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Deducción fiscal por compra de vivienda

10 respuestas
Deducción fiscal por compra de vivienda
Deducción fiscal por compra de vivienda
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#1

Deducción fiscal por compra de vivienda

Estoy en disposición de comprar una segunda vivienda al haber negociado un muy buen precio con el vendedor (40% sobre precio 2008), teniendo en cuenta que ya tengo una hipoteca por mi actual vivienda habitual que he ido amortizando anualmente hasta el máximo fiscal permitido (9.000 € año) y que por tanto me queda poca deuda pendiente por amortizar, me pregunto lo siguiente: para poder seguir aprovechando la desgravación fiscal es posible solicitar una ampliación de la hipoteca que ya tengo para con ese capital pagar parte de la compra de la segunda vivienda de forma que no tenga que hacer una segunda hipoteca por la que no voy a poder beneficiarme fiscalmente?

#2

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

La deduccion por adquisicion de vivienda habitual , es por el concepto descrito , no es por tener una hipoteca.

La nueva vivienda que adquieres no es la habitual y su inversion no es deducible.

Saludos

#3

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Por supuesto.
Por eso planteo la ampliación de la hipoteca de la habitual, por ejemplo en concepto de reforma, para con ese importe hacer frente al pago de la segunda vivienda y poder mantener la desgrabación.

#4

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Muy mal lo he explicado , solo es por la adquisicion de la vivienda habitual , una reforma no es adquisicion. Pongas como te pongas cualquier ampliacion de la actual hipoteca , no seria deducible.( cunpliendo con la norma)

Saludos

#5

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Si, pero una reforma de la vivienda es mayor precio de compra, o al menos así era cuando yo estudiaba.
Si no hubieran quitado la desgrabación por compra de vivienda habitual el tema era más sencillo, se seguiría aplicando la deducción por la diferencia entre la primera y la segunda vivienda, siempre que la segunda pasara a ser la habitual. Pero como ya no hay desgrabación me pregunto que artimaña legal existe para poder mantenerla, al menos en parte.

#6

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Sobre este tema, pienso que es interesante recalcar que hasta el 31.12.12 existe una nueva desgravación por OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL, que se contempla en la Disposición Adicional Vigésimo Novena de la Ley del IRPF y que copio a continuación:

DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA NOVENA. Deducción por obras de mejora en la vivienda habitual.
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales, podrán deducirse el 10 % de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas durante dicho período en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.
No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
La base de esta deducción estará constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras. En ningún caso, darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.
La base máxima anual de esta deducción será de:
a. cuando la base imponible sea igual o inferior a 33.007,20 euros anuales: 4.000 euros anuales,
b. cuando la base imponible esté comprendida entre 33.007,20 y 53.007,20 euros anuales: 4.000 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre la base imponible y 33.007,20 euros anuales.
Las cantidades satisfechas en el ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.
A tal efecto, cuando concurran cantidades deducibles en el ejercicio con cantidades deducibles procedentes de ejercicios anteriores que no hayan podido ser objeto de deducción por exceder de la base máxima de deducción, el límite anteriormente indicado será único para el conjunto de tales cantidades, deduciéndose en primer lugar las cantidades correspondientes a años anteriores.
En ningún caso, la base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en que ésta sea de aplicación podrá exceder de 12.000 euros por vivienda habitual. Cuando concurran varios propietarios con derecho a practicar la deducción respecto de una misma vivienda, el citado límite de 12.000 euros se distribuirá entre los copropietarios en función de su respectivo porcentaje de propiedad en el inmueble.
En ningún caso darán derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas por las que el contribuyente practique la deducción por inversión en vivienda habitual a que se refiere el artículo 68.1 de esta Ley.

No sé si te puedes servir...

Saludos.

#7

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Te agradezco la cita, pero no es este el tema. No se trata de poder deducirse las cantidades satisfechas en concepto de rehabilitación de la vivienda habitual, sino saber si existe alguna manera de poder seguir aplicando la desgrabación por las cantidades satisfechas del prestamo hipotecario por compra de vivienda habitual en caso de ampliación de la hipoteca principal y objeto de la deducción.

#8

Re: Deducción fiscal por compra de vivienda

Como muy bien te ha explicado Lunatico, la deducción es por adquisición de vivienda habitual, no por hipoteca.

Llegados aquí, tú necesitas ampliar la hipoteca en un momento determinado, para otros fines distintos al de la adquisición de tu vivienda habitual. Vamos a suponer que la hipoteca que tenías hasta este momento estaba en su totalidad destinada a la adquisición de la vivienda habitual y que en este preciso momento, previo a la ampliación te quedan por amortizar "X" euros. Vamos a suponer que con la ampliación tu nueva hipoteca es de "Y" euros (los "X" euros que te quedaban por amortizar más los que hayas pedido de ampliación).

Vas a poder seguir deduciendo por la hipoteca, pero sólo por la parte proporcional destinada a la adquisición de la vivienda habitual, es decir, a las cuotas que pagues a partir de ahora, para incluirlas en la base de deducción, tendrás que multiplicarlas por "X" y dividirlas por "Y".

Todo lo que sea diferente es "salirse" de la legalidad.

Saludos.