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Atrasos IPT por sentencia + cobros indebidos INSS + reducción 30% IRPF
Buenas. Tengo una duda técnica de IRPF bastante específica y agradecería orientación.
En 2025 he cobrado atrasos acumulados de una Incapacidad Permanente Total (IPT) rehabilitada por sentencia judicial. El INSS me reconoció nuevamente la pensión con efectos retroactivos y cobré atrasos correspondientes a ejercicios anteriores en un único pago durante 2025.
Posteriormente, el propio INSS me notificó cobros indebidos por complemento a mínimos por importe de 2.717,47 €, cantidad que actualmente me descuentan mensualmente de la pensión.
Mis dudas son:
- ¿Es defendible excluir esos 2.717,47 € del rendimiento del trabajo de 2025 al estar reconocidos oficialmente como cobro indebido y en proceso de devolución?
- ¿Puede aplicarse la reducción del 30% del art. 18.2 LIRPF a los atrasos de IPT cobrados acumuladamente en un único ejercicio tras sentencia judicial?
He visto que el reglamento menciona prestaciones por incapacidad permanente obtenidas de forma notoriamente irregular en el tiempo, pero tengo dudas sobre cómo interpreta esto Hacienda en la práctica.
Gracias.