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Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

10 respuestas
Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.
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Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.
#1

Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Un saludo afectuoso a todas las personas de este Foro de fiscalidad!!
Tengo una duda aunque creo que no debe ser difícil de resolver.
Si soy propietario de una vivienda que tengo alquilada y se estropea totalmente el lavavajillas (bien mueble y hay que sustituirlo) que sólo tenía 3 años (antes de su vida útil prevista de 8 años y 4 meses (no suelen durar tanto pero es lo mínimo que permite, como maquinaria, la Tabla de amortizaciones simplificada de la Orden 27/3/1998, BOE del 28). 
Supongamos que lo compré a principios del 2021 y me costó 1000 €. En las declaraciones del IRPF del 2021 y del 2022 amorticé  120 € cada año (un 12% según la citada tabla). ¿Puedo reflejar en la declaración del 2023 esa pérdida imprevista o "adelantada"? Si es así, ¿cómo y en qué casilla?
Muchas gracias. 
#2

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

 
Gastos de reparación y conservación e intereses y otros gastos de financiación de 2023.

Importe de los gastos de reparación y conservación satisfecho en 2023.

Resto de gastos.

Un saludo.









#3

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Hola. Agradecería si me pudieses confirmar o corregir lo siguiente en relación con este tema:
En el 2023 tuve que sustituir una lavadora que había comprado en el 2017 por 420.- euros. La nueva me costo 390 euros.
La vieja la he estado amortizando durante 6 años. El piso se alquila a estudiantes por periodos de 10 meses, con lo cual la base de amortización que he venido aplicando en cada ejercicio es 420 x 10 meses / 12 meses = 350.- euros.
Al 10% corresponden 35 euros por año, siendo el total amortizado es de 35 x 6 años  = 210 euros. 
Por lo tanto entiendo que en la declaración del 2023 la cantidad que tendría que poner como Gastos de reparación y conservación es de 350 -  210 = 140.- euros.
En cuanto al nuevo importe de Bienes amortizables, tendría que descontar los 420.- de la lavadora vieja y sumar los 390.- euros de la nueva. 
Gracias anticipadas.
#4

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Así es como yo lo haría.

Y te podrás deducir la amortización de la nueva lavadora por los meses de uso del año 2023 y siguientes.

Un saludo.
#5

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Cabe la posibilidad que ante un requerimiento de la Agencia Tributaria, no acepten como gasto la cantidad pendiente de amortización del elemento sustituido. Y solamente lo hagan con las amortizaciones efectuadas hasta el momento de la sustitución.

Ahora bien, si yo estuviera en vuestra situación, sí que los incluiría como deducción tal como habéis planteado.

Un saludo.


#6

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Pero no habla de reparación, si no de sustitución total del lavavajillas.

Por otro lado Salva_comas habla de un 12% de amortización anual cuando la tabla indica como máximo un 10%
#7

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

En mi comentario 2, indico donde yo lo metería: como gastos de reparación y conservación.

No lo pondría  como  amortización. En una contabilidad de una empresa, la diferencia se llevaría a una cuenta de gastos

Respecto a que hay exceso del porcentaje en cuanto a la amortización, efectivamente el máximo es de un 10% anual. Ahora bien, ya que lo ha tenido que renovar, la diferencia entre el coste del electrodoméstico y la suma de su amortización  acumulada ya aplicada, iría como gasto.

Y como he comentado, a expensas de que la Agencia Tributaria te lo de por bueno.

Yo les propondría como casuística similar, si en vez de un electrodoméstico es por ejemplo un sofá de 2.000 euros en un inmueble con mucho trasiego de inquilinos que al segundo año de uso está para tirarlo. Lo que podrías amortizar si siguen un criterio estricto, serían 400 euros. A mi personalmente, no me parece lógico que pierdas 1.600 euros sin poder deducirlos.

Pero es solamente mi opinión. 

Un saludo.


#8

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Tomo buena nota. Gracias de nuevo.
#9

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Vuelvo a discrepar.
En su día ya se comentó esto en el foro el 27/07/2017 foreros como Leopol 72 Batiscafo y otros trataron este tema y aportaron consultas vinculantes V2385-19 y la más clarificadora V0197-13

El elemento sustituido dejar de ser amortizable
#10

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Pues sí. Llevas toda la razón.

Gracias por la localización de las consultas.

Un saludo.
#11

Re: Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.

Hola amigos! Veo que renciayera comenta que para un electrodoméstico el coeficiente lineal máximo de amortización que, en mi opinión sería el correcto, 12%,  es incorrecto y debería ser el 10% Además en otra respuesta, comenta la Resolución vinculante de la DGT V0197-13 y esa establece el 10% para un sofá y para un frigorífico.
Pero veamos un par de consideraciones.
1) Es cierto que la Tabla de Amortización Simplificada (Orden 27/3/1998) indica en su 2ª fila:
Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material 10%.
Pero tomando como referencia el Plan General de Contabilidad, el inmovilizado material se recoge en la cuenta 21 y dentro de ella aparecen varias subcuentas como la 213 Maquinaria, o la 218 Elementos de transporte. Pero es que la citada Tabla Simplificada indica en su 3ª  y 4ª filas:
Maquinaria 12%
Elementos de transporte 16%.
Por ello, en mi opinión, hay una clara contradicción en esa Tabla simplificada pues su segunda fila debería decir
Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material, no incluidos en las filas siguientes, 10%.
 2) Además los electrodomésticos (una lavadora, un frigorífico, ...) son máquinas (se ajustan perfectamente a la definición de la RAE).
Por eso creo que se les puede asignar un coeficiente máximo de un 12%, con lo cual se les atribuiría una vida útil de poco más de 8 años que creo está más en consonancia con la realidad (hay estudios que hablan de 10 a 12 años pero eso incluiría averías y reparación pero casi siempre no sale a cuenta el reparar y es mejor cambiar).
Muchas gracias!