Escrito dirigido al banco por contrato de cobertura hipotecaria para su cancelación
Valencia a 5 de junio de 2009
A la atención del servicio de atención al cliente de Caixa Galicia.
El motivo de mi escrito es denunciar las malas practicas del director e interventora de la oficina…………………………………………………………………………………………….. En abril del año pasado se solicita mi presencia en la entidad para regalarme un seguro hipotecario alegando que soy un buen cliente de Caixa Galicia y que ante las subidas de los tipos de interés, se ha creado un seguro que congela dichas subidas, me llegan a hacer una simulación indicando que ya me devuelven dinero si firmo. Por otra parte se me enseñan distintas clausulas del seguro en las que indica formulas y clausulas de cancelación no entendibles por mí pero que estas personas que les representan y que yo confiaba en ellas, me indican que es un seguro muy ventajoso llegándome a decir clausulas de cancelación que no están en el mal llamado seguro.
He intentado en varias ocasiones solucionar esta situación con el director que lo único que ha sabido alegar es que me he beneficiado de unos 6 € aproximadamente en cada liquidación o me ha ofrecido por e-mail (envío copia) otra cobertura en la que las condiciones son peores que las actuales, como verán en el mismo e-mail se utilizan las mismas practicas que se me dijeron cuando me dijo que ya me beneficiaba si firmaba, podrían haber puesto una simulación entre el segundo año y el tercer año en base a el Euribor para analizar el resultado…¿Por qué no lo han hecho?
Sugiero que ante estos seguros tan complejos sean sus trabajadores honestos y explique las ventajas y desventajas, ya que ahora que me he informado he podido comprobar por medios de comunicación, foros de internet, prensa, radio etc. que no soy el único perjudicado por Caixa Galicia en estos Seguros de Cobertura Hipotecaria, en el que las malas practicas son las mismas para muchos afectados, coincidimos muchos en la buena fe que nos merecían ustedes y firmamos.
Solicito la anulación de dicha cobertura en base a lo siguiente. El no haberme acreditado con anterioridad a la formalización de la operación documento informativo sobre el instrumento de cobertura ofrecido en el que indiquen sus características significativas en base a los principios de claridad, transparencia que inspiran las buenas prácticas bancarias art. 48.2 de la ley 26/1988 de 29 de junio, Disciplina e intervención de las entidades de Crédito.
Si quereis mas informacion sobre la ley buscarla en internet
Saludos
José Lozano