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Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.

3 respuestas
Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.
Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.
#1

Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.

 Modificacion de testamento “uno para el otro”, para incluir parte de la herencia directamente a los hijos y nietos. 

La herencia para el conyuge supèrstite, y de éste luego a los hijos es un proceso al final bastante más caro que distribuir parte de la heréncia ya directamente a los hijos y nietos sin pasar antes por el cónyuge. Se limita la progresividad del IS y se aprovechan dos veces los minimos exentos. 

Se trata de modificar un testamento (“de uno para el otro”) de cónyuge con senilidad muy avanzada, para que hereden parcialmente tambien hijos y nietos, aparte del cónyuge supérstite. La voluntad del cónyuge testador es que sean los hijos y nietos quienes acaben heredando su patrimonio, por lo que no se produciría una modificación esencial de la voluntad del testador. El cónyuge supérstite, que es quien podria salir perjudicado, está de acuerdo con la modificación. La parte que heredarían los hijos y nietos seria superior al importe de la legítima. 

¿Qué pegas puede poner el Notario, teniendo en cuenta que el testador tiene senilidad muy avanzada, no se modifica esencialmente la voluntad del testador, y el cónyuge supérstite está de acerdo?. 

Gracias. 
#2

Re: Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.

1. Con senilidad avanzada o demencia, modificarlo suele ser inviable a menos que un médico certifique un intervalo de lucidez. El notario es quien evalúa esta capacidad legalmente.
2. En un testamento de uno para el otro, cónyuge supérstite le corresponde el usufructo universal y vitalicio, la nuda propiedad le corresponde a los herederos.
#3

Re: Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.

Si la notaría no valida la modificación tras valoración del testador,  sabiendo que los poseedores de la nuda propiedad no pueden no se necesita modificar nada porque cuando se produzca el hecho causante los herederos podeis conmutar ese usufructo vitalicio por dinero/bienes y ya teneis el pleno dominio de la herencia.

Si la notaría valida la modificación tras valoración del testador, pues a vuestro gusto y acuerdo.
#4

Re: Modificación de testamento, testador con senilidad muy avanzada.

Heredar la nuda propiedad significa que eres el titular legal del bien, pero no tienes el derecho a usarlo ni disfrutarlo; ese derecho pertenece al usufructuario (generalmente, el cónyuge viudo). A continuación, se detallan los derechos y limitaciones de esta figura. [1]

Lo que SÍ puedes hacer
  • Vender o hipotecar: Puedes vender tu derecho de nuda propiedad a un tercero o hipotecarlo. El comprador deberá respetar el usufructo vigente. [1, 2]
  • Hacer reformas: Puedes realizar obras o mejoras, siempre y cuando no alteren la esencia del bien ni perjudiquen el derecho del usufructuario. [1, 2, 3, 4, 5]
  • Vender el pleno dominio: Si el usufructuario y tú se ponen de acuerdo, pueden vender la propiedad completa y repartirse las ganancias. [1, 2, 3]
  • Reclamar el bien: Al fallecer el usufructuario, el derecho de usufructo se extingue y te conviertes automáticamente en el propietario pleno (consolidación de dominio). [1]
  • Vender tu parte a otros herederos: Puedes disponer de tu parte y exigir la venta o división de la nuda propiedad si hay varios herederos involucrados. [1, 2, 3]

Lo que NO puedes hacer
  • Vivir en la casa: No puedes habitar el inmueble ni usar el bien sin el consentimiento expreso del usufructuario.
  • Obtener rentas: No puedes alquilar la vivienda ni cobrar el alquiler; ese derecho corresponde exclusivamente al usufructuario.
  • Vender la propiedad completa por tu cuenta: No puedes vender el inmueble libre de cargas ni echar al usufructuario.
  • Desentenderte de todos los gastos: Debes hacer frente a los gastos de comunidad (incluyendo posibles derramas) y a las reparaciones extraordinarias. [1, 2, 3, 4, 5]