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Duda sobre nota simple

4 respuestas
Duda sobre nota simple
Duda sobre nota simple
#1

Duda sobre nota simple

Buenas tardes.
Estoy interesado en la compra de un piso y en la nota simple del Registro de la Propiedad hay varios puntos que no me quedan claros tras leer sobre el tema en Internet.
- Aparece servidumbre de patio mancomunado, portal, anteportal y portería, vivienda de portero y cuarto de calderas de calefacción. Hasta donde sé esto es normal.
- Aparece una hipoteca con fecha de 1973 por un principal de unos 2000 euros, se mencionan intereses ordinarios y costas y gastos. Tasada a efecto de subasta en unos 5000 euros. Se dice que el vencimiento de la presente hipoteca será de diez años a contar desde la fecha de entrega del préstamo.
- A continuación aparece una condición resolutoria del año 1981 a favor de xxxx inmuebles en garantía de unos 1000 euros. Dice que la cantidad aplaza será satisfecha en unos plazos a contar desde mediados de 1980 y un plazo más con vencimiento a mediados de 1982.
- Afección fiscal consignada con fecha de finales de 2013, esta nota se repite varias veces y por lo que he leído es que están al corriente del pago, pero no me queda claro.

Lo que no tengo claro es lo de la hipoteca y la condición resolutoria: por lo que he entendido por otros hilos, si la condición resolutoria aparece con fecha posterior a la hipoteca es que está todo al corriente.

Agradecería cualquier orientación al respecto.
Gracias por adelantado. 
#2

Re: Duda sobre nota simple

La hipoteca se puede cancelar del Registro sin necesidad de escritura al haber transcurrido 20 años desde que debió pagarse la última cuota.
Con la condición resolutoria pasa más de lo mismo: debería poderse cancelar al haber pasado el plazo de garantía.
Se pueden cancelar vía instancia con firma legitimada o en la misma escritura donde se haga la compraventa se solicita la cancelación de ambas cosas.

La afección fiscal dura 5 años con lo cual debería estar caducada ya al ser de 2013. 
Estas notas se ponen cuando se presenta o paga cualquier impuesto y son una garantía a favor de la Adminstración en caso de que se proceda a una liquidación complementaria. Son inevitables y mueren solas con el paso del tiempo.
#4

Re: Duda sobre nota simple

Yo, si la nota simple no está limpia de la hipoteca y condición resolutoria, no compraría. Que lo apañe el Vendedor.
#5

Re: Duda sobre nota simple

Pues yo si compraría, esas cargas están más que caducadas. 

Lo que si que haría, les retendría una cantidad por los costes de cancelación registrales.
#6

Re: Duda sobre nota simple

Las condiciones resolutorias no caducan hay que levantarlas.