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Facturas de objetos robados

4 respuestas
Facturas de objetos robados
Facturas de objetos robados
#1

Facturas de objetos robados

Me han robado en el interior del coche y mi seguro de hogar cubre el siniestro. La cuestión es que me deducen del total de la valoración del siniestro una buena cantidad porque no tengo facturas de lo que me han robado. Es esto legal? (en mi póliza no dice nada acerca de la obligación de prrsentar facturas para cobrar la indeminización del siniestro)....He estado viendo lo que se dice sobre esto en el foro y hay opiniones diferentes.....ors ruego me indiquéis si lo que decís es una opinión o es una certeza....un saludo y gracias por adelantado

#2

Re: Facturas de objetos robados

En el art 38 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro puedes leer "Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces."

En este sentido lo que puedes solicitar es que se valore TODO el contenido de la casa y se determine si puede establecerse la diferencia respecto de lo sustraído. Evidentemente esto puede jugar en tu contra porque normalmente la gente tiene su contenido valorado a ojímetro y eso es igual a desastre.
Otra cosa que puedes hacer es ver si conservas manuales, envoltorios, cajas, etc correspondientes a los bienes que no te cubren. La factura prueba la preexistencia, pero un cargador de móvil o de portátil huerfanito también...
Si todavía no han pasado 8 días desde que la aseguradora nombró su perito tu tienes derecho a nombrar uno (también art 38). Si pasó dicho plazo estás a lo que diga el perito del asegurador o el judicial si es que demandas.
Saludos,

#3

Re: Facturas de objetos robados

Mira las Condiciones Generales de la poliza de Hogar , algunas compañias ponen que documentos hay que aportar en caso de la ocurrencia de un siniestro de robo o atraco .Yo tube ese mismo problema que tu con Liberty en un atraco y me solicitaban las facturas de lo "atracado" pero rechacé tal pretension porque en la poliza indicaba claramente que en caso de atraco solo habia que aportar la denuncia de Policia o Guardia Civil indicando lo robado con su valor . En ocasiones es dificil conservar las facturas de todo, a veces son aparatos electronicos , regalos etc. que se compran de contado con un ticket de caja y nunca se llega a expedir tal factura por lo que tampoco te puedes dirigir a donde lo compraste para pedir una copia de la factura porque esta nunca se llego a emitir (Grandes superficies y Centros comerciales ).Aporta las facturas o ticket que puedeas tener u obtener duplicado y mira lo que dice tu poliza

#4

Re: Facturas de objetos robados

Gracias por tu ayuda. Solo decirte que en mi póliza no indica nada acerca de la necesidad de entregar facturas ante robo, lo qu eno significa que ante la inexistencia en la póliza de su indicación no tenga la obligación de entregarlas porque lo indicque una norma de carácter superior.

#5

Re: Facturas de objetos robados

Si en la póliza no indica que tengas que presentar facturas y la Ley (que como bien dices tiene rango superior a cualquier contrato bilateral de adhesión) te dice que la mera existencia del contrato presupone prueba de la preexistencia de los bienes sustraidos ¿donde está el problema?
El asegurador tuvo oportunidad de mandarte un perito o un verificador o de exigirte una relación de bienes para proceder a otorgar cobertura ¿No lo hizo? Evidentemente porque no quiso así que ahora tendrá que apechugar. No en vano la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro en su art 10 establece que "El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él."
Por tanto, si no te sometió a cuestionario o no te preguntó por esos elementos en concreto es su problema. Debe pagar.
Un abrazo,