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Culpabilidad en accidente en via urbana

32 respuestas
Culpabilidad en accidente en via urbana
Culpabilidad en accidente en via urbana
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#16

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Entonces habrá que ir con todas las de la ley, con el convencimiento de la culpabilidad del conductor del coche. Según lo declarado por los testigos, la culpabilidad debería ser del novel, pero ya sabemos cómo se las gasta la jurisprudencia de este país en algunos casos...

#17

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

La jurisprudencia se ha de basar en verificar los daños, en la reconstrucción del accidente y en los testimonios, todo eso lo facilita el parte amistoso, ya que las casillas -correctamente rellenadas- simplifican las gestiones y es un trámite que acorta mucho los plazos. En este caso, lo que hablamos, asesorarse legalmente y ver cómo se ha de preparar la estrategia, en tanto que los gastos estén cubiertos -hasta un límite o no- por la póliza. Saludos,

#18

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Tú, ni tu familiar, no tenéis que localizar nada, supongo que ya disteis el siniestro a la compañía aseguradora y esta, solo con la matricula, ya puede localizar al propietario, tramitar el siniestro y solicitar el informe policial, dar un poco la lata al mediador del seguro, si este existe, para que estéis informados de las gestiones y el resto que tu familiar se recupere lo antes posible y sin secuelas.

#19

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Buenas tardes.

Todos esos pasos se han seguido, por supuesto, desde el día inmediatamente posterior al siniestro.

#20

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Pues lo comentado, dar un poco la lata al mediador para que os ponga al día de novedades y esperar contestaciones, si no tenéis mediador a la aseguradora directamente, y que se recupere pronto el familiar.

#21

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Muros, pues es posible que me haya equivocado, pues no tengo el don de la sabiduría plena. No obstante, tampoco estoy tan seguro que estuviese en un error. Dependederá de si el giro a la izquierda era en una rotonda o no. Pero, de no existir rotonda, el que gira a la izquierda hace un cambio de direccion y, por tanto, debe comprobar que no viene otro vehículo o existiese alguna señal que indicase que no se puede adelantar o similar. A la vista del relato y a falta de información, yo sigo pensando que el culpable es el que tiene los daños en el lado izquierdo.

Ahora bien, existiendo atestado, cosa que ha dicho posteriormente, pues seguramente la culpabilidad la determinará el mismo.

#22

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Solicito aclaración:
El perjudicado gira a izquierda y un coche que va detrás de él le adelanta al momento de hacer el giro a la izquierda causando daños materiales en el lado izquierdo (lógico es el sentido del giro) y daños personales.
Dices que el culpable es el perjudicado porque tiene los daños en su lado.
Por qué?

#23

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Digo que el atestado establecerá responsabilidad. En el otro caso (no existencia del atestado) y posibles versiones contradictorias, estariamos entre que uno dice que señalizó la maniobra, el otro dice que no..... en ese caso me voy a los criterios establecidos para esos casos de discrepancia de versiones y que establecen que la responsabilidad es del que tiene los daños en el lado izquierdo.... ¿por qué? pues porque en teoría debería comprobar que puede realizar la maniobra de cambio de dirección sin peligro antes de llevarla a cabo.

#24

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

No quería dejar al familiar con la congoja de quien es el culpable, pero tampoco le quería dar esperanzas que no fuesen, y por desgracia para nuestro forero, Emmamani va bien encaminado, por mucho que tu señalices una maniobra, nunca podrás realizarla sin comprobar que no existe peligro, y por desgracia, en un giro, se tiene que mirar tanto a los que vienen en sentido contrario como a los que circulan en tu sentido, como se ve, alguno puede venir adelantando y existir peligro si tu realizas la maniobra, ¿de quién es la culpa?, ¿del que no mira que vienen adelantando? ¿Del que adelanta? Chunga decisión.

#25

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Según los convenios CIDE y ASCIDE (sistema CICOS) no hay duda: uno gira a la izquierda y el otro adelanta: culpa del que gira a la izquierda. (no digo que esto sea justo o injusto: simplemente que es así)

En este caso el no haber cumplimentado el parte amistoso, casi que beneficia al familiar de Mrm_84, ya que como hubiesen marcado las casillas "giraba a la izquierda" y "adelantaba" para uno y otro vehículo, fin de la historia.

