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Compensación o absorción del plus de antigüedad
Tengo una duda, con respecto a lo que cobra un familiar. Ya que todos los años, cuando le suben el sueldo conforme a la tabla salarial del convenio, este es inferior al SMI, ya que cobra plus de antiguedad tal y como figura en el convenio.
Pero leyendo el mismo, figura esto, alguien me puede decir, si es absorbible o no el plus de antigüedad, según lo redactado en el convenio? El TC dice que si, siempre que así figure en el convenio o que no se exprese como tal.
Artículo 7. Irrenunciabilidad. Se tendrá por nula, y por no hecha, la renuncia por parte del personal de cualquier beneficio establecido en el convenio, asimismo se tacharán de nulidad, reputándose no dispuestos y sin efecto alguno, cualquier convenio, acuerdo, resolución o cláusula (individual o colectiva) que implique condiciones menos beneficiosas. En cualquier caso, se mantendrá como cláusula de garantía “ad personan”, todas aquellas condiciones, tanto salariales como sociales y laborales, que mejoren el presente convenio y que cada trabajador o trabajadora pudieran tener, no pudiendo ser compensables ni absorbibles.
Alguien me puede aclarar, si entonces el SMI es superior al sueldo base, tiene que ser el SMI el que figure en la nomina, independientemente de lo que se cobre por antigüedad?
Pero leyendo el mismo, figura esto, alguien me puede decir, si es absorbible o no el plus de antigüedad, según lo redactado en el convenio? El TC dice que si, siempre que así figure en el convenio o que no se exprese como tal.
Artículo 7. Irrenunciabilidad. Se tendrá por nula, y por no hecha, la renuncia por parte del personal de cualquier beneficio establecido en el convenio, asimismo se tacharán de nulidad, reputándose no dispuestos y sin efecto alguno, cualquier convenio, acuerdo, resolución o cláusula (individual o colectiva) que implique condiciones menos beneficiosas. En cualquier caso, se mantendrá como cláusula de garantía “ad personan”, todas aquellas condiciones, tanto salariales como sociales y laborales, que mejoren el presente convenio y que cada trabajador o trabajadora pudieran tener, no pudiendo ser compensables ni absorbibles.
Alguien me puede aclarar, si entonces el SMI es superior al sueldo base, tiene que ser el SMI el que figure en la nomina, independientemente de lo que se cobre por antigüedad?