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Donación o herencia. Gestión, bonificaciones, impuestos...
Buenas tardes! Tengo una duda en relación a una futura herencia y confío más en el saber humano que en chatgpt. Les planteo el caso:
Mi tiabuela, de 93 años, me ha nombrado único heredero de sus bienes, algo que ya está formalizado ante notario desde hace un par de años. Sin embargo y aunque en la región de Murcia las bonificaciones en el impuesto de sucesiones son elevadas, al ser un grado de parentesco lejano esas rebajas en principio no se aplicarían, por lo que estamos barajando la opción de hacer una donación en vida. Los bienes a heredar son la parte proporcional de una vivienda y el dinero de una cuenta bancaria. Mi duda es: ¿la donación en vida conlleva más bonificaciones y facilidad en el proceso que la herencia después del fallecimiento teniendo en cuenta el grado de parentesco? ¿influye en algo el haber sido convivientes en la última década y figurar como su cuidador principal? ¿bastaría con ser cotitular de la cuenta, de la que ya soy autorizado, para que se considere una donación en vida y en la práctica el dinero siga estando en su cuenta hasta llegado el momento? ¿tendría bonificaciones en la donación de la parte proporcional de la vivienda al estar yo empadronado en ella desde hace años?
Gracias por vuestra atención.
Un saludo!
Mi tiabuela, de 93 años, me ha nombrado único heredero de sus bienes, algo que ya está formalizado ante notario desde hace un par de años. Sin embargo y aunque en la región de Murcia las bonificaciones en el impuesto de sucesiones son elevadas, al ser un grado de parentesco lejano esas rebajas en principio no se aplicarían, por lo que estamos barajando la opción de hacer una donación en vida. Los bienes a heredar son la parte proporcional de una vivienda y el dinero de una cuenta bancaria. Mi duda es: ¿la donación en vida conlleva más bonificaciones y facilidad en el proceso que la herencia después del fallecimiento teniendo en cuenta el grado de parentesco? ¿influye en algo el haber sido convivientes en la última década y figurar como su cuidador principal? ¿bastaría con ser cotitular de la cuenta, de la que ya soy autorizado, para que se considere una donación en vida y en la práctica el dinero siga estando en su cuenta hasta llegado el momento? ¿tendría bonificaciones en la donación de la parte proporcional de la vivienda al estar yo empadronado en ella desde hace años?
Gracias por vuestra atención.
Un saludo!