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Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

11 respuestas
Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma
Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma
#1

Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Buenas tardes,
Vendí mi piso y las arras vencen el dia 3. Teníamos la firma con el notario el jueves 25, pero con el estado en el q estamos hable con los compradores para poder aplazarlo xq estoy con mis dos hijos en casa y tendria q ir con ellos en metro hasta la notaria. Los compradores, no querian aplazarlo pero finalmente han accedido hasta el 15 de abril como maximo. Si sigue el confinamiento, estoy obligada a ir? Puedo perder las arras q en este caso serian x duplicado? Ellos alegan q les vence el alquiler el dia 31, pero creo q todo esto se ha parado no?. Y podre hacer la mudanza? 
No es q no quiera, pero creo q ahora no es momento de arriesgarse a salir pudiendo esperar unos dias mas.
Como no hay jurisprudencia, me dicen q yo tengo razon, pero q los compradores tambien y q en caso de no acuerdo me arriesgo a lo q un juez determine.
#2

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Disposición adicional cuarta.
Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.
Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren
Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma.
Las técnicas jurídicas no son muy finas desde hace años y por eso este texto parece que te puede dar cobertura legal  a tu negativa a acudir al notario en esta situación, pero igual no. Lo mejor, preguntar al notario.
#3

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Hola , parece que los dos llevas razón, en mi caso me pasa algo parecido el 11 de abril se vence el plazo de arras y no quiero continuar con las firmas hasta que pase todo, Creo que al ser un piso q compro que no es de un consorcio no es una gestión urgente y se puede aplazar
#4

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Hablad con el notario y salís de dudas. Pero creo que os va a decir que no podeis ir a firmar por el estado de Alarma, las notarías están abiertas pero solo para casos puntuales, no para todas las gestiones. 

Saludos
#5

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Todo es muy confuso, y día a día van cambiando las cosas, pero en un principio, el estado de alarma "congela " todos los plazos administrativos.



Es decir, los plazos de todos los Contratos se  extienden tanto como se prolongue el Estado de alarma.

Lo que  recomendaría sería que se envíe  un e-mail a los vendedores ratificando la voluntad de seguir con la compra, y que os contesten conforme lo han recibido.
 
Eso es lo que estoy haciendo con  mis clientes; en un periodo corto de tiempo dispondré de un comunicado - tipo para estas situaciones, ya os lo facilitaré.


     saludos
#6

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Notaria me ha dicho que por ellos no hay problema en firmar, que si hay fecha habría que firmar, pero que mejor me puede informar un abogado, y eso hice, tengo un amigo que es abogado y ejercer, y me confirmó que están suspendidos los plazos, lo dice el boe del 13 de marzo 2020

Le preguntaré si es necesario enviar a mi vendedor un documento informando de esto además de mis intenciones 

Un saludo
#7

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

El RD solo habla de plazos legales y administrativos, no convencionales, como puede ser un contrato de arras. Así pues no hay obligación de prorrogar arras, el miedo al covid no es excusa para cumplir el contrato. Otra cosa es que las partes lleguen a un acuerdo para la prórroga. 
#9

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

hola¡¡
para bien, o para mal, está todo en "stan By", . todos los plazos interrumpidos,  también los que fueran de aplicación al  alquiler del comprador, al que no podrán desahuciar de la vivienda que ocupe. 
 tu contrato de arras,  se prorrogará hasta que se pueda firmar la operación en el Notario, y  como  te han contestado ya, las Notarías, están firmando únicamente lo urgente,  de hecho trabajan a puerta cerrada.  
Esperemos que pronto todo pueda volver a su ritmo normal, ,hasta entonces, paciencia  . 
#10

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

En todo caso   ,   situaciones como la tuya,  se deben estar planteando muchas, y habrá que estar a cada caso concreto. 
Es posible que si  hay un Banco detrás de la operación de compra, y este ha ofrecido unas  condiciones concretas para la   hipoteca,  decida   no mantenerlas  (ya que en la mente de todos está el que el mercado  va a cambiar)  y no puedas, prorrogarlo por más tiempo, entonces ,  podría considerarse  razones de Urgencia para la firma.   

#11

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Buenos días Isadito,

Como ya te han comentado, el RD de establece el estado de alarma suspende los plazos procesales y administratativos además de paralizar la prescripción y caducidad pero, sin embargo, no dice nada expresamente de los plazos convencionales como el que tú tienes de firmar la escritura de venta en determinada fecha. 
Aunque pueda parecer que es un "olvido" del legislador o una mala técnica legislativa en la redacción, sospecho que ha sido de forma intencionada y a petición de los bancos que en caso contrario verían totalmente paralizado su negocio. La prueba es que toda su actividad de declaró esencial y no tienen que justificar ninguna urgencia para que sus clientes puedan ir a notaría a firmar.

Para curarte en salud, te diría que fueras a firmar con todas las precauciones posibles ya que, de no hacerlo y salvo que un juez diga lo contrario en tu caso concreto, tendrías que devolver las arras duplicadas al comprador.

Ahora bien, hay muchos argumentos jurídicos para que puedas alegar que no cumpliste tu obligación de firmar porque no pudiste y que por lo tanto no tengas que devolver duplicadas las arras aunque, en ese caso, sí tendrías que devolver la misma cantidad de arras que te entregaron pues se entendería que hay una resolución del contrato. Podrías alegar imposibilidad de cumplir por fuerza mayor, podrías pedir la resolución del contrato en virtud de la clausula "rebus sic stantibus", etc.

El problema es que, al final, es un juez el que decide y como esta situación no se ha dado en la historia reciente, no sabemos cuál va a ser la línea jurisprudencial mayoritaria. Cada caso es diferente. Por eso, es difícil hacerte un dictamen " a ciegas".pu

En la notaría no van a poner pegas para firmar ya que el vuestro es uno de los supuestos claros de urgente necesidad.

Saludos


#12

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Buenos días,
 
Coincido en que la técnica legislativa no es fina, y menos en estos días. En una primera lectura del RD, pensé que en lo que comentas se recogía toodo lo no mencionado antes ( plazos procesales y administrativos), sin embargo, hay instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado ( o como se llame ahora...) que especificaba que los plazos convencionales no se paraban. 
Una prueba de que ese párrafo no engloba en general todos los derechos y acciones ( por lo que no entiendo a qué derechos y acciones se refiere y a cuáles no...) es que a posteriori, se han dictado decreto para los plazos fiscales.

Resumiendo, si normalmente los operadores jurídicos lo tenemos complicado para asesorar a los clientes, en estos tiempo, más todavía.

Saludos
#13

Re: Obligacion de ir al notario a firmar arras en estado de alarma

Buenos días,

El caso que plantea la compañera es el típico que se está alegando en las notarías para justificar la urgente necesidad y por lo tanto poder ir a firmar. 
Desgraciadamente no todos los plazos no están paralizados( por ejemplo el plazo para pagar la plusvalía municipal en caso de venta que de primera mano sé que la están cobrando) y los convencionales, salvo que la jurisprudencia considere lo contrario ( acertadamente, en mi opinión), son unos de esos plazos no paralizados.

Saludos