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AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

8 respuestas
AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta
AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta
#1

AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

 
Buenos días. 

Me gustaría conocer vuestra opinión a ver si veis posibilidad de solucionar este tema, porque me acaban de hacer una propuesta de liquidación de 2.400 euros. 

Os comento:

  • En mayo de 2023 instalé placas solares en mi vivienda habitual.
  • La instalación está totalmente legalizada, con factura, justificantes de pago, boletín eléctrico, declaración de autoconsumo, licencia municipal y resto de documentación.
  • La vivienda ya disponía de un certificado de eficiencia energética de obra nueva (2022), pero ese certificado nunca se inscribió en el registro autonómico.
  • Cuando fui a preparar la declaración de la renta, el técnico me indicó que era necesario emitir e inscribir un certificado energético del estado previo y otro del estado posterior. Ambos se emitieron e inscribieron en diciembre de 2024.

La AEAT me requirió toda la documentación y la aporté completa, pero acabo de recibir la denegación de la deducción porque el certificado energético previo está registrado el 26 de diciembre de 2024, mientras que la factura de la instalación es de mayo de 2023, por lo que entiende que el certificado previo no existía antes del inicio de las obras.
 
 Mi duda es la siguiente:
 
¿Conocéis alguna resolución o alguna sentencia en un caso parecido que permita defender la deducción cuando existía un certificado energético de la vivienda, pero no estaba inscrito, y el técnico emitió posteriormente un certificado del estado previo?
 
 
Muchas gracias por cualquier orientación o experiencia que podáis compartir.
 
#2

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

https://saez.law/blog/hacienda-niega-deduccion-eficiencia-energetica-certificado/
consulta vinculante:
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0011-25
 El consultante ha realizado obras de mejora de la eficiencia energética en una de sus viviendas. En relación al certificado energético previo a la realización de las obras, señala que éste se registró en una fecha posterior a la fecha de factura de los trabajos realizados, pero se expidió con anterioridad a la realización de las obras. 
 dado que la fecha de expedición del certificado es anterior a la realización de las obras, el consultante podrá aplicar la correspondiente deducción siempre y cuando cumpla el resto de requisitos de la normativa anteriormente mencionados. En todo caso, este certificado deberá ser inscrito en el registro de certificados energéticos en el plazo que establece el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. 
#3

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta


Muchas gracias por la consulta vinculante. Por lo que veo, podría tener alguna posibilidad. 

No obstante, revisando ahora toda la documentación que aporté a Hacienda, me he dado cuenta de que la documentación presentada no refleja con exactitud toda la cronología de los hechos, y creo que ahí puede estar el problema. 

He hablado con el técnico certificador y me ha explicado que el documento que inscribió en diciembre de 2024 no era el certificado energético original de la vivienda, sino un certificado que tuvo que elaborar en ese momento porque el programa informático utilizado para la certificación había cambiado y no podía registrar directamente el certificado anterior. 

El problema es que el certificado energético de obra nueva, expedido en diciembre de 2022 (antes de la instalación de las placas en mayo de 2023), no lo aporté a Hacienda. 

El técnico me dijo que el que valía era el que había hecho él en 2024. Ese certificado está firmado por el arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos, pero nunca llegó a inscribirse en el Registro Andaluz. 

Ahora me encuentro con que Hacienda ha tomado como certificado previo el emitido e inscrito en 2024, cuando realmente existía un certificado de 2022 anterior a las obras. La situación es bastante compleja y no sé cuál es la mejor forma de plantearla en las alegaciones. 

¿Creéis que debería aportar ahora el certificado de 2022 y explicar toda esta situación, o el hecho de que no estuviera inscrito hace que no tenga relevancia a efectos de la deducción? 

#4

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

Imagino que si tienes alguna posibilidad de éxito será con el certificado original que no fue inscrito por el promotor o quien tuviera la obligación, no con el elaborado a posteriori, claro
#5

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

Muchas gracias 

Me surge una duda sobre la estrategia a seguir a la hora de hacer las alegaciones

Yo le envío a hacienda ahora el certificado de 2022 ¿Crees que tendría algún sentido intentar inscribir ahora el certificado original de 2022, aunque sea fuera de plazo, y aportarlo?

Y por otro lado, ¿cómo las enfocarías las alegaciones? ¿Te apoyarías principalmente en la consulta vinculante que me has indicado o desarrollarías el argumento de que el certificado original ya existía antes de las obras y que la única incidencia fue la falta de inscripción en el registro?

Estoy muy perdida con este tema. No sé si a la hora de hacer alegaciones se podrían aportar consultas vinculantes en mi defensa.

Muchas gracias.

