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Re: Pensión de viudedad procedente de jubilación gran invalidez
Según el sitio web de la Agencia Tributaria y la normativa aplicable en materia de Seguridad Social, el complemento por gran invalidez, que incluye la asignación para una tercera persona destinada a asistir al pensionista, no forma parte de la base reguladora para calcular la pensión de viudedad.
El complemento por gran invalidez tiene un carácter asistencial y no contributivo, por lo que no se integra en la cuantía de la base reguladora de la pensión de jubilación o incapacidad permanente. En el caso de fallecimiento, únicamente se tiene en cuenta la base reguladora sin este complemento para determinar la pensión de viudedad.
Para mayor certeza, recomiendo consultar directamente con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que ellos son los responsables de calcular y gestionar las pensiones. También puedes revisar la normativa de Seguridad Social en relación con las pensiones contributivas en el siguiente enlace:
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