sobre ese valor. Si eres tan amable, acláramelo.
+ En los seguros de autos se indemniza en algunas compañías a valor de nuevo durante el periodo especificado en las condiciones particulares, sin depreciación. ¿Enriquecimiento? Puede ser...
Estoy de acuerdo en que en los seguros de diversos es muy raro ver valor de nuevo como indemnización de compra de un objeto similar al adquirido en su día. (Un portátil pentium 4 en su día costaba 3.000 € y ahora no puedes gastarte ese dinero porque el mejor del mercado (para mí APPLE), vale unos 2.000 y está a años luz.
+ Por favor, no me apuntes en ninguna libreta, jejeje.
+Por último, ahí va el link:
http://www.pelayo.com/mundo-pelayo/guia-compra-seguro-hogarOCULTO.html
Un saludo.