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Opiniones de abogados aherencias - Herencia

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Opiniones de abogados aherencias - Herencia
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Opiniones de abogados aherencias - Herencia
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#46

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Pues no, la Declaración de Patrimonio no tienes que presentarla. Si tienes que hacer, porque te lo piden, una relación de tus bienes al 31-12-2014, es decir, lo que tenías tu a tu nombre en esa fecha.
Por otro lado, efectivamente, todo lo que no sea privativo, es ganancial.
Por último, basta con un sólo documento, donde se relacione todo y con la suma total. Te recuerdo que el dinero se detalla por el saldo correspondiente, los bienes se valoran como mínimo por el valor deL RECIBO DE CONTRIBUCION (bueno aqui hay matices, que te pueden resultar interesantes por otros motivos y que ya los hablaremos más adelante). Y finalmente creo que la escritura de aceptación de la herencia de tu abuelo puede ser el mejor modelo que puedes tener.
Cuando lo tengas en borrador te puedo hechar un vistazo por si hubiera algo que corrgir. Como tu veas. Entienedo que son asuntos personales y no me conoces, con lo cual no sería prudente que me dieras esa información. De todas formas te aconsejo que al final le heche un vistazo alguien conocido, entendido y de tu confianza por si hubiera algo que mejorar. Vas bien, estás centrado y llegas a tiempo. Saludos.

#47

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Muchas gracias, ya te iré comentando :-)

#48

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Buenas tardes, 

 

He comprado un apartamento con mi marido, en ganaciales, al 50%. En este momento estamos viviendo en mi casa. Nuestra idea s irnos a vivir alli para jubilarnos. Mi marido tiene tres hijos de anteriores matrimonios y yo uno, mi pregunta es, que hay que hacer para que a la muerte de algunos de nosotros la otra persona pued disfrutar sin ningun problema de este apartamento, hasta la muerte del que quede. Tanto si es nuestra vivienda habitual, como si no lo fuera. Y a parte de esto, como garantizo que la mitad de esta propiedad es de mi hija. Si no nos cambiaramos de casa y al vivir de momento en la mia. Si yo muriera. Mi marido tendria algun derecho sobre esta casa? Muchas gracias.

#49

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Tan fácil como establecer el usufructo del otro cónyuge, de todo o de ese apartamento en particular en el testamento.

Lo otro no lo entiendo bien. Si la casa actual es tuya al 100%, la heredará al 100% tu hija, no hay que hacer nada al respecto aunque se puede especificar en el testamento. el derecho que podría tener tu marido es asimismo, el usufructo vitalicio, salvo que se especifique otra cosa en tu testamento.

Y el apartamento, lo heredarán vuestros hijos, tu mitad tu hija, y la mitad de tu marido, sus hijos.

Te aconsejo ir al notario los dos a hacer testamento y preguntar las dudas.

Un saludo

#50

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Muchas gracias, pero no entiendo mucho porque una vivienda comprada por los dos, necesita hacer un testamento de usufructo (nuestro apartamento), Y una vivienda que es por herencia mia, necesito hacer un testamento para que no se haga usufructo.

El apartamento podria ser nuestra vivienda habitual. Que diferencias habria en estas dos situaciones, a la hora del disfrute hasta el final de los dias de la persona que sobreviva.  Y si mi casa, la que es de mi propiedad, ya no es donde vivimos... entiendo que ya no hay nigun derecho...

 

Muchas gracias

#51

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Hay que empezar por entender el concepto de legítima, que es la herencia forzosa mínima que se llevan determinados parientes, los primeros, los hijos, que heredan dos tercios de nuestra herencia. Si hay cónyuge, también hereda como mínimo el usufructo de un tercio, que puede ampliarse a la totalidad por el testamento.

De ahí que aunque la mitad del piso sea tuyo, la otra mitad la van a heredar en principio los hijos de tu marido, no tú, que sólo heredarías el usufructo de un tercio de esa mitad. Situación un tanto curiosa que no tuvieras el usufructo de todo el apartamento, si os llevais bien, fenomenal, pero si no.... Para evitar esto, se utiliza el testamento.

Igualmente con tu piso privativo, tu marido tiene derecho al usufructo de un tercio, también lo puedes evitar si lo dices en el testamento.

Mira por internet esos conceptos, y la herencia testada y ab intestato (sin testamento), para ver la diferencias que hay.

Un saludo

#52

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Gracias lo voy teniendo claro. Solo saber si es indiferente para lo que hagamos cual es la vivienda habitual.

 

Me explico,

Ahora vivimos en mi casa. si algo me pasara a mi, aunque  mi marido viva en mi casa. Si en el testamento figura que es privativa y no tiene derecho a usufructo, no tendria derecho a quedarse? Es asi? 

 

Y nuestro apartamento, puede ser que fuera la vivienda habitual o no, proque hasta dentro de unos años, no os iremos, si havcemos lo del usufructo, sea o no nuestra vivienda habitual... cualquiera de nosotros dos podriamos quedarnos en en el apartamento sin problema.?

