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RGA plan de pensión

5 respuestas
RGA plan de pensión
RGA plan de pensión
#1

RGA plan de pensión

Hola,tengo un plan de pensiones en cajamar el cuál quisiera rescatar por ser parado de larga duración.
Me pidieron la documentación necesaria para rescatarlo,pues bien,mi sorpresa a sido que me dicen que no puedo rescatarlo por el motivo de no contratar el plan de pensiones antes de quedarme parado.
Por otra parte, mi conyuge es dependiente de tercera persona,así se lo hice saber al director de la sucursal ya que hay articulos que algo dicen de ello para poder rescatar.
Mi duda es:
Si el conyugue del beneficiario es dependiente severo(80% de discapacidad) tengo realmente derecho a rescatarlo?
No basta con ser parado de larga duración para rescatar un plan de pensiones?

Agradecer las posibles respuestas,me parece realmente raro que me pongan tantas trabas para recuperar mis ahorros.

Gracias y disculpen las molestias

#2

Re: RGA plan de pensión

Bienvenido the crow,

En este hilo se tocó un tema muy parecido al que comentas:

https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1024888-como-rescatar-plan-pensiones-siendo-parado-larga-duracion

Concretamente el Real Decreto 304/2004, Artículo 9 dice que se puede recuperar en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración, por tanto, con tu situación sería suficiente. El tema de la discapacidad no sé si se podría considerar como grave enfermedad.

Un saludo

#3

Re: RGA plan de pensión

Gracias por responder Joan.
Es una grave enfermedad ya que es neurodegenerativa e irreversible.
Le dije al director de la sucursal que su respuesta no me convencía porque al negarme el derecho por parado de larga duración(tres años) leyó que si hubiere un-a pariente cercan@ con dependencia sí se podría
Al darle en el acto el carnet de discapacitada en el que viene los grados de discapacidad,si necesita de tercera persona(si),si tiene movilidad reducida(si) y la validez permanente(si) me respondió que habían cambiado algún articulo y que le era imposible acceder desde la entidad a la nueva normativa(al geogle)....me sonó a cuento chino la verdad,así que le rogué que en cuanto pudiera me diera una copia de dichos articulos,no sé, me parece todo un poco raro.

Muy amable y gracias por la bienvenida

#4

Re: RGA plan de pensión

Olvidate de "la sucursal". Pide info al propio plan, que te pasen el modelo de solicitud y la documentacion que debes aportar.

#5

Re: RGA plan de pensión

Hola berebere,he hecho lo que me aconsejaste,me he puesto en contacto con cajamar-vida, al parecer podemos acogernos por la grave enfermedad de mi mujer.
Al parecer hay normativas como la expuesta en el primer post impuestas por la asociación de seguros,lo que me indigna también es como puede vender una empresa(banco-caja en este caso)un articulo sin saber explicar al contratante los pormenores de dicho articulo..en fin...
Agradezco vuestros comentarios,más aún cuando estos han ayudado ostensiblemente,gracias.

#6

Re: RGA plan de pensión

Otra vez siento que nos están toreando.
Me piden copia convenio especial,para poder comprobar que no percibo cantidad alguna por el citado convenio(dependencia,cuidador no profesional)...cobra el dependiente no su cuidador
Comunicación con los datos necesarios para el cálculo de las retenciones fiscales(MOD145)del participe

Respecto al enferm@:
-Certificación de la seguridad social o entidad concertada,en el que conste la dolencia o lesión y el grado de la misma(temporal o permanente),así como informe médico de la cirugía o tratamiento requerido
-Certificación de la seguridad social o entidad concertada,correspondiente a los tres últimos meses anteriores a la solicitud de la contingencia
-Cuando el enfermo sea persona distinta del participe que acredite y justifique la existencia del aumento de gastos...¿?¿?¿?¿?¿?¿?¿..copia del libro de familia
-Declaración y documentación aportada por el participe que acredite y justifique la existencia del aumento de gastos(facturas de farmacia,hospital,enfermería,....) o de la reducción de ingresos por motivo de enfermedad(declaración de la renta anterior a la enfermedad y posterior de la misma)

Renta anterior a la enfermedad y posterior a la misma

A pesar de todo estos documentos no te garantizan que se vaya a abonar los derechos consolidados,dado que hay que analizar toda la documentación en su totalidad.

No conforme con eso me han negado una copia del articulo rotulado en el que decía que si abres un plan de estos en situación de desemplead@ hasta que no cambie la situación no te lo devuelven...

Pd:creo que es hora de acudir a los abogados.
No quiero clemencia simplemente quiero lo que "creo" es de mi familia y mio.
Me temo que esto va para largo

Saludos