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Problema con documento del banco

5 respuestas
Problema con documento del banco
Problema con documento del banco
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#1

Problema con documento del banco

¡Hola!,primero de todo, quisiera saludar a toda la comunidad forera, ya que este es mi primer mensaje. Así que, antes de todo, haré una pequeña presentación: Me llamo Javier y resido en la provincia de Tarragona, soy licenciado en Derecho y ejerceré como abogado, espero, en Septiembre cuándo acceda al turno de oficio. Pues bien, resulta que como mis vecinos saben que soy abogado, uno de ellos me consultó que había de hacer para cancelar registralmente la anotación de hipoteca que hay a favor de una caja y que gravaba su piso(la deuda ya está saldada). Yo le comenté, lo que citais en el foro, es decir, que fuera a la caja a solicitar un documento que acredite que el préstamo ya está cancelado por haberse extinguido la deuda y que con el citado documento se fuera al notario para elevarlo a público y posteriormente se fuera al registro correspondiente a efectos de que se procediera a la cancelación de la citada anotación registral. El problema que existe es que el director de la oficina de la caja en cuestión se niega a entregar el citado documento alegando que tal gestión deben de hacerlo ellos y que la misma asciende a un total aproximado de 800€. Yo le comenté a mi vecino que insistiera en que el director tiene la obligación de entregar tal documento y que él tiene la posibilidad de realizar la gestión por su cuenta y ahorrarse una "pasta", pero el director sigue sin ceder. Llegados a tal punto, ¿qué medidas de presión se podrían ejercitar?, a mí se me ocurre con amenazarle ante la Agencia Catalana de Consumo o incluso judicialmente, pero no acabo de encontrar la base jurídica en la que apoyarme.La misma, ¿está en la Ley Hipotecaria?, incumplimiento contractual?, en fin, ¿alguna idea?.
Espero vuestras respuestas.
Gracias por adelantado.
Adeu!

#2

Re: Problema con documento del banco

Con una mera notificación a atención al cliente de la misma entidad bastará. Le echarán la culpa a la sucursal, porque no pueden admitir que esa es una política de la empresa, pero de hecho lo es.
Eso sí, el certificado no es gratis tampoco; así de memoria creo que el máximo son 100 eur más iva en concepto de expedición de este certificado y asistencia de apoderado a la firma.

#3

Re: Problema con documento del banco

Te agradecemos que en tu bautismo en el foro y para ejercer, nos acerques a la diferencia entre la realidad jurídica y a la que somos sometidos sistemáticamente, como "cargas" o fraudes difícilmente digeribles.
En materia de consumo, parece un servicio no solicitado voluntariamente y al que el banco, nos coacciona en la práctica.
Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Artículo 10.
c) Buena fe y justo equilibrio de las contraprestaciones lo que, entre otras cosas, excluye:
5º Los incrementos de precio por servicio, accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnizaciones o penalizaciones que
no correspondan a prestaciones adicionales, susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso y expresados con la debida
claridad y separación.
Un saludo

#4

Re: Problema con documento del banco

Muchas gracias a los dos por vuestras respuestas.Le comunicaré al vecino lo que me comentais.
Un saludo.
Adeu!

#5

Re: Problema con documento del banco

Bienvenido.

Saludos

#6

Re: Problema con documento del banco

Bon dia, mira jo ho faria d’una altre manera …. Sigo en castellano para que todos puedan entender la idea.

Ni siquiera me gastaría el dinero en el certificado, bueno a mi me funcionó, coges él último recibo pagado, allí ya pone saldo cero, el certificado no es preceptivo, depende del notario, si en tu localidad hay un solo notario pues que él estime, pero si hay varios pues ningún problema.
Punto 1 – Vas a notario y le encargas la gestión, tú gestión (repito) el banco o caja no te puede exigir ni ir a su notario ni ir a su gestoría, lo puede exigir cuando entrega el dinero, para asegurarse de la correcta inscripción de su derecho preferente sobre la finca, pero cuando han cobrado no tienen que resguardar nada, absolutamente nada, otra cosa es que te digan que las oficinas van muy cargadas y esto lo tienen centralizado en la sede de la entidad, bien ….. lo tienen centralizado, pero no es exigible. Hablas con el oficial, le haces provisión de fondos del importe de la escritura (solo los gastos notariales, nada más)

Punto 2 – Les remites una carta y te agencias copia sellada de la entrega, y si no quieren recibirla (seguro que te la sellan) te queda el buro fax certificado con acuse de recibo. La carta más o menos con este texto:

BANCO CAJA TAL PASCUAL
DOMICLIO – CP Y POBLACIÓN

Distinguidos Sres.:

Por medio de la presente les comunicamos que hemos procedido a encargar a la Notaria de D. ……… sita en ………………………. Teléfono (oficial Sr. …………) la escritura de la cancelación de la hipoteca que pesaba sobre la finca tal (inscrita en el registro de la propiedad …….tomo….. libro ….. folio …. Finca) que amparaba el préstamo número …………. (adjunto fotocopia del último recibo pagado y que refleja saldo cero).
Ruego acuerden con el oficial de la notaria antes indicada día y hora de firma a comodidad de ustedes, pero en todo caso en un plazo máximo de 30 días a contar desde la recepción del presente escrito.
Nuestra solicitud al Banco/Caja tal ….. solo alcanza a la firma de la oportuna escritura, Y NO ALCANZA A LA GESTIÓN POSTERIOR DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, NI ESTÁN AUTORIZADOS A CONTRATAR A NINGUNA GESTORIA PARA LA GESTIÓN, toda vez que la misma la realizaremos nosotros por nuestros propios medios.
Asimismo para la factura notarial ya que hemos procedido a proveer de fondos suficientes a la notaria.

En espera de sus prontas noticias les saludamos muy atentamente,

Datos y firma de los titulares del préstamo .

Luego una vez firmada la escritura por parte del banco, pues la presentáis al registro de la propiedad para su debida inscripción, la tendrán unas semanas y os llamarán para ir a recogerla y pagar los honorarios, no sé si hay que presentar un modelo 600 con pago cero o exento, pero seguro que el propio registro os ayudan en ello.

Tened en cuenta que últimamente “se estila” cobrar una comisión por desplazamiento a notaria de unos 100/150 euros, supongo que será el precio de unos buenos zapatos porque las suelas se gastan por ir a notaria a firmar, y además es un mínimo de una hora que emplean para ello y dichos empleados bancarios no pueden utilizar para otras cosas, bien ….. si te la cobran tendrás que tener dinero en la cuenta para el pago, no obstante esta comisión no la pueden cobrar y creo que posteriormente tendrás el derecho a reclamar su devolución en el caso de que tu escritura de hipoteca no la tenga prevista, como sabes al ser abogado cualquier modificación contractual precisa el acuerdo de ambas partes, no vale modificar condiciones de manera unilateral, que lo entiendo es el cobro de esta comisión si no está reflejada en el contrato, y la misma no tiene mucha historia, vamos que no creo que por la antigüedad de la hipoteca exista, esta “moda” es bastante reciente. No obstante hay quien opina que esta comisión es externa a la hipoteca y solo precisa de que su tarifa esté publicada en el Banco de España, que seguro que lo está, con lo cual probablemente el banco opinará que no es necesario que figure en la hipoteca, y tu opinaras probablemente lo contrario, con lo que es posible, si te la cobran, que te veas obligado a acudir al SAC del Banco con estos argumentos.

Salu2.