Lo que es de esperar es que su compañía sepa "disfrazar" la versión de los hechos de tal forma que se pueda llegar a acordar no resolver culpabilidad hasta la obtención del atestado, y cruzar los dedos para que le de la razón.

Convenios al margen, si la maniobra de giro se inicia antes de que el contrario inicie la de adelantamiento, la culpa sería del que adelanta. Pero el convenio no hila tan fino; aunque un buen interlocutor podría hacer valer esta postura, si hubiese un parte amistoso donde esto quedase MERIDIANAMENTE CLARO -cosa que NO suele ocurrir 'casi nunca'- y la versión estuviese impecablemente redactada -cosa que ocurre con menos frecuencia de lo que cabría esperar-.

Desde luego, si el atestado nos da la razón, pues tema zanjado. En este caso, me temo que es la mejor baza que le queda al familiar de Mrm_84.

#26

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

En palabras del testigo principal, que es el conductor de la furgoneta, los chavales aparecieron de la nada. Iban muy rápido y adelantaron a modo F-1, apurando la distancia y dando él volantazo para adelantar. Mi familiar es una persona de más de 50 años con muchos de experiencia y nunca ha tenido un accidente. Controlar por el retrovisor es un automatismo, y, en el momento del giro, únicamente vio a la furgoneta, por lo que el chaval no estaba adelantando cuando inició la maniobra.

#27

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

No, no era en una rotonda

#28

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Yo me pregunto entonces, para la próxima vez que me vea en esa situación (entre 20-30 veces a diario), si quiero girar a la izquierda para entrar en una calle-garaje-taller-aparcamiento, y veo por el retrovisor que vienen coches en lo mismo sentido, ¿me debo quedar parado y esperar a que todos me adelanten para poder girar con 'seguridad'? Repito, se trata de una calle con un carril para cada sentido de la circulación con preferencia en la intersección, no es rotonda.
Objetivamente, sería injusto culpar a la persona que circula correctamente, señaliza la maniobra con tiempo y es arrollado por un chaval que supera en un 100% la velocidad máxima de la vía, conduciendo como Fernando Alonso en zona urbana. Si esto es así, dan ganas de aplicar justicia uno mismo.

#29

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Un dato más que puede aclarar que la maniobra del giro estaba iniciada y con toda la moto ya en el carril izquierdo es que el chico de la moto que iba delante echando la carrera con el que atropelló con el coche es que esquivó a mi familiar POR DETRÁS, pasando entre la moto y la furgoneta, en tanto que el conductor del coche, entre su inexperiencia, estupidez y unas facultades mermadas por sustancias ilegales, circulaba a tal velocidad y apurando el adelantamiento, que al llegar a la altura de la furgoneta giró bruscamente para adelantar encontrándose de lleno con mi familiar y su moto completamente en el carril izquierdo, enviándole del golpe a la parte izquierda de la calzada, por lo que es fácil suponer que la maniobra de giro estaba muy avanzada y esta comenzó antes de que el conductor del coche iniciara el adelantamiento.

#30

Re: Culpabilidad en accidente en via urbana

Si tienes un accidente en esas circunstancias, tienes que cumplimentar un parte amistoso, en el que quede no claro, si no cristalino, sin el menor margen a la duda, que el contrario inicia la maniobra de adelantamiento A POSTERIORI de que tú inicies la maniobra de giro. Y, por supuesto, que dicho parte tenga tanto tu firma como la del contrario.

No hablo de suposiciones o interpretaciones que se puedan hacer del parte. Hablo de escribirlo en el papelito tal que así: "El vehículo A inicia maniobra de giro a la izquierda y posteriormente, estando ya dicha maniobra en curso, el vehículo B inicia maniobra de adelantamiento e impacta al vehículo A en el lateral izquierdo" (es un ejemplo)

Todo lo que no sea parte amistoso firmado o atestado, no tiene validez alguna. No se calculan trayectorias, no se tienen en cuenta declaraciones de testigos, no se peritan ambos vehículos para evaluar puntos de choque -se peritan unicamente para tasar los daños, en caso que haya que repararlos- etc, etc; todo eso podría tener validez en un juicio. Pero no en la resolución amistosa del siniestro entre compañías.

Parte amistoso o atestado.