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Catalunya - España 2018...cosas que pasan

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#452

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

colau a poner la foto...jjj viva el rey!!! ja ja ja 

Una sentencia obliga a Ada Colau a colgar el retrato del Rey

Nuevo varapalo judicial a Colau, que se verá obligada a colgar un retrato de Felipe VI el el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Barcelona.

 

Colau, en una imagen reciente | EFE

El juzgado contencioso administrativo número 3 de Barcelona ha declarado que el Ayuntamiento de la ciudad está obligado a colocar el retrato del Rey "en un lugar preferente y de honor de su salón de plenos" informa Efe.


Según ha informado este lunes el presidente del grupo Popular en el consistorio, Alberto Fernández, la magistrada Ana Suárez ha estimado la demanda interpuesta por la Delegación del Gobierno de Cataluña contra el Ayuntamiento de Barcelona por no atender al requerimiento de que cumpliera el reglamento estatal que obliga a colocar el retrato del Rey en un lugar preferente y de honor del salón de plenos de los ayuntamientos.

La Delegación del Gobierno en Cataluña requirió la colocación de la efigie de Felipe VI después de que el Ayuntamiento barcelonés retirase el busto de Juan Carlos I aduciendo que no representaba la figura actual del jefe del Estado.

#454

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

Entiendo que para ti no son refugiados. Algunos no piensan como tú...afortunadamente

https://www.elnacional.cat/ca/politica/pallin-insta-llarena-rebutjar-delictes-rebellio-sedicio_244854_102.html

magistrado del Supremo por lo que dijo del "fugado" Puigdemont y los "presos políticos"
Martín Pallín asegura que el expresident no está fugado "porque está a disposición de la justicia" y argumenta que los políticos catalanes presos son "presos políticos".

Pd:no sé si estoy utilizando otra vez el argumento "de la autoridad"...reconozco mi desconocimiento total sobre ese tipo de argumento...Si es bueno o malo...en todo caso...sólo para acompañar mi post...y para utilizarlo ya digo a conciencia lo acompaño de la firma de 650 juristas.
Si creo que con la 650 firmas, si me ha salido el post con algo de autoridad o eso creo.

https://www.eldiario.es/catalunya/politica/juristas-Consejo-Europa-violaciones-derechos_0_744725780.html

#455

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

las sandeces que hay que leer son de carcajada plena...un supuesto processs fracasado totalmente , sin ningun apoyo internacional "no hay ningun pais que apoye la supuesta republica" con un apoyo segun las encuestas de la generalitat que no llega ni por asomo al 50% de la poblacion catalana y no llega al 20% del total de la poblacion española...con un supuesto presidente de la republica huido de la justicia, no dando la cara al pueblo que le ha apoyado y haciendo el ridiculo fuera de españa sin ninguna presencia de calado internacional....y me van alguno a decir que este supuesto processss esta vivo !!! vamos anda esto esta terminado y finiquitado...eso si llevamos meses con el 155 y me pregunto??? la gestion de la comunidad catalana funciona actualmente??? entiendo que si todo el mundo hace su trabajo, todo el mundo cobra...y yo me pregunto porque no seguir asi....si ademas ahorramos dinero....ja ja ja 

algunos hablaron de un nuevo amanecer en cataluña, con alfacentauro y demas...jjj no seria por el 155???

saludos a sanchez que lleva 5 meses en prision y.....creo que es el principio de una gran temporada a la sombra

ojala este muchos años en la trena si la justicia entiende que sus actuaciones supone el mencionado castigo

y mientras el napoleon catalan riendose en su waterloo de la mitad del pueblo catalan que se creyo la milonga del processssss

#456

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

No sé si pueden ser calificados de refugiados, pero exiliados es evidente que lo son.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#457

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

el refugio desde luego si lo han buscado..

#459

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

#463

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

un mal dia.....jjj

 

Puigdemont, este miércoles durante la reunión en Bruselas con diputados de JxC./

Puigdemont, este miércoles durante la reunión en Bruselas con diputados de JxC./ Efe Efe

TRIBUNALES

Estrasburgo rechaza amparar la investidura de Puigdemont anticipando su postura sobre la de Sánchez

El TEDH ha denegado dos peticiones de medidas cautelares para que suspendiera las condiciones impuestas por el TC sobre el debate presencial y con autorización del juez.

 

 

María Peral   @Maria_peral

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que con frecuencia apela el bloque independentista catalán como supuesto garante de sus posiciones, ha rechazado aplicar las medidas cautelares que prevé su reglamento para que pudiera celebrarse en el Parlamento de Cataluña un debate de investidura con el expresidente  Carles Puigdemont como candidato.

La Corte de Estrasburgo  ha recibido dos peticiones en las que se solicitaba la adopción de "medidas inmediatas" de suspensión de la resolución dictada por el Tribunal Constitucional el pasado 27 de enero.

El TC intervino ante la decisión del presidente del Parlamento catalán,  Roger Torrent, de convocar el pleno de la asamblea para el 30 de enero con un orden del día en el que figuraba "el debate del programa y votación de investidura del diputado Carles Puigdemont i Casamajó".

