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Solucion Siniestro daños por lluvia

5 respuestas
Solucion Siniestro daños por lluvia
Solucion Siniestro daños por lluvia
#1

Solucion Siniestro daños por lluvia

Me ha ocurrido lo siguiente: Tengo una moto KAWASAKI ZX-6R y he nacido 28-05-85 y permiso de conducir 5-08-08 por lo que asegure la moto en el Consorcio de Compensación de Seguros. R.Civil de Seguro Obligatorio y en la Cía ARAG el seguro Arag-autos y Asistencia en viaje.
El día 27 de Enero por las fuertes lluvias caidas la moto que guardaba en el Garaje comunitarios queda inundada con daños de 1645,-€ me dirijo al Consorcio y me indican que no les corresponde por los siguiente:
"NO INCLUIR EN LA POLIZA DE SEGURO DE AUTOMOVIL APORTADA COBERTURA ALGUNA DE DAÑOS PROPIOS(INCENDIO,ROBO,ROTURA DE LUNA,ETC)QUE SON LAS QUE CONLLEVAN COBERTURA DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS.ESTA DECISION SE FUNDAMENTA EN EL ARTICULO 4 DEL REGLAMENTO DEL SEGURO DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS,APROBADO POR REAL DECRETO 300/2004,DE 20 DE FEBRERO".
Como tenemos en el Garaje seguro de R.Civil con la Cía OCASO me dirijo a esta Cía., y me indican lo siguiente:
"NO PODEMOS ATENDER LA RECLAMACION TODA VEZ QUE EL SINIESTRO TIENE SU ORIGEN EN LAS FUERTES PRECIPITACIONES CAIDAS EL 27/01/09(RECOGIENDOSE HASTA 48L/M2),
UNIDO A UN ATASCO DE LAS TUBERIAS DE SANEAMIENTO MUNICIPALES"
Quiero indicar que estas dos reclamaciones(Consorcio y Ocaso) las realizo a traves de la Cía.,ARAG y el día 10 de Agosto recibo por parte de ARAG:
Buenas tardes,

Indicarles que presentadas reclamación tanto al consorcio de compensación de seguros como a la aseguradora de la comunidad ninguna de ellas asume el pago de los daños sufridos por el siniestro, por lo que procederemos al archivo del mismo.
Después del troncho que os he metido, quisiera saber como tengo que actuar, si proceder judicialmente la póliza de ARAG es muy completa, pero parece que no tienen ganas de actuar ó realemente no pueden hacer nada.
En espera de vuestra ayuda y comentarios al respecto. Un saludo de
Manuel Herrero

#2

Re: Solucion Siniestro daños por lluvia

Bittor es un poco complicado,

El seguro directo contratado en el consorcio no otorga cobertura de daños, simplemente ofrecen seguro de Responsabilidad Civil siempre cuando el asegurado no encuentra en el mercado un producto asegurador.

Las garantías que te ofrece ese seguro, son las mínimas e imprescindibles para circular de acuerdo a la legalidad.
Seguro de R. Civil de Suscripción Obligatoria y Seguro de R.C. Voluntario, por tanto en esa póliza no puedes reclamar el importe de los daños por fenómenos atmosféricos.

Como sabes el consorcio actúa además en riesgos extraordinarios, y entiendo que es por ahí por donde buscas tu cobertura.

Riesgos extraordinarios son:

Fenómenos de la naturaleza: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.(lluvias excluidas si no se causa inundación)
Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

Para que el consorcio pueda compensar estar perdidas, es necesario que los daños del bien siniestrado estén asegurados, ya que con una parte de la prima la aseguradora paga al consorcio, esto funciona simplemente asegurado las lunas de un vehículo a terceros.

Por tanto al no tratarse de una inundación ni tener asegurada tu moto, tu seguro no se hace cargo.

En cuanto a la comunidad de vecinos, no tienes cobertura de daños, o si la hubiese solo cubriría a la edificación, ya que supongo que no estaban asegurados los vehículos depositados en garaje y por eso reclamas como tercero perjudicado.

Para que la Responsabilidad Civil actúe debe haber culpa o negligencia y la compañía se descuelga con que la culpa es del ayuntamiento por no tener saneadas las arquetas de evacuación exteriores.

Por tanto se me ocurre decirte que puedes dirigir reclamación al Ayuntamiento para que te certifique si había falta de mantenimiento de las arquetas y si existió atasco con base al dictamen de la aseguradora y con la respuesta que te den, proseguir reclamación contra el mismo ayto o la entidad de gestión de aguas, por funcionamiento anormal de los Servicios Públicos prestados, para que se hagan cargo de los daños .

