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Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

5 respuestas
Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades
Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades
#1

Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

Buenas tardes y feliz año a todo el mundo.

Querría solicitaros ayuda en el tema de una compraventa que hemos realizado a finales del pasado diciembre.

Hace casi dos años que falleció mi padre, y entre lo que nos dejó en herencia estaban dos casas pertenecientes a mis abuelos por parte paterna, una heredada junto a mi tío y la otra comprada por mi tío y mi padre.

Tras el fallecimiento de mi padre arreglamos los papeles del impuesto de sucesión, e hicimos declaración de herederos en el notario de nuestro pueblo.

Hace poco surgió la ocasión de vender la vivienda que compraron mi tío y mi padre a mis abuelos. Mi madre y mi hermano se acercaron al notario (notario de otro pueblo) que iba a hacer la compraventa para ver si con los papeles que teníamos valía (pagado impuesto de sucesiones y declaración de herederos). No me enteré muy bien, pero parece ser que había que hacer la aceptación y adjudicación de herencia.

Pues bien, en la notaría la cagaron, o no se lo dijeron claro a mi madre o mi madre no se enteró o yo no me entero. El caso es que en la escritura dice claramente que único bien que heredamos de mi padre es la mitad de esa casa (Urbana mitad indivisa de una casa... esto pone), cosa que no es verdad, y si no están el resto de propiedades no sé por qué es.

El caso ahora es que en las adjudicaciones, en la parte de mi madre: "se adjudica a esta interesada en pleno dominio, en pago de su mitad de gananciales la mitad indivisa de la finca descrita en esta escritura." Y yo aquí me pierdo, qué quiere decir la mitad de la mitad (que se puso antes) o la mitad de la casa. Añadiendo el usufructo de la vivienda.

En la adjudicación de mi hermano y mía, pone: "Se les adjudica por mitad y por indiviso la mitad indivisa del bien descrito" y añadiendo el usufructo de mi madre.

Tal y como yo lo entiendo a mi madre le ha adjudicado la mitad de la casa, y a mi hermano y a mí la mitad de la mitad, (que creo que está bien). Pero si es como yo digo la escritura está mal redactada.

Ahora viene algo que entiendo sólo a medias:
"Segundo: Que no existen más bienes que el inventariado y descrito en la presente escritura, y si apareciese algún otro se hará manifestación de los que sean y se adjudicarán de la misma manera". ¿Qué quiere decir con se hará manifestación? ¿Dónde lo manifiesto y a quién?

Ahora un tema económico, cuando hace la descripción de la herencia (Urbana mitad indivisa de una casa...) al final pone valor xxxx€. ¿Ese valor sabe alguien de donde sale? Porque no es el valor de la compraventa, ni el valor catastral, ¿es un valor que se ha inventado el notario o sus ayudantes? Cierto es que ese valor se parece sospechosamente a la parte por la que hemos vendido la casa (la mitad de la compraventa) pero, ¿a la hora de hacer este tipo de cosas no se debería regir por el valor catastral?, ¿se estaría violando la LOPD? Lo digo porque la minuta del notario se calcula en función de este valor, y si debiera ser la mitad del valor catastral de la vivienda, la minuta creo que bajaría bastante.

Y por último, en la notaría le dijeron a mi madre que guardase bien la escritura, y que la llevase al registro, pero si el bien de la escritura ya se ha vendido, y tiene que ser registrado por en comprador, ¿para qué tengo que llevar esta escritura la registro?

Gracias por leer este ladrillazo, y gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.

