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Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

4 respuestas
Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion
Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion
#1

Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

 
Me gustaría saber, si alguien me puede ayudar, que fechas colocar en una donación, así como los valores de adquisición que paso a relatar:
Hay que declarar 1 inmueble, que es lo que dono y los datos son:
VALORES EXPRESADOS EN 1ªESCRITURA  Fecha de (escrituras) año 1992   - Fecha defunción  año 1970   
(Esta escritura solo es de partición de herencia de un edificio con 4 inmuebles)
- Existen unos valores en escritura totales que aplicando lo que corresponde según segunda escritura de división horizontal tengo unos valores de cada inmueble a donar y también unos gastos(no se si es correcto este nuevo valor de adquisición de esta 1ª herencia, lo digo por las fechas de escritura y muerte)
VALORES EXPRESADOS EN   ESCRITURA :  Fecha (escrituras) año 2023 - Fecha defunción  año 1998   
En esta escritura consta de Aceptación y partición de herencia, constitución del edificio en régimen de propiedad horizontal y cesación del proindiviso.
Igualmente existen unos valores en escritura de cada inmueble y unos gastos(no se si es correcto este nuevo valor de adquisición de esta herencia, lo digo por las fechas de muerte y de escritura)
-La división se realiza, y a cada uno le corresponde un piso y a terceras partes, este inmueble que es el que dono a los otros dos.
DONACION 
VALORES EXPRESADOS EN ESCRITURA DE DONACION: 
Fecha de donación (escrituras) año 2023 
Con un total € en escritura de donación

#2

Re: Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

Hola,

De lo que expones deduzco el siguiente tracto sucesivo:

Primer propietario del edificio fallece -> Se otorga la 1ª Escritura por la cual el dominio de referida finca se adjudica a un nuevo dueño -> Fallece este intermedio -> Se autoriza la 2ª Escritura dónde se crea un RPH y se adjudican los inmuebles integrantes, de manera individual, pero siendo los nuevos propietarios comuneros de un tercio de cada "piso"-> Uno de ellos -tú-, mediante donación reflejada en la 3ª Escritura, transmites cuotas indivisas de una tercera parte cada una respecto de un determinado número de inmuebles.

En el caso de que lo haya entendido correctamente, la ganancia patrimonial se calcula:

- Declarando tantas donaciones como inmuebles existan actualmente

- Indicando como fecha de adquisición la fecha de fallecimiento del propietario intermedio (1998), independientemente de cuándo se haya otorgado la Escritura de reparto

- Indicando como valor de adquisición un tercio (que es el correspondiente a tu cuota de propiedad que transmites lucrativamente) del reflejado en la 2ª Escritura -los cuales están individualizados-, incrementando el mismo con los gastos asociados a la dicho negocio jurídico que efectivamente hayas asumido tú.

- Indicando como valor de transmisión un tercio del valor acordado en el 3ª y último documento público, minorando el mismo con los gastos satisfechos a tu cargo.

- Dichas ganancias patrimoniales -una por inmueble- no se podrán ver reducidas ni por ningún coeficiente actualizador (se derogaron en 2015 para todas las transmisiones que se realizaran posteriormente, independientemente de que la fecha de adquisición de los bienes transmitidos fuera anterior), ni con los coeficientes de abatimiento, porque la fecha fiscal de adquisición (1998, como ya te he indicado) es posterior al 30.12.1994.

Un saludo,
#3

Re: Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

 
Gracias por la contestación, pero no se, si con lo que dices, es lo expuesto. 
1ª escritura es la herencia de madre e hijos por fallecimiento de padre y corresponde a la partición de un edificio con 4 inmuebles, y unos valores para el edificio. 
2ª escritura es la partición de herencia, división horizontal y cesación del proindiviso por el fallecimiento de madre adjudicando a los hijos a cada uno un inmueble mas 1/3 de otro inmueble a cada uno, que es el que dono. 
Por lo que deduzco en tu contestación el valor de adquisición solo se refleja en declaración el valor de la 2ª escritura con sus gastos proporcionales y de la 1ª escritura no hay valor de adquisición, porque en escritura si se reflejan unos valores, aunque se habla del edificio por no estar la división horizontal, ¿es correcto lo que dices? porque si es así como todo se realiza en el año 2023 me da mas valor de adquisición, por sumar gastos, que donación que no tiene ningún gasto. 
#4

Re: Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

Hola,

Entonces mi anterior respuesta se aplica solo parcialmente como a continuación te indicaré, ya que el tracto expuesto no es el real, que ahora en tu último comentario sí queda totalmente claro.

El edificio, una vez dividido, consta de 4 inmuebles. En la constitución del RPH, se te adjudica uno íntegro, que mantienes, y una tercera parte de otro que es la que procedes a donar. Entonces, si ahora esto sí es correcto, respecto a esa única cuota indivisa:

Hay dos fases de adquisición distintas: obtienes la mitad de dicho tercio mediante la 1ª Escritura, por tanto, la fecha es la de fallecimiento de tu padre (1970) y el valor de adquisición, será un sexto del resultado de aplicar el coeficiente de participación del inmueble al valor general y al total de los costes efectivamente asumidos por ti.

Y con respecto a la sucesión hereditaria de tu madre que te permitió obtener la segunda sexta parte, los datos a declarar se deducen de igual manera: la fecha de adquisición es la del óbito de la causante, y el valor de adquisición, la mitad del -ahora sí- del tercio del valor individualizado asignado al inmueble en concreto en la 2ª Escritura.

Con respecto al valor de transmisión, en este caso es la misma para ambos casos: un sexto para cada una de las dos fases del valor del inmueble reflejado en la 3ª Escritura, minorado por los correspondientes gastos en los que hayas incurridos e individualizados según coeficiente de participación. 

Y primer sexto adquirido, en este caso, como la fecha es anterior a la indicada en mi anterior comentario, podrá verse reducida por los coeficientes de abatimiento -con seleccionar dicha aplicación en RentaWeb, se calculará la parte del importe exento de tributación automáticamente-.

Espero que ahora te haya quedado más claro,
Un saludo.
#5

Re: Fechas y valores a colocar en declaración de una donacion

Gracias por la respuesta