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Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

10 respuestas
Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador
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Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador
#1

Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Buenas noches, os expongo mi caso y mi duda: Alquiler de un inmueble SIN AMUEBLAR durante 5 años con un inquilino que paga religiosamente, desde el primer día seguro de protección de alquiler con ARAG que se ha ido renovando año a año. Hace dos meses los vecinos me comunican que el tipo no vive allí y dedica el inmueble a la producción de cannabis, en vista de ello le comunico al inquilino (alegando que voy a vender el inmueble) que no le renuevo el contrato expirando este el 31 de este mes (Marzo). 

Este lunes 1 de Marzo la Guardia Civil ejecutó una entrada y registro en el inmueble interviniendo todo el material. Como es lógico en el piso hay daños de consideración, paredes agujereadas para pasar el cableado e instalar el sistema de ventilación etc. El seguro de alquiler cubriría los daños hasta 3000 euros pero.......para que esa cobertura se pueda ejecutar se tiene que proudcir un impago de renta INDEMNIZADO por el seguro. Está claro que este mes el inquilino no va a pagar pero mi duda es, hablo con el para que me entregue la posesión del piso (yo creo que lo haría) o me hago el sueco para que sigan corriendo los impagos de renta, insto el desahucio y de esa forma el seguro cubriría los daños al inmueble (más las rentas impagadas salvo un mes de franquicia).

Una cosa que me preocupa es que la Guardia Civil reventó la puerta para entrar por lo que la puerta de la casa esta sin cerrar con dos cintas de GUARDIA CIVIL NO PASAR. Me da miedo que alguien pueda okupar la casa (aunque en Cantabria esto no es tan habitual). ¿Que podría hacer? igual podría pagar a alguien para que pusiera una cerradura de circunstancias pero el problema es que el contrato sigue en vigor y sigue siendo la casa del inquilino en teoría.............
#2

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Tienes la vivienda cerrada con dos tiras de plástico y lo que te preocupa es si el seguro te paga o no???? 

En serio?????

Sin ánimo de ofender. Lo primero ahí tiene que haber una puerta . A ser posible blindada y a ser posible antiokupas. Y una alarma. 

Lo segundo, que yo sepa o recuerde cuando uno firma un contrato de alquiler hay alguna clausula que dice que no puedes dedicarte a actividades ilegales y que se destina a vivienda habitual, no a cultivar cannabis. La misma clausula que dice que si te dedicas a alguna de esas actividades te echan del piso, vamos, que tu inquilino ni vivía ni va a vivir ahí. Esto es importante porque echar a alguien de su casa no tiene nada que ver con desahuciar un negocio, así que esos escrúpulos de "como voy a ocupar su vivienda" Creo que después de la intervención de la Guardia Civil podemos dejarlos a un lado tranquilamente. La realización de obras en la vivienda (pasar conductos de ventilación) también implica habitualmente la rescisión inmediata del contrato salvo que se haga de acuerdo con el propietario. Vamos, que tu inquilino ya no tiene ningún derecho sobre ese piso. 

Mañana llama al seguro y a ver que te dicen sobre las reparaciones, siempre puedes alegar el impago de un mes de alalquiler. 

Pero vamos, inmediatamente pon una puerta y luego vas viendo. 

Saludos 
#3

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Gracias por tu respuesta, la verdad es que tienes razón, es muy heavy pensar que la casa solo tiene una puerta entornada y dos cintas de GC.
#4

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Joder que fuerte. Perdona, cuanto pagas de seguro? 

#5

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Unos 200 euros al año. No son demasiado caros
#6

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Buenos días,

Aunque sabes que solemos estar de acuerdo, en esto difiero.

Si en el contrato de alquiler figura como vivienda habitual, no puedes entrar al domicilio, por lo que todos sabemos.
En un caso que tuve relativamente similar, fuí con un notario al inmueble, para que diese fé del abandono del inmueble por parte del arrendatario, y del estado del mismo, inventario de las posesiones que el inquilino dejaba allí, y que yo guardaría como custodia, así como de las Manifestaciones por las circunstancias.
A partir de ahí, SI cambie puerta y cerradura, y sinceramente, a pesar de estar acompañado por abogado y notario, no las tenía todas conmigo.

Si bien es verdad, que en casos tan flagrantes, es díficil que te demanden por allanamiento de morada,  El que se dedica a estos menesteres, suele buscar cualquier excusa, para obtener un beneficio.

Inmediatamente pondría un burofax al inquilino, manifestando igualmente la cancelación del contrato. El hecho de que no te manifiestes, y dejes pasar el tiempo, no significa que te vaya a pagar esos meses ni mucho menos, sino que tú estás reconociendo una renovación tácita del contrato, con lo que estarías contradiciendote en tu postura.
No podrías entrar en el inmueble, ni ofrecerlo a nuevos inquilinos.
Y a ti lo que te interesa, es cerrar capítulo lo antes posible.

