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Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.

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Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.
Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.
#1

Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.

Buenas tardes, 

Me ha pedido un amigo que le haga un favor a una prima, que siempre le salía a devolver y este año se la han presentado a CERO. He mirado la Renta y veo que tiene derecho tanto a deducción por familia monoparental categoría especial, como a la deducción por tener dos hijos a cargo sin derecho a cobrar pensión por alimentación.

¿Las dos son compatibles? Según tengo entendido no.

La deducción por familia monoparental especial ¿va en la misma casilla que la de familia numerosa especial? 

La chica ha trabajado de septiembre a junio, ha cobrado el paro en julio y agosto. Es madre soltera, no tiene denunciado ni nada al padre de las criaturas. ¿Pueden pedir algo?

Gracias de antemano.
#2

Re: Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.

La deducción por ascendiente con dos hijos a cargo sin derecho a anualidades es incompatible con la deducción por familia numerosa.
Para tener derecho a la deducción por ascendiente con dos hijos, hay que tener derecho al total del mínimo por descendientes: o es realmente madre soltera (es decir: que los hijos sólo tengan los apellidos de la madre, porque el padre no ostente la patria potestad), o hay una sentencia judicial en la que se le atribuye la guarda y custodia completa (pero, en ese caso, es raro que no obliguen al padre a pasar anualidades).
En caso de que cumpla los requisitos de esa deducción, o de la de familia numerosa, tendrá derecho por los meses en que haya estado cobrando el desempleo (no vale con estar de alta como demandante de empleo, hay que cobrar pres ación o subsidio) y por los que haya estado cotizando (con el límite de esas cotizaciones si son inferiores a 100 euros mensuales).