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Declaracion IRPF de multidivisa, calculo FIFO

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Declaracion IRPF de multidivisa, calculo FIFO
Declaracion IRPF de multidivisa, calculo FIFO
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Declaracion IRPF de multidivisa, calculo FIFO

Buenos dias!

He tenido una cita en Hacienda para intentar esclarecer la discrepancia en el criterio de Hacienda sobre las acciones en divisa extranjera y el problema que esto crea en el calculo FIFO de las divisas. 

En concreto les he preguntado por las consultas vinculantes V2324-10 y V0282-22. 

Segun lo entiendo el criterio de la primera (V2324-10) es que al comprar acciones en divisa "vendemos" la divisa y al vender acciones "compramos" divisa en euros utilizando el tipo de cambio del dia en el que se produce la transaccion y declaramos la plusvalia o minusvalia generada en el IRPF. Para hacer el calculo de la plusvalia/minusvlaia de la accion (no de la divisa) calculamos el importe que nos costo la accion en euros con el tipo de cambio del dia de la compra y se lo restamos a lo recibido por la venta de la accion en euros con el tipo de cambio del dia de la venta.

Sin embargo en Hacienda me dicen que el criterio que hay que seguir es el de la ultima consulta vinculante (V0282-22) para la que necesito un poco de ayuda a ver si lo entiendo bien... Segun este criterio, al comprar acciones en divisa no "vendemos" la divisa, mantenemos las unidades de divisa con su valor original de compra en euros segun el tipo de cambio del dia de la compra de la divisa. Cuando vendemos la accion, calculamos la plusvalia/minusvalia en la moneda original y lo pasamos a euros usando el tipo de cambio del dia de la venta. En el caso de que esto nos genere una minusvalia, declaramos la minusvalia de la accion y "vendemos" la divisa declarando la posible minusvalia o plusvalia de la divisa. Si por el contrario la venta de la accion genera una plusvalia, declaramos la plusvalia de la accion PERO no "vendemos" la divisa, lo que hacemos en su lugar es "comprar" la divisa de la parte de la plusvalia generada por la venta de la accion con el tipo de cambio del dia en el que la vendemos, como el "principal" de la venta de la accion nunca lo "vendimos" para comprarla, no tenemos que hacer nada con el, mantiene su lote y valor en euros, ambos con la fecha orignial de compra.

-¿Alguien podria corroborar que lo estoy entendiendo bien y esta es la forma correcta de hacerlo segun consulta vinculante V0282-22?

-¿Que pensais sobre lo que me han dicho de que Hacienda considera correcta solamente la forma de hacerlo de la consulta mas reciente? ¿es eso cierto? (Me parece mucho mas sencilla en intuitiva la forma de hacerlo segun consulta V2324-10, pero si no queda mas remedio habra que usar la otra

-En mi caso particular se complica un poco mas porque me converti en residente fiscal en España en el 2024, las acciones en divisa ya las tenia, por lo que en realidad nunca compre divisa para comprar esas acciones. Lo que me hah dicho en Hacienda es que haga una entrada ("compra") de divisa por el valor de las acciones en euros con lote y tipo de cambio de la fecha en la que me converti en residente en España. Eso entiendo que lo tendria que hacer con todas las acciones que ya tenia en divisa. ¿Alguien podria confirmar esto?

Perdon por el tocho, no se si esto puede ayudar a alguien o lia las cosas aun mas. Por mi parte agradeceria que me ayudarais a saber si lo estoy entendiendo bien.

Gracias de antemano!