Solo hay que ver la contrapartida, de los abogados de los famosos policias de Jaén.
Han denunciado a la víctima, por atentado a la autoridad. Hay es nada....

Suerte!

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#7

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Menudas historias tienes!!!! Esta claro que la experiencia es un grado! Y sin ningun problema por no estar de acuerdo en algo, pasa en las mejores familias. 

Yo entiendo que el contrato como mucho termina el 31 de marzo, dado que le comunicó previamente que el contrato terminaba ese día. 

Puede que el inquilino quiera reclamar pero, habiendo un atestado de la Guardia Civil, no tiene validez legal? Y que va a reclamar el inquilino? Que no le dio las llaves de la nueva puerta? Porque yo el poner una puerta o cerradura nueva lo veo bastante necesario para habitarlo. Y que va a hacer? Reclamar que alguien entró? Si no hay puerta! (Vease atestado de la Guardia Civil). Puede haber sido el dueño o una familia de okupas la que ha entrado. O yo. Y el dueño el 1 de abril, que ya no hay contrato en vigor, hablo con los okupas y se fueron amablemente dándole las llaves al dueño... Eso si no está ya una familia de okupas viviendo porque dos cintas y una puerta reventada no es exactamente algo que detenga okupaciones. 

Que si, que te meten en un juzgado y te buscan las cosquillas y es un lío, coincido plenamente pero creo que en este caso poco tiene que rascar. 

Saludos 
#8

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

En ese punto tienes razón, pase por alto que el contrato vencía  practicamente ya.
En cualquier caso, si vence el 31 de marzo, lo mejor es esperar al 31 de marzo, respecto a que quede cerrado el contrato en tiempo. Si bien, se puede ir notificando al inquilino, que no habrá renovación. Ya lo sabrá el niño de las plantitas, pero es que a mí me encanta tenerlo todo documentado. Lo bien hecho, bien parece.
Tal vez se pueda anticipar la resolución del contrato, pero no sé si va a merecer la pena en cuantío a la cuantía, tal vez por el hecho de ganar en tiempos.

Si literalmente es que no hay puerta, pues cómo bien dices, colocar una puerta, y enviar un burofax al susodicho, argumentando la extraordinaria situación de los hechos, ante lo cual se procede a colocar puerta, y facilitandole un plazo para argumentar cualquier propiedad suya que reclamase por recuperar. 
Para lo cual, igual y previamente, antes de colocar la puerta, llevaría al Notario para que diese Fé de la situación del inmueble, así como los posibles objetos o pertenencias, susceptibles de ser reclamadas. Así como la inexistencia, de objetos añadidos. O sea, que no había maquinaria, ordenadores, etc, que luego pudiesen reclamar

Un abrazo!

PD- De estas debe tener mil y una, Tristán del curso de Subastas, así como la mejor manera de proceder.

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#9

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

Yo creo que si hay dos cintas de Guardia Civil diciendo que no puede pasar es por algo. Yo no pasaría a no ser que el Guardia Civil o el Juzgado me diera permiso para entrar. Interésate por el atestado cuanto antes porque estas cosas van lentas y puedes tirarte un tiempo sin poder acceder al piso. Busca un abogado (el del seguro mismo) y que te mueva el caso lo antes posible.
#10

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

El precinto lo ponen para que nadie entre a robar. Si ellos ya han hecho el registro de la vivienda ya está, en principio no tienen ningún motivo para volver a entrar. El precinto es para que no entre nadie a robar, a ocuparla, etc. Ahora bien, las cintas de la Policía o la Guardia Civil ya te puedes imaginar a que ladrón/okupa/malhechor en general va a detener. 


En el momento en el que fuerzas una puerta para entrar ya no se puede volver a cerrar (lo normal) pero claro, dejar la puerta abierta de par en par pues no es algo que haga la policía, ellos ponen unas cintas para evitar que entre alguien no autorizado. 

Las fuerzas del orden pueden entrar si tienen una orden de registro (en ese momento, la orden no tiene vigencia permanente) o se está cometiendo un delito flagrante (en ese momento). El que hayan registrado hoy no les faculta para registrar mañana, pasado y dentro de un  mes. Si el registro ha finalizado necesitan una nueva orden para entrar. 

Saludos
#11

Re: Seguro de alquiler y alquiler conflictivo - Arrendador

No se no se.... yo si pone no pasar guardia civil no paso. Pero vamos que no cuesta nada llamar a guardia civil o al juzgado e informarse del tema. No vaya a ser que la cinta de no pasar este puesta para que no pase nadie, entres y te imputen un delito. 
Informanos simplemente por salir de dudas.