 

La cosa es que, mi casa, a mi muerte quiero que sea de mi hija, pues... para eso nos hemos comprado el apartamento, y el apartamento quremos ambos dos, que ea nuestra residencia para siempre.... el ya ha donado su casa a sus hijos.

 

Si me puedes aclarar estas dudas. ? Muchas gracias

#53

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

La vivienda habitual tiene un régimen especial en estos casos, no pudiendo por ejemplo, echar al conyuge viudo de la misma tan fácilmente, aunque no fuera suya. Lo cierto es que ese tema no es mi fuerte. Dado que estas cosas pueden acabar en juicios, repito que lo mas fácil es hacer testamento, son unos 50 euros por persona y te quedas mas tranquilo al dejar las cosas previstas, mas imprescindible si cabe cuando hay hijos de varios matrimonios. Respetando las legítimas de los hijos, podeis organizar las herencias como querais, en el notario os pueden explicar.

Un saludo

#54

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

lo normal es pedir cita a un notario. no? y el nos informa...es asi? pero aunuqe ni sea tu fuerte, lo que me has dicho es correcto? 

Gracias

 

Paz

#55

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Presentaros en una notaría y preguntar.

Que la vivienda habitual tiene especial protección es seguro, que te vaya a afectar a tu caso concreto, ya no lo sé.

Un saludo

#56

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Hola, mi caso es el siguiente. Mi madre mi hermano y yo hicimos una cuenta en la cual el primer titular era mi madre. Mi madre se puso mala había 38 mil euros en la cuenta y mi hermano a sacado todo el dinero, ahora a muerto y no e pillado nada de dinero. Le puedo denunciar por apropiación indebida?

#57

Articulo 840

El articulo 840, si los herederos no quieren conmutar. estan obligados?  

#58

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Buenas a todos!
Necesito ayuda. En este caso existe un problema enorme con la herencia ya que existen 2 individuos que no quieren ni están de acuerdo con el testamento de mi abuelo y no llegan a ningún acuerdo. En este caso, que es más conveniente, un abogado o un asesor? Que hacemos? No queríamos ir a juicio pero finalmente...será lo mejor...necesitamos ayuda.

#60

Re: Opiniones de abogados aherencias - Herencia

Hola, 

Primero que nada agradezco toda la informacion vertida en este hilo que me ha resultado de enorme ayuda. Quisiera preguntar por mi caso en particular si me pueden aconsejar. 

Mi marido fallecio hace unos 3 meses y estabamos casados en gananciales y tenemos un hijo menor de edad en comun. Estoy con el tema de la herencia bastante perdida. Mi marido no dejo testamento. Ya entendi lo que establece la ley acerca de la herencia, usufructo de la viuda, etc... 

Mi pregunt es: 

1) entiendo que lo primero que tengo que hacer es declaracion de herederos e inventario. Y una vez que tenga esto hecho, ya puedo pagar los impuestos (para lo que tengo 6 meses (me quedan 3)). Mi pregunta concreta es: puedo pagar los impuestos sin saber aun como se va a realizar la adjudicacion de la herencia o tengo que tener claro como se va a realizar la adjudicacion antes de pagar? Porque a mi me gustaria realmente pagar los impuestos que me urge, y luego tranquilamente analizar la opciones para la adjudicacion y reparto, pero no se si una cosa esta ligada a la otra o no. El notario me dice que si, pero por lo que lei aqui me hace entender que no.... 

 

Imagino que al leer muchos pensaran que la adjudicacion es la que es segun la ley, pero la realidad es que he consultado a 3 abogados (que me han orientado y mareado a la vez) y hay opciones al momento de adjudicar los bienes. En este caso hay 2 inmuebles y un poco de dinero en cuenta y las opciones que me plantean son: 

1) la directa segun ley. una vez disuelta la sociedad de gananciales, el 50% es mio en pleno derecho y el 50% restante es de mi hijo, del cual 2/3 en plena propiedad y 1/3 en nuda propiedad gravada por el derecho a usufructo que yo tengo sobre ese tercio

2) para evitar futuros conflictos con hijos adolescentes nuevo ricos (es decir con 18 años y patrimonio en su poder), me recomiendan mantener yo el control y me proponen 2 opciones: 

a) adjudicar en nula propiedad el 100% de las viviendas a mi hijo y quedarme yo con el usufructo de todo

b) adjudicar en plena propiedad la vivienda mas grande para mi y en plena propiedad la mas pequeña para mi hijo

 

Como a dia de hoy no tengo claro ni que es lo mejor, ni si realmente todas las opciones son viables, ni me ha convencido ningun abogado, por eso pregunto si es necesario saber como se va a adjudicar para pagar los impuestos o si eso da igual y puedo pagar y punto?

Desde ya muchas gracias!

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