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La revisión de la hipoteca

17 respuestas
La revisión de la hipoteca
La revisión de la hipoteca
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#1

La revisión de la hipoteca

Hola buenos dias, necesito saber una duda que tengo.
El mes pasado mi banco "La caixa" me envio una carta en la que me comunicaba la revision del tipo de interes del prestamo hipotecario para este mes de febrero. En el escrito me decian que el primer mes tenia el interes al 2.48% y a partir del segundo hasta la proxima revision al 4.60%. Me gustaria saber si esto lo pueden hacer tengo mis dudas ya que una vez lei que ojo con las revisiones del tipo de interes por que algunos bancos por no perder dinero estaban haciendo este tipo de operaciones.

#2

Re: La revisión de la hipoteca

¿Qué dice la ecritra de préstamo que firmste?

¿Con qué euribor te revisan(merfiero al mes)?
Saludos

#3

Re: La revisión de la hipoteca

No te he entendido nada. La revision tiene que ser igual para todo el año o semestre, no un mes una cifra y al siguiente otro. ¿Quieres decir que ahora estas pagando el 2.48 y pasas al 4.60? Lo tuyo no es un diferencial, es el coche entero, algo asi como el euribor + 3.35. ¿No sera al reves, pasar de pagar un 4.60 a un 2.48?

#4

Re: La revisión de la hipoteca

Actualmente estoy pagando a un 5.25.
Perdone mi ignorancia pero estuve mirando la escritura y lo unico que decia esque el tipo de interes es variable, nada mas, si que es verdad que al final de la escritura y unas formulas pero no las entiendo y no se sacar el resultado.
Gracias de todo.

#5

Re: La revisión de la hipoteca

Leete bien la letra pequeña, pero toda revisión de hipoteca una vez revisado el tipo de interés, éste es el mismo hasta la siguiente revisión.

Saludos

#6

Re: La revisión de la hipoteca

Es variable claro, osea que se le aplican revisiones anuales o semestrales como te dicen los compañeros. Lo que no puede ser es tener un tipo de interés un mes y al mes siguiente otro diferente. Los tipos se mantienen como mínimo 6 meses si la revisión es semestral.

Primero debes saber cada cuando se te revisa la hipoteca. Si ahora estás pagando un 5,25 y te toca revisar en Febrero (con el Euribor de Diciembre al 2,819%) debes tener una rebaja considerable de casi 3 puntos. Es decir vas a pagar el 2,819% + el diferencial que te apliquen en el contrato que firmaste.

Asegúrate de que no tiene suelo para no tener un disgusto.

S2

#7

Re: La revisión de la hipoteca

Busca un texto similar a este en la escritura de hipoteca, puede que cambien algunas palabras, porque estono es de La Caixa, pero será parecido …… y luego nos lo escribes aquí y te podremos informar ……

Tipo de interés de los periodos siguientes. Para cada uno de los períodos anuales siguientes, el tipo de interés ordinario aplicable se determinará mediante la suma de dos sumandos: el tipo de referencia, que estará constituido por la referencia interbancaria a un año última publicada por el Banco de España en el B.O.E. en la fecha en que corresponda efectuar el cálculo del tipo de interés aplicable a la revisión, y el DIFERENCIAL.
REFERENCIA INTERBANCARIA A UN AÑO: Se define como la media aritmética simple de los valores diarios de los días con mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación (EURIBOR), referencia establecida en el apartado 7 del Anexo VIII de la Circular del Banco de España 8/1990 de 7 de septiembre, y sus modificaciones posteriores, el cual se considera tipo oficial de referencia del mercado hipotecario y se publica mensualmente en el B.O.E., de conformidad con lo previsto en el apartado 3 de la "Norma Sexta bis" de la referida circular del Banco de España.
DIFERENCIAL: Será de XXXXXXXXX puntos durante la vigencia del préstamo y hasta el vencimiento del mismo

Si en lugar del euribor tu hipoteca esta referenciada al irph diría algo como esto:

1. Tipo de interés de los periodos siguientes. Para cada uno de los períodos anuales siguientes, el tipo de interés ordinario aplicable se determinará mediante la suma de dos sumandos: el tipo de referencia, que estará constituido por el "TIPO MEDIO DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS DEL CONJUNTO DE ENTIDADES", última publicada por el Banco de España en el B.O.E. en la fecha en que corresponda efectuar el cálculo del tipo de interés aplicable a la revisión, y el DIFERENCIAL.

El resultante de añadir un diferencial de un xxxxxx puntos al tipo de interés nominal anual correspondiente a la tasa anual equivalente (TAE) última publicada por el Banco de España en el B.O.E. en la fecha en que corresponda efectuar el cálculo del tipo de interés aplicable a la revisión como "TIPO MEDIO DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS DEL CONJUNTO DE ENTIDADES", cuyo tipo medio es el establecido en el apartado 3 del Anexo VIII de la Circular del Banco de España 8/1990 de 7 de septiembre, y sus modificaciones posteriores, el cual se considera tipo oficial de referencia del mercado hipotecario, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 de la "Norma Sexta bis" de la referida Circular del Banco de España.

#8

Re: La revisión de la hipoteca

No me hables de usted, por favor; no se trata de ignorancia sino de escrituras con un lenguaje que necesitaría muchas veces de un traductor para queel cliente lo entendiese bien; mira cuando habla de diferencial que porcentaje se le suma.

Saludos