#6

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

Si pudieras inscribir ese certificado de 2022 ahora, obviamente no tendrías ningún problema para demostrar tu derecho: es el caso de la consulta que te ha indicado Bacalo. Pero es que, de poderse, lo habría hecho el técnico en 2024, en lugar de expedir uno nuevo, y no te verías ahora con el problema.
Inténtalo, sería perfecto que te dejarán inscribirlo. Si fuera así, sólo tendrías que aportar, en tus alegaciones, ese certificado de 2022 registrado y explicar porqué no lo aportaste antes (porque lo has registrado ahora), y, como ellos se rigen por lo que diga Tributos, te darán el ok en base a esa consulta vinculante, sin necesidad, siquiera, de que la invoques. Pero date prisa porque tienes 10 días hábiles para alegar desde que recibiste la propuesta (15 si pides ampliación). 
En caso, como me temo, de que no quieran inscribir ese certificado en la CCAA porque no se presentó en 1 mes desde su emisión, que es lo que dice su Ley, entonces es que no tienes derecho a la deducción porque no cumples el requisito de tener un certificado emitido antes del inicio de las obras inscrito en la Junta. Te quedaría la acción judicial de la que habla el abogado que te ha linkeado Bacalo, pero no sé hasta qué punto tiene recorrido. Es decir: es normal que un abogado diga que sí, que no se puede decir que alguien no tiene derecho a una deducción por incumplir un "requisito formal", pero es que, precisamente, lo que hace que alguien tenga derecho o no a cualquier deducción es que cumpla los requisitos marcados en la norma, sean materiales o formales.
Tengo una familiar que se ha divorciado y ha tenido que alquilar una vivienda. El alquiler existe, desde 2025, existe el contrato y los pagos, por lo que se dan los requisitos materiales para tener derecho a la deducción por arrendamiento. Pero tiene más de 40 años, así que no cumple el requisito formal de edad exigido por la normativa de su CCAA. Y,en consecuencia, no tiene derecho a esa deducción, aunque seguramente la necesite mucho más que algunos menores de esa edad.
#7

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

aquí tienes más datos sobre ese criterio de Hacienda, pues la normativa fiscal exige la expedición del certificado antes de la obra, no su inscripción    https://www.jorgecortesabogado.es/hacienda-empieza-a-eliminar-la-deduccion-por-eficiencia-energetica-irpf-si-no-estan-inscritos-en-plazo-los-dos-certificados/                                  ahora bien, parece que en estos casos, siempre se ha hecho la inscripción finalmente, no sé si en tu caso te lo van a permitir, si es un certificado no encargado por ti, sino por el promotor.... y si la AEAT va a considerar que si no hay inscripción aunque sea después, es nulo el certificado





#8

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

Muchas gracias, voy a intentarlo. Un saludo
#9

Re: AEAT me deniega la deducción por placas solares por el certificado energético previo. - Declaración de la Renta

 
Buenos dias, acabo de revisar toda la documentación que aporté inicialmente a Hacienda y he encontrado un documento que creo que puede ser importante. 

Cuando envíe la documentación a hacienda, aporté un escrito del técnico en el que tuvo que corregir la referencia catastral, pero acabo de ver algo que pasé por alto al enviarlo. El técnico dejaba expresamente constancia de que el certificado energético correcto “sin placas” era el certificado de obra terminada, visado por el Colegio de Arquitectos el 17/01/2023 y certificado por los arquitectos con fecha 29/12/2022. 

Es decir, Hacienda ya tenía en la documentación aportada una referencia expresa al certificado original de 2022, aunque yo no aporté entonces el certificado completo de 2022 como documento independiente. 

Este es el texto que el técnico indicaba en las explicaciones 

 SE EXPIDE ANULACION DEL “CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA SIN PLACAS”CERTIFICADO POR MI, REGISTRADO EL 21-05-2025 EN LA PLATAFORMA DE REGISTRO CON Nº INSCRIPCION xxxxxxx A LAS 20:10 HORAS, SIENDO EL CERTIFICADO EFICIENCIA ENERGETICA SIN PLACAS CORRECTO EL EMITIDO TRAS EL FIN DE OBRA DE EDIFICACION TERMINADA, VISADO POR EL COLEGIO DE ARQUITECTOS VISADO EL xx/xx/2023, CON NUMERO DE EXPEDIENTE DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE JAEN xx/xx CON FECHA CERTIFICADA POR LOS ARQUITECTOS EL 29/12/2022 Y para que conste y surta efecto …. 

 

Ahora, además, el técnico ha realizado el 11/08/2026 una nueva corrección de datos ante la Junta de Andalucía, incorporando el CEE de proyecto visado y corrigiendo la referencia catastral. 

Por tanto, mi situación ahora es que: 

  • existe el certificado original de 29/12/2022; 
  • ya había aportado a Hacienda un documento explicativo del técnico que identificaba expresamente ese certificado; 
  • ahora el técnico ha realizado una nueva actuación ante la Junta para corregir/subsanar el expediente e incorporar ese CEE; 
  • y la documentación resultante mantiene la fecha de expedición de 29/12/2022. 

 

Lo que ha hecho es una corrección de expediente, no inscripción de uno nuevo.
 
 

¿Cómo enfocaríais ahora las alegaciones?

¿Creéis que este documento que ya estaba en poder de Hacienda es especialmente importante, porque demuestra que la existencia del certificado de 2022 no se está alegando ahora por primera vez?

Me interesa especialmente saber cómo plantearíais el argumento para que Hacienda valore el certificado de 2022 aunque en la documentación inicialmente aportada no estuviera el certificado completo, teniendo en cuenta que sí aporté este escrito del técnico donde consta expresamente su fecha de 29/12/2022. (Entiendo que este tema lo pasaron por alto, ya que era un documento emitido por el técnico para explicar la corrección de errores)
 
Entiendo que he de hacer un documento explicativo a la AEAT con todo esto.
 
¿cómo lo plantearíais?
 
Muchísimas gracias.