Si te informan de que no hubo anormalidad en el funcionamiento pasar ese dictamen a la aseguradora del edificio y que se pronuncien.
Personalmente o lo veo bastante complicado y con resolución a largo plazo y habrá que tener cuidado con las prescripciones.

#3

Re: Solucion Siniestro daños por lluvia

Gracias Eltato por tu contestación, pero indico lo siguiente:
Poliza Consorcio compensación de Seguros:
R.C.-Obligatoria prima 666,68 €
CCS.-22,00€ ¿(esto no es un pago al Consorcio)?
Impuesto.-40,--€ TOTAL.-728,68€
En cuanto al seguro de OCASO, dicho seguro es R.C. de Propietarios de Garaje Privado Comunitario(no es solamente de los vecinos del Inmueble es aparte)y tiene las siguientes garantias:
Por Siniestro y Anualidad 150.253,03€
Daños Materiales, Personales,Fianza y Defensa Civil y Penal........Incluida
Daños Personales.Limite por victima............90.151,82€
LIMITE POR VEHICULO............................18.030,36€
Esperando que estas aclaraciones, den alguna otra idea doy gracias anticipadas
Saludos

#4

Re: Solucion Siniestro daños por lluvia

Como te dice Eltato tu poliza de la moto no cubre porque no tienes contratado los daños propios , con lo cual tampoco lo cubre por los riesgos extraordinarios del Consorcio. En cuanto a la poliza de la Comunidad es una poliza de Responsabilidad Civil no una poliza de Daños por tanto tampoco esta tu moto cubierta . La unica posibilidad seria proceder a reclamar al ayuntamiento por mal mantenimiento de las arquetas de desagüe municipales es complejo y muy lento en el tiempo , yo he ganado una reclamacion por una accidente de moto debido a un derrapaje motivado por una mancha de aceite/gasoil en la calzada despues de 5 años pero tenia a mi favor un informe de la policia local y de los bomberos que intervinieron para limpiar la calzada con espuma.

#5

Re: Solucion Siniestro daños por lluvia

Quiero añadir que en la póliza de Ocaso condiciones particulares indica lo siguiente:
1.3.-DAÑOS MATERIALES OCASIONADOS ACCIDENTALMENTE A TERCEROS POR AGUA,CON UN LIMITE DE INDEMNIZACION PARA ESTA COBERTURA DE UN CINCO POR CIENTO DEL CAPITAL ASEGURADO,SIEMPRE Y CUANDO TENGA SU ORIGEN EN LAS INSTALACIONES DEL GARAJE".
En espera de alguna aclaración al respecto os envio un saludo.

#6

Re: Solucion Siniestro daños por lluvia

Estimado Bittor:

La prima de consorcio que observas en el recibo del Consorcio de Compensación de Seguros es el 0,30% que percibe dicho Consorcio desde que asumió la competencia de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (CLEA) y está destinado a sufragar gastos de liquidación de acuerdo con lo regulado en la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados (LOSSP). En ningún caso es la prima que otorgaría cobertura ante riesgos consorciables dado que la misma se cifra en tasa, no en recargo y siempre va asociada a las coberturas de daños materiales, nunca a una responsabilidad pura y dura como tienes contratada.
Aparte de esto, las aguas de correntía que ocasionan inundaciones no deben de confundirse jamás con "daños por agua" pues dicha garantía, que es distinta, se limita a aquellos producidos por la rotura o pérdida procedente de las tuberías de presión o bajantes del propio edificio asegurado. Nunca aquellas de lluvias que penetran en el riesgo por correntía de suelo.
Si las aguas de lluvia tienen una intensidad superior a los 40 l/m2 Y HORA, estarán en ámbito de cobertura del seguro de daños. Si, además, confluyen vientos con diferencial térmico y recorrido según la definición de tormenta tropical o ciclónica atípica el asunto pasa a Consorcio, pero solo en este caso de confluencia de viento y lluvia.
Para que tengas derecho a ser indemnizado solo hay dos vías:
- el seguro de la moto, propiamente, incluye alguna cobertura de daños si el siniestro es consorciable y si no lo es tendría que estar a todo riesgo.
- el seguro del edificio incluye una garantía de incendio para los vehículos estacionados en reposo en el mismo. En este caso la cobertura a aplicar sería la de daños por lluvia si solo se dió lluvia y tendría que pagar Ocaso o si además medió viento con condiciones de TT o TCA entonces pasaría a Consorcio.

Sé que suena complicado pero este es material para un experto. Desgraciadamente parece ser que no tienes un corredor de seguros experto o ni siquiera tienes uno porque la verdad es que esto, para un profesional es de cajón y no te habrían hecho perder el tiempo hasta ahora ni Ocaso ni Arag.

Si quieres un buen consejo acércate a un buen profesional del seguro y disfruta de la buena vida.

Saludos,