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Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

11 respuestas
Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010
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Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010
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#1

Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Buenas tardes:

Los últimos años nos hizo la declaración de renta un gestor y, ahora estoy intentando hacerla yo sola y me pilla un poco desentrenada.

Os cuento la situación: yo soy autónoma, durante el año 2010 seguimos pagando mi cotización de la seguridad social pero no tuve actividad (presenté todos los 130 con actividad 0). Ahora estoy haciendo la declaración, conjunta (matrimonio en gananciales), y no sé dónde poner todo lo que hemos pagado de cotización seguridad social de autónomos...

¿Me podéis echar una mano?

Gracias.

#2

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Salvo mejor opinión, en la página 5, E1. Rendimientos de actividades económicas en estimación directa. La casilla de los seguros sociales es la 112.

Saludos.

#3

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Muchas gracias.
Así, crees que no afecta el hecho de no haber tenido actividad??

#4

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Creo que tienes dudas al respecto. Lo malo es que yo también las tengo. Y un forero experto en temas de autónomos (ver comentario 2 de Cachilipox) también:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/668758-gastos-deducibles-renta-ingresos#respuesta_681358

Otra cosa sería si hubieras suscrito algún convenio especial con la Seguridad Social. En ese caso no hay duda en la aplicación como gasto.

http://petete.minhac.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?Consulta=.EN+NORMATIVA+(Ley)&Pos=980

Saludos.

#5

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

En el caso de trabajador no autónomo, y que el importe del convenio suscrito con la S.S. sea superior a los rendimientos de trabajo (desempleo), originando asi una Base Imponible General negativa. Esta ¿se pierde o puede compensarse en el año o años siguientes?

Saludos

#6

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Artículo 50. Base liquidable general y del ahorro.

(...)
3. Si la base liquidable general resultase negativa, su importe podrá ser compensado con los de las bases liquidables generales positivas que se obtengan en los cuatro años siguientes.

La compensación deberá efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera del plazo a que se refiere el párrafo anterior mediante la acumulación a bases liquidables generales negativas de años posteriores.

Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Saludos.

#7

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Buff!! La verdad es que no sé qué hacer...

¿Sabes como podría informarme?

Muchas gracias por los enlaces.

#8

Re: Cotización Seg.Social Autónomo en Renta-2010

Muchas gracias por tu aclaración. Me ha sido de mucha utilidad.
Saludos.