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Fiscalidad, retirada plan de pensiones.

3 respuestas
Fiscalidad, retirada plan de pensiones.
Fiscalidad, retirada plan de pensiones.
#1

Fiscalidad, retirada plan de pensiones.

Buenas, mi madre tiene un pequeño plan de pensiones que puede retirar ya, como renta financiera o en su totalidad.
La cuestión es que nos han informado de que tributan como rendimientos del trabajo en el IRPF (hasta ahí bien) y que, a parte, tienen una retención del 19%?... esto es lo que no entiendo... puesto que dicen que, si lo retiramos como renta financiera, esta retención no se produciría al ser cantidades menores...¿? y que no están seguros de la cantidad mínima con la que se produce la misma, por lo que no me pueden informar.

Agradecería que me aclararan esta cuestión y si se produce alguna situación especial por la que varía dicha cantidad. Gracias de antemano.

#2

Re: Fiscalidad, retirada plan de pensiones.

El cobro de un plan de pensiones tributa como si fuera una renta de trabajo personal, por lo tanto si la cobras como renta mensual y el importe es pequeño, entiendo que no te deberían retener ninguna cantidad.

Otra cosa que hay que tener en cuenta, es que si recibes una renta mensual, se considera como un pagador más y te puede influir en la obligación de declarar en IRPF.

Saludos.

#3

Re: Fiscalidad, retirada plan de pensiones.

Gracias Empty por tu respuesta.
Estoy teniendo en cuenta los límites para las excenciones del IRPF, en este caso, sería de 11200€ puesto que recibe una pensión compensatoria del cónyuge, siendo su único ingreso (mismo límite que en el caso del segundo pagador, corrígeme si me equivoco...) Además, también estoy calculando que ha transcurrido la mitad del año fiscal y que los cobros de la renta deben sumarse a lo que se rescate en capital en este periodo.

Aclaro que la idea es rescatar la pensión lo más rápido posible; bien todo a la vez, en forma de capital; o de forma mixta, en capital y renta fianciera.

En fin, que lo que me tiene mosca es el porcentaje del 19%? de retención que tendría el rescate en forma de capital...que no sé si se lo ha sacado de la manga o de dónde, porque no ha realizado ningún tipo de cálculo..
No sé si lo estoy complicando todo innecesariamente, pero quiero que recupere su pensión lo antes posible para su disfrute.
Un Saludo y gracias de nuevo.

#4

Re: Fiscalidad, retirada plan de pensiones.

He estado pensado que es posible que me insinuara que los rendimientos del plan de pensiones tributarían como rendimientos del capital mobiliario (de ahí el 19%)... aparte de sumarse después a la base de los rendimientos del trabajo, ¿es posible?... ¿es correcto?
Tenía entendido que tanto los derechos consolidados como los intereses tienen la consideración de rendimientos del trabajo.