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El dinero de una cuenta ahorro vivienda. ¿Se puede gastar solo de forma privativa?

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El dinero de una cuenta ahorro vivienda. ¿Se puede gastar solo de forma privativa?
El dinero de una cuenta ahorro vivienda. ¿Se puede gastar solo de forma privativa?
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El dinero de una cuenta ahorro vivienda. ¿Se puede gastar solo de forma privativa?

Hace años accedí a una vivienda a través de una cooperativa. Antes del matrimonio hice unas aportaciones estipuladas por la gestora, ya que yo era el único títular que constaba en la cooperativa. Además tenía una cuenta ahorro vivienda en la que iba haciendo ingresos periódicos para en el momento de firmar las escrituras quitar la mayor cantidad de dinero de la hipoteca que estaba solo a mi nombre.

La constructora puso una fecha para fin de la obra y con esa referencia se puso la fecha de la boda. Las obras se retrasaron y me casé en gananciales antes de firmar las escrituras y la hipoteca que solo está a mi nombre.

A la fecha de firmar las escrituras pasé el dinero de mi cuenta ahorro vivienda a la común, ya que no era el mismo banco el que nos concedía el crédito y de ahí a la cuenta de la hipoteca en ese banco de la que se liquido bastante dinero con lo que saqué de la cuenta ahorro vivienda. A partir de ahí el resto que quedo se pagó con bienes gananciales, por lo que no vi mal en ese momento que se escriturase la casa a nombre de los dos, ya que estabamos en gananciales y de por si ya iba a ser considerada una compra en gananciales por el código civil.

Entiendo que el dinero aportado antes de casarme es privativo y actuará sobre el porcentaje que tendré en la propiedad, asi como el dinero que pagamos a partir de liquidar con lo de mi cuenta ahorro vivienda es ganancial por mitades iguales.

Tengo una duda con el dinero de mi cuenta ahorro vivienda. He leído que si de una cuenta privativa se mete dinero a una desde la que se paga después una hipoteca o se liquida parte de esa cuenta salvo expreso deseo manifestado por escrito ese dinero se considera ganancial a la hora de un divorcio y de hacer una liquidación de gananciales como si hubieses hecho una donación a la sociedad de gananciales..

Siendo que las cuentas ahorro vivienda solo podían por ley tener un titular y un destino el dinero, que es pagar una vivienda en mi nombre, entiendo que esté donde esté ese dinero se toma como privativo y que hacer una donacion de ese dinero iría contra derecho, además si lo compartiese cambiaria el destino de ese dinero, ya que antes de pagar yo únicamente el dinero hubo unos beneficios fiscales de los que solo yo fui receptor, por lo que creo que incluso estoy obligado a gastarlo privativamente.

¿Habría alguien qué me pudiera indicar algo sobre este tema?

Muchas gracias

 

 

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