Si, pero vas a tener ciertos gastos:
Primero si no tienes el dinero, y tienes que acudir a un banco para la hipoteca, no sigas leyendo, salvo la "opción 3" del final, que dudo cuele, no va a ser posible, en este show, el banco no se va a meter !!!!!
Una es, tal como indicas, que la compre otra persona y luego te la venda a ti, pero va a encarecer el tema en un mínimo del 12-13% (impuestos de la primera compraventa, de la segunda y todos los gastos de notario, registro y gestoria duplicados).
Otra opción es crear una sociedad limitada, tendrás menos gastos a corto plazo, pero a la larga podrías tener los mismos, si no haces las cosas de forma rápida ........ es cuestión de ir a una asesoría fiscal y consultar sobre los costes . Se trata de que dos personas de tu entera y absoluta confianza creen una sociedad, luego verás porque necesitas a dos personas, con una no basta ......, pero puede ser una pareja o matrimonio perfectamente, porque no creo que te recomienden que sea una sociedad unipersonal.
Se crea la sociedad con el mínimo de 3.000 €, una persona tendrá pongamos 2.900 € en participaciones de la empresa, la segunda solo tendrá 1oo euros de participación. Que el administrador de la sociedad sea la persona que solo tiene 100 € en la empresa.
Esta empresa compra la finca, pero unos pocos días antes te venden las acciones a ti, pero no todas, deja los 100 € de participación a la segunda persona, para no convertir la S.L., en una S.L. Unipersonal, que supone inscribir en el registro, etc. y esto no interesa de momento.
La compra la firma el o la administrador/a, el o la de los 100 €, tu no apareces por lado alguno.
Se presenta la escritura de la compraventa en el registro, una vez registrada correctamente, pide cita al mismo notario, para cambiar el/la administrador/a de la empresa que pasarás a ser tu, la persona que firmó ya no tiene nada que ver con la empresa, salvo que tiene "acciones" por 100 € .... no me gastaria el dinero por estas "acciones", seria otra escritura de conversión en S.L. Unipersonal, como verás no vale la pena.
Seguimos:
Pero el dinero para pagar tiene que estar en la empresa, con lo cuál tienes que prestar tu dinero a la empresa para que pueda hacer el pago, un préstamo tuyo a la sociedad, documentado, obligatoriamente a un interés mínimo del 3,00% anual (el interés legal).
Una vez todo correcto, disuelve la empresa, liquídala, la empresa que pague sus deudas, la deuda a ti, con la casa, se registra la adjudicación por liquidación de la sociedad y en paz, el sobrante serán las acciones, los 2.900 e que compraste al socio/a anterior y los 100 € al o a la otro socia/a !!!!
Todo esto con gente de absoluta confianza, porque si dudas o no son tan confiables, te pueden hacer un siete gordo a la cartera !!!!! porque durante unas pocas semanas la empresa será suya, y el piso es de la empresa. Y si, hay una deuda a tu favor, pero tendrías que reclamarla legalmente a la empresa.
¿Gastos? unos cuantos ... crear la sociedad, hacer el préstamo, liquidar la retención de los intereses, disolver y liquidar la empresa, presentar las retenciones, el impuesto de sociedades, el registro mercantil, de un año mínimo, si de tas prisa y haces todo en el mismo año, que como algo se que te quede para 2023, tendrás dos impuestos de sociedades y dos presentaciones al Registro Mercantil. Por ello te indico que pidas asesoramiento profesional.
¿Y no se puede dejar la vivienda en propiedad de la sociedad? si claro, no tienes ninguna obligación de disolverla, es ahí dónde lo de "los gastos a la larga", vas atener gastos de gestoria cada año, por el impuesto de sociedades y el Registro Mercantil, aunque la sociedad no se dedique a nada, solo a la tenencia de una finca, estas dos gestiones, las tendrás que hacer cada año .... no son miles de euros, solo unos cientos, pero esto va sumando cada año que pasa. Por eso creo que a la larga es menos caro (barato no es) disolverla rápido.
La tercera opción, pero dudo que cuele, porque tu vendedor se puede enterar cuando el/la notario/a lea la escritura. Se trata de otorgar un poder a una persona de tu entera y absoluta confianza también, un poder cuesta unos 50 € ... que vaya a notario en tu nombre y representación, el vendedor no te verá a ti, verá a otra persona ... pero a la que le lean la escritura observará que actua en tu nombre. si hay hipoteca el banco no va a poner pega alguna, quien compra eres tu, a quien prestan es a ti .. solo que va otro en tu lugar a firmar mediante un poder.