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Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

24 respuestas
Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.
Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.
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#17

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

Como bien apunta Cachilipox, "los cálculos detallados en general salen en el reglamento, no en la ley". En el enlace que aporté en mi comentario y la recomendación de que leyeras los artículos 80 y siguientes corresponden al Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. No a la ley.

Y te vuelvo a poner el ejemplo, por ser el más sencillo, de los intereses bancarios. Si recibes unos intereses por una cuenta o depósito, automáticamente se te practica una retención del 19% independientemente de su importe, de que tengas rendimientos de más de 22.000 euros o de menos, de si tienes hijos, de si tienes hipoteca, de si tienes o no obligación de declarar. Y no debes desconfiar en este caso de las triquiñuelas que puedan hacer los bancos, porque lo único que hacen es cumplir con la normativa vigente e ingresar tus retenciones a la Agencia Tributaria.

Saludos.

#18

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

Hola otra vez,
Estoy de acuerdo con vosotros, pero mirad los siguientes casos reales de nóminas:
CASO 1)
-Tipo de contrato: Temporal a tiempo completo

-Desde Junio(2009) a Mayo (2010):
·Sueldo base: 1.100,95
·Retención de IRPF: 2%
·Contingencias comunes: 4.7%
·Desempleo: 1,6%
·Formación Profesional: 0,10%

-Al año(Desde Julio(2010)en adelante) le cambian el contrato a: INDEFINIDO

·Sueldo base: 1.100,95
·Retención de IRPF: 12%
·Contingencias comunes: 4.7%
·Desempleo: 1,6%
·Formación Profesional: 0,10%

CASO 2)

-Tipo de contrato: Obra y Servicio

-Desde Mayo(2010) a Diciembre (2010):
·Sueldo base: 1.200
·Retención de IRPF: 4%
·Contingencias comunes: 4.7%
·Desempleo: 1,6%
·Formación Profesional: 0,10%

-Enero Año 2011 contrato: OBRA Y SERVICIO

·Sueldo base: 1.200
·Retención de IRPF: 14%
·Contingencias comunes: 4.7%
·Desempleo: 1,6%
·Formación Profesional: 0,10%

Pueden ser errores garrafales, pero son dos casos de 2 empresas distintas. No sé que control le hace mensual hacienda a las empresas para ver que IRPF declaran, pero en estos casos, la empresa sale inmune y el que tiene que apechugar con los platos rotos es el trabajador si hace la declaración de la renta.

#19

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

Estoy de acuerdo en el fondo de lo que expones. Conocí a una persona que se dedicaba a hacer nóminas y seguros sociales que me confesó que hacía el cálculo de las retenciones con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria, pero que para curarse en salud y evitar tener problemas con Hacienda, a cada trabajador le sumaba dos puntos más por su cuenta (si le correspondía un 10%, le ponía un 12%, por ejemplo). Y presumía de que ningún trabajador se había quejado nunca y que incluso algunos estaban tan contentos por la cantidad que les salía a devolver al hacer la declaración.

Por eso pienso que lo mejor es conocer las normas tributarias y si vemos que la empresa nos retiene una cantidad que nos perjudica, reclamarlo.

Saludos.

#20

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

Yo lo que pienso es q aunque no se este obligado a hacer la declaracion de la renta, cuando llegue el mometno de hacerla hacer una simulacion con el programa padre y si nos sale a devolver pues hacerla.
Y si nos sale a pagar, pues no hacer nada.

Aunq normalmente el porcentaje a retener lo calculan "bien" nunca sale exacto y hay gente q no sabe de estas cosas y dinero que se qeda hacienda, 30 euros de aqi, 30 de alla ect.

#22

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

DE todas formas si lo han hecho mal y te toca pagar a hacienda en tu declaracion, lo pagaras con un dinero que tu empresa te ha pagado de mas, por que si cobrabas 1800€ y te retenian el 4% en vez del 14%, ese 10% de diferencia eran 180€ que cobrabas de + todos los meses, y si te hubiesen retenido bien no los cobrarias.
Tambien puedes hacer tu declaracion como si tu empresa te hubiese retenido correctamente (siempre que tu le hayas dado los datos correctos) y ya se encargara hacienda de ajustarle las cuentas a la empresa, aunque entre medias te llamara a ti 1º para aclararlo. El problema es que te cerraras las puertas con esa empresa para siempre y eso hay que valorarlo tambien.

#23

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

"Y si nos sale a pagar" pués presentarla también, caramba!!

#24

Re: Retención mínima de I.R.P.F para salarios brutos inferiores a 22.000 euros.

Bueno Rodamon...si nos sale a pagar, yo puntualizaría. Primero comprobaría si tengo obligación de presentarla o no. Si no tengo obligación, no la presento. Y si tengo obligación de presentarla, por supuesto hacerlo y pagar.

Saludos.