Re: La "parte" por el "todo"
Vaya ensalada mixta te ha salido. Ahora descubre, después de lo que se han repetido mil veces, que la hipoteca es una obligacion accesoria de otra principal, independientemente de si esta es un prestamo, un crédito, un aval o el sumsumcorda. Pero lo mejor son las alegaciones, por llamarlas de algún modo
- El inmueble es la única propiedad del titular (¿qué garantías personales puede aportar?)
Confundes patrimonio con garantia personal. Que no tenga nada no quiere decir que no aporte mi garantia personal. te recuerdo que el 1911 habla de bienes presentes y FUTUROS.
- La puede hacer una comunidad de bienes que no tiene personalidad jurídica.
¿Y? Precisamente las comunidads de bienes y soc. civiles (ojo, que algunas tienen pers. uridica, aunque pocas) precisamente por carecer de personalidad juridica implican una responsabilidad personal ilimtada de los socios o comuneros.
- Se puede hacer una hipoteca para constiuir una fianza en un juzgado, por ejemplo.
¿Y? precisamente esa fianza ante el juzgado, o el aval, o la cuenta de crédito que puede garantizar una hipoteca de maximo implican un aobligacion personal. Que pasa, que vuelves a confundir prestamo personal con garantia personal
- Se pueda hacer un Reconocimiento de deuda con garantía hipotecaria sin que haya ningún contrato anterior.
Lo mismo de antes. Ese reconocimiento implica la existencia de una obligación, y esa obligación, tiene una garantia personal.
Y, sobre todo, explicarme por qué existe el concepto de "GARANTIAS PERSONALES COMPLEMENTARIAS". Si alguien no sabe lo que significa que lo busque en Internet.
Ya te lo ha explicado Cachilipox, se busca reforzar la operación con avales de terceros. Pero es más, caben incluso garantias reales complementarias (por ejemplo una pignoración de valores)
Yo no soy dado a las pajas mentales, por tanto, corto y cierro.
Ya sabemos a que eres dado.
Pero añadiré algo. Si alguien tiene una hipoteca constituida como máximo con el márgen prudencial del 80% del valor del piso, tasado por una entidad independiente, y en esa hipoteca no se establecen garantías personales complementarias, que esté completamente seguro de que no le van a embargar la nómina además de sacarle a subasta el piso, en caso de impago. ¡Hasta ahí podíamos llegar!
Ufffffff. Fijate que facil, si no hubiese una garantia personal el Banco no podría cargar la cuota en cualquiera de las cuentas que pueda tenr abierto el titular dle préstamo. Lo que ocurre es que lo normal es que le resulte más facil al Banco cobrarse vuia ejecución que recurrir al rosario de embargos de nominas. Pero si tiene que hacerlo lo hará
Y si alguien dice lo contrario, cubro todas laas apuestas que quieran hacer 1 X 1 hasta 100.000€. No es ninguna broma, hay sitios donde se pueden hacer esta clase de apuestas.
¿En Tanger?