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Convenio Especial por ERE

4 respuestas
Convenio Especial por ERE
Convenio Especial por ERE
#1

Convenio Especial por ERE

Mi empresa me paga este Convenio hasta los 63 años. A partir de esa fecha si no me jubilo me han dicho que, de forma obligatoria tengo que seguir con el mismo Convenio a mi cargo. Y aunque la ley permite extinguir el Convenio por impago de tres mensualidades, me han dicho hoy en la SS que no se puede. Que tengo que seguir pagando SI o SI el Convenio hasta la jubilación. Es correcto lo que me dicen?? Gracias a quien me pueda aportar alguna idea.
#2

Re: Convenio Especial por ERE

Hola,

Efectivamente, el art. 20.9 de la Orden TAS/2865/2003, establece que una vez alcanzada la edad de 61/63 años -depende de la causa del ERE-, pasará la cuota a ser a cargo del ex-trabajador.

Sin embargo, dicho precepto indica que el mismo se puede extinguir por alguna de las causas del art. 10.2 de la Orden, entre las que se encuentre el impago y la solicitud voluntaria de cese. No he encontrado impedimento alguno para no poder llevar a cabo el desistimiento, así que discrepo de la información que te ha indicado la Seg. Social. Y esta información es coincidente con la contenida en la información de su propia página web (aquí, apartado extinción)

El impago no lo recomiendo porque no se podrá acceder a la jubilación si esa deuda no se salda (art. 47 LGSS).

Un saludo,
#3

Re: Convenio Especial por ERE

Gracias Maqiz. Pero aunque el art.10.2 prevea la posibilidad de extinción por voluntad propia e impago de cuotas, quién me ha atendido hoy en la SS llevaba solo Convenios y me lo ha dicho muy seguro. Aparte está este artículo que, aunque es de 2016, confirma lo que me han dicho hoy: ""Eso es entendido por el organismo creado para interpretar las normas de Seguridad Social como que la duración del convenio especial es obligatoria y no puede extinguirse como los demás por voluntad del trabajador o por haberse dejado de pagar tres cuotas""

https://elderecho.com/convenio-especial-un-beneficio-que-perjudica-a-despedidos-mayores-de-55-anos
#4

Re: Convenio Especial por ERE

Hola de nuevo,

Honestamente, no puedo si no reiterarme en que no encuentro motivo legal en otra norma que impida una baja voluntaria del convenio una vez superado el plazo en el que es obligatorio mantenerlo por la empresa.

La única indicación que te puedo proporcionar es que tengas en cuenta que ese artículo es del año 2016, y la redacción actual del precepto regulador deviene de una reforma operada en el año 2019 -aquí la antigua, y aquí la actual-, y en esta última se introdujo expresamente el apartado que posibilita la baja una vez que el convenio ya queda a cargo del ex-trabajador. Antes esa opción ni aparecía ni dejaba de aparecer: no estaba contenida el hecho de que tuviera que seguir vigente, pero tampoco se incluía expresamente la posibilidad de renunciar a él.

Una vez expuesto esto, si se solicita la baja y esta es denegada, veo bastantes argumentos legales para poder interponer una impugnación: si un precepto normativo permite la posibilidad, no se puede negar de manera infundada.

Siento no serle de más ayuda, sigo sin encontrar argumentos que coincidan con los que le han expuesto y hagan inaplicables los contenidos del precepto que regula esta modalidad de convenio.
Un saludo y ánimo.
#5

Re: Convenio Especial por ERE

Gracias por tu ayuda. Me quedan unos años todavía pero me mosquea que el artículo, aunque sea de 2016, coincida plenamente con lo que me ha dicho hoy el empleado de la SS. El Convenio Especial que tiene suscrito mi empresa es por Bases máximas y estamos hablando de una cantidad importante. Incluso me han llegado a decir que mi empresa o los Sindicatos tenía que haberme informado de esto y que me tendrían que haber abonado una indemnización superior por este motivo. Y ni me han informado de nada, ni he recibido más indemnización que el resto de compañeros que si se pueden jubilar con 63 años. En fin, seguiré informándome...