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Registro de la Propiedad

20 respuestas
Registro de la Propiedad
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#16

Re: Registro de la Propiedad

Gracias! Así más fácil visualizar donde buscar :)))

Otra consulta si no te importa :))
El 50% de este mismo piso está en nombre de mi padrastro. Él me quiere vender su parte (prácticamente) por el precio que han adquirido el piso hace 5 años. Como soy su ahijastra, no quiere tener ganancias, sólo quiere deshacerse del piso ya que no viajará ya con tanta frecuencia a Valencia. 
Podemos empezar los trámites de la compra-venta ya, o primero debería aclararse la herencia y el 25% de mi madre pasar a mi nombre? 
Nadie le puede obligar vender su parte por más dinero, solo tengo entendido que si hacienda considera que el precio es demasiado bajo ya (hace 5 años compraron por 35.000, ahora el valor de referencia es 57.000, por el 50% tengo pensado pagar 18.000). Tengo entendido que sólo me obligarán a pagar algo más de impuesto, según el valor que ellos consideren pero nada más..
Algún consejo o si deberíamos tener en cuenta algo??
Muchísimas gracias otra vez 
#17

Re: Registro de la Propiedad

¿Tu padrastro y tu madre tenían régimen económico de gananciales o su propiedad figura separadamente en el Registro?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#18

Re: Registro de la Propiedad

Pues en Hungría no se como va esto.. pero cada uno tenía lo suyo en su nombre.. me refiero que cuando compraron algo cada uno ponía su parte en su nombre pero no creo q hayan tenido separaciones de bienes como matrimonio, pero han sido cuidadosos para poner cada cosa en nombre de los dos.. cuando compraron el piso de España también han especificado la parte de cada uno.. después de su fallecimiento hemos repartido la herencia según acuerdo.. así que las cosas que están en nombre de su marido efectivamente no se han tocado, solo lo de mi madre.. ahora el quiere venderme su parte por el precio q le costó a él hace 5 años.. 
#19

Re: Registro de la Propiedad

Si en el Registro consta su parte de propiedad a nombre suyo y sólo suyo, puede transmitírtela cuando queráis porque es independiente de la herencia.
En virtud de la libertad de pactos, el precio lo podéis acordar libremente, pero a efectos del Impuesto de Transmisiones tendréis que liquidar como mínimo por el valor de referencia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#20

Re: Registro de la Propiedad

Si.. acabo de leer que efectivamente este año ha cambiado la legislatura 😭😭
"La entrada en vigor el pasado 1 de enero del nuevo valor de referencia de Catastro introdujo una modificación importante en el mercado inmobiliario. Ese valor es la base mínima para calcular impuestos.
Tributar por el valor de la escritura,
recurriendo posteriormente la liquidación que notifique la Administración. Esta segunda vía conlleva el riesgo de sanciones, puesto que tributar por debajo del valor de referencia de Catastro implica incurrir en un fraude. No solo eso, sino que el contribuyente debería afrontar los intereses de demora correspondientes. Por lo tanto, conviene analizar si merece la pena correr el riesgo o no."
:(((( vaya…. 
Pero claro en caso de vender el piso algún día, yo tendría que tributar las ganancias que hay por encima de los 18.000 y no de valor de referencia de ahora.. vamos que meten el palo dos veces :(
#21

Re: Registro de la Propiedad

Sí. En caso de  comprar realmente por valor inferior al valor de referencia, lo recomendable es pagar el ITP por ese valor mínmo de referencia, y luego ya si acaso recurrir.
Así en caso que no te den la razón ya lo habrás pagado pero  te evitas los intereses de demora, y tal.

Pero claro, con un escenario de inflación del 10% y los intereses de demora ( este año al 3,75%) quizá este viejo cálculo que hacíamos cuando la inlacion era inferior al 1%  quizá habría que revisarlo.

Habrá que ver qué tipos de interés de demora  crujirán el 2023