El TC frustró la elección del expresidente catalán, prófugo en Bélgica, al  acordar que su investidura no podía celebrarse a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario.

También determinó que " no podrá procederse a la investidura del candidato sin la pertinente autorización judicial, aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión".

Además, el Constitucional estableció que los miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión "no podrán delegar el voto en otros parlamentarios", lo que afectaba no sólo a Puigdemont sino también al resto de diputados prófugos.  Meritxell Serret, Clara Ponsatí y Lluis Puig renunciaron a sus actas para asegurar la mayoría independentista en el Parlament.

Fuentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) han confirmado a EL ESPAÑOL que dos particulares solicitaron la adopción de medidas cautelares de suspensión de la resolución del TC. De haberse accedido, ello hubiera permitido la celebración de la sesión de investidura con Puigdemont como electo, ya que el Constitucional no suspendió la convocatoria de Torrent ni su propuesta a favor del expresidente catalán como candidato alGovern.

Pero Estrasburgo rechazó las peticiones en  decisiones adoptadas el 8 y el 23 de febrero pasados. En ambos casos concluyó que la solicitud está "fuera del alcance de la regla 39".

Esta norma permite al TEDH, "a solicitud de parte o de cualquier otra persona interesada" o bien de oficio, dictar medidas provisionales de obligado cumplimiento para el Estado implicado. Para acordarlas es necesario que la Corte Europea aprecie que existe un  riesgo real de daño grave e irreparable si la medida no se aplica.

La intervención cautelar del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es muy excepcional. Se produce ante riesgos inminentes relacionados con el artículo 2 del Convenio Europeo ( derecho  la vida) o el 3 ( prohibición de torturas y tratos inhumanos o degradantes), normalmente relacionados con expulsiones o extradiciones. En algún caso se han aplicado medidas provisionales en el ámbito del artículo 6 (derecho a un juicio justo) o del 8 (respeto a la vida privada y familiar). Pero nunca se han aplicado en el marco de derechos políticos y existen precedentes en los que se han denegado para la celebración de un referéndum o para paralizar la disolución de un partido.

El hecho de que el TEDH haya considerado fuera del alcance de la regla sobre medidas provisionales lo relativo a la investidura de Puigdemont permite anticipar la improbabilidad de que cambie de criterio si se tratase de otro candidato, como  Jordi Sànchez.

El diputado de Junts per Catalunya y expresidente de Asamblea Nacional Catalana, en prisión por presuntos delitos de rebelión o sedición, fue propuesto por Torrent como candidato a presidir el Gobierno catalán, aunque el debate de investidura quedó suspendido después de que el juez del Tribunal Supremo  Pablo Llarena  no aceptara excarcelar a Jordi Sànchez. 

La defensa de Sànchez, en vez de acudir inmediato al TEDH, como anunció, ha  recurrido la decisión de Llarena ante la Sala de Apelación del Supremo.

#464

Re: Catalunya - España 2018...cosas que pasan

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ampara con medidas cautelares las aspiraciones de los independentistas catalanes de permitir que el expresidente de la Generalitat  Carles Puigdemont pueda participar normalmente en un debate para ser investido de nuevo. Ya que no se trata de una sentencia, el tribunal no anuncia públicamente este tipo de decisiones, algo que se encargan de hacer normalmente las partes que lo solicitan pero fuentes del Tribunal han confirmado formalmente que efectivamente se le presentó la petición de amparar al candidato independentista que se encuentra fugado en Bélgica en dos ocasiones y que  en dos decisiones sucesivas el Tribunal de Estrasburgo las ha rechazado.

Dos ciudadanos privados, llamados  Eulalia Camps Rosell y Daniel Roses, le pidieron al Tribunal Europeo que suspendiera de forma cautelar los requisitos que el Tribunal Constitucional fijó el pasado 27 de enero para una eventual investidura de Puigdemont. El 8 de febrero la primera vez y el 23 de febrero de nuevo el Tribunal informó que considera que esa demanda no puede acogerse a lo que especifica el artículo 39 de su reglamento.

Los jueces de Estrasburgo pueden adoptar medidas cautelares pero lo hacen en casos excepcionales y cuando se pueda producir una situación de grave peligro para la vida o los derechos amparados por él. Casi siempre son casos en los que ha paralizado expulsiones y en menor medida desahucios. Alguna vez se ha utilizado el criterio de que se intentaba proteger el derecho a un juicio justo del demandante, pero nunca en caso de un supuesto similar al que se plantea ahora.

 

La decisión supone también que se mantendrá el mismo criterio en caso de que prospere la intención de pedir este tipo de medidas cautelares para  Jordi Sànchez, que también ha sido mencionado como candidato a la investidura a pesar de que se encuentra en prisión. En este caso, sus abogados han recurrido a la sala de apelaciones del Tribunal Supremo ya que para poder invocar al Tribunal de Estrasburgo es necesario haber escalado primero todas las jurisdicciones nacionales.

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