#2

Re: Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

con los datos que aportas intentare darte mis ideas que se ajustan a los datos que aportas que son un poco confusos.
Lo primero que dices es que hicisteis el impuesto de sucesiones en la herencia de tu padre, si es asi cada uno de vosotros tuvisteis que presentar por separado el modelo correspondiente y en el pondriais los bienes que os adjudicabais. Comprobar eso.
No creo que en la notaria se hayan confundido ellos solo reflejaran lo que vosotros digais que son los bienes de la herencia, ellos no lo pueden saber.
si tu madre y tu padre supongo tenian regimen de gananciales, tu madre es o era propietaria de la mitad de todos los bienes que tenian ambos en comun, es decir, de la vivienda que compraron tu padre y tu tio, la otra era un bien privativo de tu padre. pero tambien del resto de bienes que hubiera incluido el dinero.
No hablas de si tu padre dejo o no testamento, esto es importante para saber la parte de tu madre.
yo creo que en la notaria estais haciendo a la vez la liquidacion de la sociedad de gananciales y la particion de la herencia de tu padre, de ahi la confusion. De todas formas hay algo que me deja muy estrañado y ¿ en la notaria no han pedido notas simples de la situacion de los bienes? ( al menos de los que vosotros hayais indicado que forman parte de la herencia).
El valor que dices que pone el notaria seguro que es el valor que marca la comunidad autonoma como valor del bien.
Tampoco entiendo muy bien que hables de haber vendido el bien si no lo teneis inscrito en el registro. No es que no se pueda hacer pero a la larga el comprador podra tener problemas.
Un saludo

#3

Re: Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

Gracias por la respuesta, creo que empiezo a ver algo de claridad.

Mi padre falleció sin testamento y tenía régimen de gananciales con mi madre.

Nosotros pagamos el impuesto de sucesiones, eso seguro, y ahí incuímos todos los bienes que tenía mi padre. Hicimos a continuación en el notario de mi pueblo la declaración de herederos.

El pasado diciembre cuando fuimos a vender la vivienda que tenían en gananciales mi padre y mi madre, a medias con nuestro tío, le dijeron a mi madre que como no tenía la adjudicación de herencia había que hacerla para vender la casa.

Y mi madre llevó todos los papeles que tenía a la notaría: declaración de herederos, la liquidación de impuesto de sucesiones y ya está. El caso es que sólo metieron en la escritura de herencia el bien que ibamos a vender y parece que de lo demás pasaron (mi madre tampoco les dijo que incluyeran el resto, eso es cierto).

Por lo que indicas hay que ir al registro para registrar la herencia, ya que quizá el comprador podría tener problemas a la hora de registrar la compra. Digo que hemos vendido porque ya hemos vendido y cobrado, además.

#4

Re: Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

lo unico que deberias registrar es la escritura para que aparezca tu madre como la propietaria de la mitad indivisa junto con ti tio. Luego tu tio y tu madre habran realizado la venta a quien corresponda, y este nuevo titular hasta que no se haya registrado como comprador en escritura publica no podra figurar en el registro como titular de esa casa al faltar el tracto sucesivo al no estar registrado uno de los titulares en la venta. Y aunque a efectos reales el es el titular para eso tendra su contrato, a efectos registrales no lo es y esto le puede acarrear problemas ( imaginate que tu tio tuviera una deuda y que no la pagara y su acreedor consultara el registro y viera que es propietario de esa vivienda y decidiera embargarla, el nuevo titular tendria un serio problema pues al no constar en el registro se veria obligado a pagar la deuda de tu tio con la casa esto es un ejemplo)
Un saludo

#5

Re: Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

No hay ningún problema, todo está bien.
La adjudicación se hizo conforme a las leyes.
Los Notarios y Registradores aplican una norma que dice que cuando se compra en Escritura Pública un bien que ya tenía Escritura Pública, se puede inscribir directamente en el Registro aunque nunca hubiese estado inscrito antes.
El comprador aportará 2 Escrituras, la Escritura de adjudicación de la herencia y la Escritura de compra, y con eso puede hacer la inscripción Registral.
El Notario lo que quiso es hacer la compra-venta y no se complica la vida. Diciendo que no hay otros bienes y que si aparecen ya se adjudicarán, asunto solucionado.
A vosotros es a los que os interesa hacer la adjudicación del resto de los bienes. No es obligatorio pero os conviene hacerla ahora porque si, por ejemplo, alguno de los herederos falleciese eso complicaría algo la adjudicación.

#6

Re: Escritura de declaración y adjudicación de herencia sin todas las propiedades

Muchas gracias, lo tengo bastante aclarado ya.