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Fiscalidad de un trader autonomo

3 respuestas
Fiscalidad de un trader autonomo
Fiscalidad de un trader autonomo
#1

Fiscalidad de un trader autonomo

Hola,

en los ultimos años he estado trabajando para una empresa española que dependia de una matriz inglesa, pero esta empresa española me hacia las retenciones en los ingresos que se me realizaban, soy autonomo, no pago iva, ahora trabajo directamente para la matriz inglesa y cuando me pagan no me hacen retenciones, ni aqui ni alli, yo trabajo y resido en Madrid, mi duda es si tengo que hacer alguna declaracion de ingresos del año 2011 antes de que acabe el año o lo declaro todo en la declaracion del IRPF de 2011 cuando toque en mayo/junio 2012.

Muchas gracias
Un saludo
Santiago

#2

Re: Fiscalidad de un trader autonomo

Si eres un profesional autónomo, sometido a retención, no estás obligado a practicar pagos a cuenta si el año anterior (o ea, para este 2011, respecto de 2010), al menos el 70 % de tus ingresos tuvo retención. La regularización que toque se hace en la declaración anual.

De cara al año que viene, ya dependerá de lo que resulte de este año 2011. No olvides presentar el correspondiente modelo 036 con la modificación.

Respectodel IVA, me queda la duda de si deberías presentar declaración de operaciones intracomunitarias...

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Fiscalidad de un trader autonomo

Gracias Cachilipox, en el 2010 me hicieron retenciones sobre el 100%, pero este año ninguna, entonces entiendo que lo tengo que regularizar cuando haga el IRPF en mayo/junio 2012. ¿de que dependera la situacion en el 2012? es decir, 2011 no me retienen, 2012 tampoco, durante el 2012 es cuando tendria que hacer el modelo 036?

La verdad es que en su dia, hace 7 años, salia mejor (para la empresa supongo) no darme de alta en la SS y cotizar como autonomo, esto tambien tiene sus ventajas para mi, pero las operaciones que hago son con futuros, hago unos 500 contratos al dia, la empresa de Londres pone el dinero y yo lo muevo, y me llevo un % de los beneficios y perdidas, con lo que la declaracion de operaciones intracomunitarias no se si la actividad que yo realizo es suceptible de esa declaracion. Estoy en un grupo de Autonomos que no hacen declaraciones de IVA, nunca la he hecho.

Te cuento esto para ver si asi puedo clarificar un poco mas mi situacion.

Gracias de nuevo
Un saludo
Santiago

#4

Re: Fiscalidad de un trader autonomo

Referente al IRPF, entiendo que a partir del 1 de enero de 2012 acontece el hecho causante. Al no haber tenido al menos el 70 % de los ingresos con retención durante 2011, a lo largo de 2012 (y siguientes si fuera el caso) estás obligado a hacer Pagos a cuenta, con el modelo 130. Creo que deberías presentar el modelo 036 de modificación a partir del 20 de diciembre.

Respecto del IVA (y por tanto declaración de operaciones intracomunitarias), si bien es cierto que las actividades financieras (en general) son no sujetas o exentas de IVA, no es así respecto de los bienes y servicios recibidos para lograr efectuar la prestación de servicios financieros.

Aclaro: Un banco hace un préstamo, y cobra un interés. El interés (el precio del servicio) no lleva IVA. Como gastos, entre otros, supongo que dispone de una oficina, con suministros de luz y agua. Estos suministros sí llevan IVA. Si tiene un servicio de limpieza externalizado, también paga el IVA de las facturas, etc etc. Pero estos IVAs no son repercutidos al cliente final del préstamo.

Tu actividad es pelín peculiar. Al parecer, se podría asimilar a un comisionista que actúa por cuenta de un tercero no residente. Creo que no hay IVA en España en este caso.

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