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Vehiculo de sustitución

9 respuestas
Vehiculo de sustitución
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#1

Vehiculo de sustitución

El caso es el siguiente, el 8-7-2009 me dan un golpe al coche sufriendo daños el vehiculo y personales mi hijo y yo. Tengo el seguro a T.riesgo sin vehiculo de sustitución, en la Cia. Axa y necesito el coche para trabajar, puedo reclamar a parte de daños personales, los gastos que me originen los desplazamientos que realice, pues según el taller tiene chapuza para bastante tiempo.Esperando me podais dar alguna aclaración.
Saludos de Jose Agustin.

#2

Re: Vehiculo de sustitución

Consultalo con el Dep. de Siniestros de tu aseguradora para que te indiquen que justificantes tendras que guardar para reclamar los gastos generados por un vehiculo de alquiler a la compañia contraria , a veces es laborioso porque como consecuencia de los convenios entre compañias es muy posible que tu reparacion la pague tu aseguradora y no querrá pagarte dichos gastos

#3

Re: Vehiculo de sustitución

Olvidaba que tambien existen algunas aseguradoras que si llevas a reparar tu vehiculo a alguno de sus talleres concertados te facilitan un vehiculo de cortesia mientras dura la reparacion

#4

Re: Vehiculo de sustitución

Si tu póliza no cubre un coche de alquiler, entonces haty que reclamarlo a la compañía contraria. Tu compañía debería hacerte dicha reclamación, pero el tema no es sencillo.
Deberás coger un coche de alquiler, pagarlo y guardar las facturas. Tu compañía lo reclamará a la Cia.adversa. ésta seguramente se negará a pagarlas (únicamente se pagan este tipo de facturas a taxistas, transportistas, mensajeros, etc...) Lo más probable es que acabes en el juzgado y a criterio del juez si condena o no al pago de éstas facturas.

Te recomendaría hacer un seguro con otra compañía que efectívamente te cubriera un coche de alquiler en caso de accidente o avería.

Saludos

www.rankia.com/blog/impresionesdelseguro

#5

Re: Vehiculo de sustitución

Gracias por las aclaraciones recibidas.
Saludos

#6

Re: Vehiculo de sustitución

En tu caso no informas la compañía contraria. Los costes de un vehículo de alquiler o cualquier daño material (mercancía transportada, gafas, ropa, casco,etc) distinto del daño al propio vehículo no se tramitan por los convenios sujetos a CICOS (CIDE y ASCIDE) sino por un convenio independiente llamado SDM. Lo que pasa es que no todas las aseguradoras pagan por la adhesión a dicho convenio (aparte de pagar canon, tienen que montar informática ad-hoc y, sobre todo, comprometerse a cumplir los términos del SDM lo cual no todas están dispuestas a hacer) y en ese caso la reclamación es en "modo tradicional": si no paga por las buenas, al juzgado.
Si vas a tu mediador de seguros dile "reclama el coche de alquiler por convenio SDM". Si te dice que la contraria no está adherida, tendrás la información necesaria para saber cómo evolucionará el asunto. Si te mira con cara de no entenderte...¡cambia de mediador, que este no se entera!
Un abrazo,

#7

Re: Vehiculo de sustitución

Carlos, la Cía contraria es Groupama, no obstante le diré a mi Cía si tiene este convenio independiete (SDM)
Gracías

#8

Re: Vehiculo de sustitución

Groupama está adherida también al convenio SDM.
Una cosa que la gente no sabe es que la aseguradora que no cumple las normas del Convenio paga multas internas al sistema. Así que por la cuenta que les trae no sale bien tontear, remolonear, hacerse el sueco o directamente intentar escaquearse. Para que veas que el seguro tiene herramientas de protección para el asegurado. En concreto, el SDM preve las siguientes:
- Si se informa que no hay noticia o se rehusa de forma improcedente: 200 €
- Si no se envía la versión de siniestro: 35 €
Te parecerán blandas, pero multiplica por varias decenas o centenas de miles de siniestros y entenderás que es políticamente sano hacer las cosas bien.
Abrazos,