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Seguro de hogar

22 respuestas
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#16

Re: Seguro de hogar

Si, si, eso si la brujita gana el juicio. Jejejeje.

Seguro que mañana interpreto lo mismo que tu, hoy no.

#17

Re: Seguro de hogar

Ojo, Consorcio habla de emisión de póliza y de efecto de póliza:

  1. Período de carencia. Se tendrá derecho a la indemnización del Consorcio una vez que hayan transcurrido 7 días desde la fecha de emisión de la póliza, o desde la de su efecto, si fuera posterior, salvo que se demuestre la inexistencia de interés asegurable con antelación a esa fecha. No se entenderá interrumpida la cobertura y por tanto quedará sin aplicación la carencia cuando la emisión de una póliza nueva se produzca antes de la suspensión legal de efectos de la anterior.

 

#18

Re: Seguro de hogar

Pero si es que aqui no hablamos del Consorcio. No es un siniestro consorciable.

Solo lo comenté porque me consta que existe carencia en CCS, y prtenden aplicarle una carencia que solo es de aplicacion para siniestros de caracter consorcible, pero no para las Cias de seguros.

 

#19

Re: Seguro de hogar

Hoy en dia la cia lo tiene muy facil para comprobar si el siniestro ha sido antes o despues de la contratación, ya que los registros informáticos dejan huella de todo lo que se haya realizado.

No hay mas que mirar cuando se introdujeron los datos para comprobar si el daño se produjo antes o despues de la contratación.

 

Y de ahí patocles viene la carencia a la que haces mención de la emisión de la póliza, pues antes se podía poner fecha de efecto anterior a la emisión, con la excusa de que tardaban mucho en remitir las pólizas desde la central, pero hoy las tienes al momento tirando de impresora.

#20

Re: Seguro de hogar

Pos fácil cielo.

 

si es consorciable, continuidad de póliza dentro de los 7 días, es decir, si hace hasta siete días de la póliza anterior, cobertura en la nueva Por consorcio, sin problema, si han pasado más de 7 días desde la anterior o no existía anterior, pues hasta que pasen los 7 días consorcio no cubre,

 

Si no es consorciabke, pues ya sabes, una ezentrada en vigor la cobertura, que será,será el día de efecto con la hora de efecto, siempre que se formalice la póliza, que supongo yo, no queda sin formalizar ni de broma.

 

Veis que simple, si es que lo complicamos por complicar.

 

Besos

 

#21

Re: Seguro de hogar

Pues para llevarte la contraria, te diré que si no existe continuidad entre la contratación de mabas pólizas, el CCS no se hace cargo del siniestro en el periodo de 7 dias.

Y te lo aseguro pues fui yo el perito. Una póliza vencía el dia 1 y la otra tenia comienzo el dia 3 y el CCS no le dio coberttura al siniestro.

#22

Re: Seguro de hogar

Lo del consorcio lo saca el gran acrasol por descartes, pero no es el debate.

Si, si. Ya, ya, ¿y del recibo ni hablamos, no? Y si esto esta condicionado a que las obligaciones de la aseguradora comenzaran a las 24 horas, ¿que les decimos?

Que seguro que mañana lo veo de otra manera, pero es que hoy me pilláis en el día tonto.

Si ni nosotros llegamos a tener una visión correcta de un seguro, no se como la gente contrata con esa alegría por internete, sin mirar na de na y pensando en que nunca lo barato saldrá caro, manmamia.

#23

Re: Seguro de hogar

Pos si, continuidad o caso contrario carencia de 7 días, y si no es consorciable, pues fecha efecto entrada en cobertura.

besote