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Superar 75% del smi - Seguridad Social

9 respuestas
Superar 75% del smi - Seguridad Social
Superar 75% del smi - Seguridad Social
#1

Superar 75% del smi - Seguridad Social

Buenas tardes, 
Ha subido el smi a 1134€ y para solicitar  el subsidio de mayores de 52 años, superó en solo 50 céntimos los ingresos del 75% que sería 850,50€ y yo ingreso 851€. Pueden concedérmelo? Gracias 
#2

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Obviamente no. Porque aunque 0,50€ sea y es insignificante, habrían otras personas que por ejemplo se pasarían de 1,50€ o 7€ y también sería insignificante y así hasta que cifra ponemos??
Entonces el tope es el 75% del SMI vigente sin pasar ni un sólo céntimo. 

No hay manera de poder reducir ese ingreso? Por ejemplo un alquiler?

#3

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Gracias por contestar.  Pues es tener mala suerte... casi preferiría que se pasara 7€ o más, me dolería menos.


No puedo hacer nada ya que me lo deniegan constantemente, a los 9 meses del hecho causante, bajaron mis ingresos y esta probado u comunicado. Y es, dentro del año que ellos dicen o más bien lo que dice , creo yo, la ley, sobre este tema.



Art. 275 lgss

Los requisitos de carencia de rentas y, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares deberán concurrir en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el momento de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante la percepción de todas las modalidades del subsidio establecidas en el artículo anterior.


Pero luego dice lo siguiente y no lo entiendo...
Si no se reúnen los requisitos, el trabajador solo podrá obtener el reconocimiento de un derecho al subsidio cuando se encuentre de nuevo en alguna de las situaciones previstas en el artículo anterior y reúna los requisitos exigidos, salvo en el caso de que dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante se acredite que se cumplen los requisitos de carencia de rentas o, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares, en que el trabajador podrá obtener el subsidio que corresponda a partir del día siguiente al de su solicitud sin reducción de su duración.A estos efectos se considerará como fecha del hecho causante aquella en que se cumpla el plazo de espera de un mes, o se produzca la situación legal de desempleo; o la de agotamiento del derecho semestral; o la de finalización de la causa de suspensión.

Tendría que demandar al Sepe y no puedo afrontar ese gasto económico y ni siquiera sé si tendría razón.

Un saludo,

#4

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

No puedo contactar contigo Always. Los mensajes se restringen. 
#5

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Hola,

El subsidio tiene un "hecho causante", es decir, el motivo contemplado en la Ley que permite el acceso -si se cumplen el resto de requisitos- a dicho nivel de protección por desempleo. Por ejemplo, tras el agotamiento de un prestación contributiva, siendo la fecha en el que acontece la mencionada vía de acceso un mes posterior al agotamiento -esto es, si el último día de prestación es el DD/MM/XXXX, pues el "hecho causante" acontece el DD/MM+1/XXXX-.

Si entonces, en dicha fecha, no se cumplen el requisito de carencias de rentas/responsabilidades familiares, entonces, se podrá solicitar el subsidio utilizando dicha vía únicamente hasta el DD/MM/XXXX+1 si antes de dicho año, por el motivo que sea -cese de obtención de rendimientos o aumento del límite- se cumple el requisito del 75% del SMI.

Si ha transcurrido más de dicho periodo, bien sea porque se siguió sin carecer de rentas -según la definición legal procedente- o por no haberlo solicitado, hasta que no se tenga una nueva vía de acceso (finalización de un nuevo "paro" o cotización insuficiente) no se puede acceder.

Ese es el significado de dicho párrafo: por tanto, si consigues reducir el ingreso, únicamente podrás acceder al subsidio si dicho ingreso cesa o entra en el nuevo límite si esto acontece antes del transcurso de un año del "hecho causante". Ten en cuenta que puedes alegar que el IRPF al que tienen acceso está desactualizado (porque es de un ejercicio anterior) y tú declarar las rentas correctas, ya que esto no les perjudica porque procederán a comprobarlo a año vencido.

Un saludo.
#6

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Hola, como te agradezco tus comentarios y que me ayudes. Deduzco por tu mensaje que tengo razón, creo.

La fecha del hecho causante fue en Nov 2021 y yo hice la solicitud primera en junio 2022. Me fue denegada por superar smi. En septiembre 2022 se redujeron mis ingresos a la mitad e hice nueva solicitud y lo probé con documentación. Estoy dentro del año. Me.lo volvieron a denegar. Creí que era así y tenía otros problemas y lo dejé pasar.

Posteriormente, en febrero 2023 volví hacer otra solicitud y me la volvieron a denegar. Y desde entonces reclamo.



#7

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Hola,

Lamentablemente, no. Tus ingresos, a más tardar, deberían haber cumplido el límite en Nov/22 y haber hecho la solicitud en plazo, lo cual hiciste. Sin embargo, te la denegaron (la solicitud de septiembre) y no la recurriste. Por tanto, el subsidio se ha extinguido. 

La solicitud de febrero de 2023, aunque ya se cumpliera el requisito de rentas, se ha presentado un año después del hecho causante.

Siento las malas noticas,
Un saludo y ánimo.
#8

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Muchísimas gracias por la explicación. Creí que era a partir de la primera solicitud.

Si algun día suben el smi que ahora me he quedado a 0,50€ por encima, podría solicitarlo?
#9

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Hola,

No, el año computa desde el hecho causante. Debido a que ya ha transcurrido dicho "margen" para que se mantenga el hecho causante -es decir, para que se te "guarde" la vía de acceso-, ya se ha extinguido el derecho. Por tanto, ya no podrás en un futuro utilizar esa causa de Nov/2021 para acceder al subsidio, aunque se vuelva a cumplir el requisito de carencia de rentas. Debes finalizar un nuevo "paro" o cotizar de manera insuficiente -tres meses- para poder volver a acceder.

Mucho ánimo,
#10

Re: Superar 75% del smi - Seguridad Social

Muchísimas gracias por tu ayuda a pesar de todo. Lo que reconozco es que el Sepe no lo ha hecho bien conmigo...se han aprovechado de mi vulnerabilidad y desconocimiento.

Un saludo afectuoso