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Inversión del sujeto pasivo

5 respuestas
Inversión del sujeto pasivo
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Inversión del sujeto pasivo
#1

Inversión del sujeto pasivo

Alguien me dijo que si quiero comprarme un inmueble y ahorre el  21% iva que compre mediante inversion del sujeto pasivo, bisque informacion y tengo dudas: 

1)  que pasa si no alquilo el inmueble nunca?
2) que pasa si quiero venderlo?
3) que consecuencias legales o problemas puedo tener

4) en cambio si compro el inmueble con el 21%  iva al contado, ¿pierdo para siempre ese dinero o si lo alquilo recupero algo?


#2

Re: Inversión del sujeto pasivo

Hola,

Eres autónomo o empresario?

Saludos 
#3

Re: Inversión del sujeto pasivo

Buenas noches @@blueblue

Con miedo de volver a meter la pata,  te contesto de manera sencilla, sobre tus líneas: 
( Siendo consciente de que si te decides, formalizarás y revisarás todo bien, con un asesor fiscal)

1)  que pasa si no alquilo el inmueble nunca?

Yo estoy casi seguro de que No pasa nada. Se supone que el destino es para una actividad empresarial, al ser tu autónomo o empresa. Las dos Partes (comprador y vendedor )deben serlo, para poder hacer la renuncia del IVA:
 
El artículo 84.Uno.2º de la Ley 37/1992, regula la regla de “inversión del sujeto pasivo”, en relación con la entrega de inmuebles, se recogen varios supuestos de inversión del sujeto pasivo:
El que se supone te  ocupa:
2)  En las entregas, sujetas pero exentas del IVA, de terrenos rústicos y segundas entregas de edificaciones en las que se renuncie a la aplicación de la exención, por concurrir los requisitos establecidos en LIVA artículo 20.dos. 
 
Esta modificación está en vigor desde el 1 de abril de 2015. 
2) que pasa si quiero venderlo?
            Lo vendes cómo cualquier activo. Al igual que lo anterior, yo estoy casi seguro, de que no está condicionada.

3) que consecuencias legales o problemas puedo tener

A mi juicio ninguna, pero la interpretación de Hacienda, siempre puede ser caprichosa.
Lo que debes de ser consciente, que al no tener IVA, no debes desgravarte ninguna partida por la compra del local (de cajón).
Y que en las escrituras esté claramente detallado,
que Comprador y Vendedor os acogéis al IVA,  al ser empresarios, y por lo tanto, no os corresponde ITP.
Una vez detallado, que eres sujeto pasivo, y por lo tanto tienes derecho a la auto repercusión
    O sea, que tú argumentas que no pagas el IVA, porque no te lo piensas deducir

4) en cambio si compro el inmueble con el 21%  iva al contado, ¿pierdo para siempre ese dinero o si lo alquilo recupero algo?
Tienes x años para desgravartelo. Tanto el iva de inquilinos, cómo iva de gastos relativos a la actividad.

Espero que te sirva de ayuda
A mi me costó mucho conseguir la información, y no sólo me alivió realizarlo así,  es que si no era de esta manera, no la hubiese podido acometer. 
El importe de la operación, conllevaba un IVA más que considerable 

Un saludo

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#4

Re: Inversión del sujeto pasivo

ninguna de las 2 cosas
#6

Re: Inversión del sujeto pasivo

gracias por responder antes todas las preguntas, se agradece gente como tú en el foro