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- doble imposición Italia - Espana

4 respuestas
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#1

- doble imposición Italia - Espana

Hola, vivo en España pero trabajo para una empresa en Italia. 
Hice la declaración y por error me adjuntaron los impuestos que pagué en Italia sin aplicar la reducción fiscal por doble imposición.
 Hace un par de meses hice una rectificación a la declaración realizada. Estoy esperando respuesta, pero mientras tanto ¿estoy obligado a pagar impuestos españoles? ¿Ya sabes que pagué los mismos e idénticos impuestos en Italia? ¿Puedo negarme a pagarles? ¿Qué me pasa si no pago?
#2

Re: - doble imposición Italia - Espana

Si vives habitualmente en España, eres residente fiscal en España y, en consecuencia, tienes la obligación de declarar la totalidad de tus rentas mundiales en España: lo obtenido aquí, lo obtenido en Italia y en cualquier otro país.
Después, de acuerdo con el convenio para evitar la doble imposición firmado entre España e Italia, tienes derecho a aplicar la deducción por doble imposición por el importe de las retenciones (o, en su caso, por el del resultado del impuesto similar al IRPF para no residentes en Italia que hayas tenido que presentar) que te hayan practicado en Italia.
Así que, respondiendo a tus preguntas: sí, estás obligado; no, la AEAT no sabe lo que has pagado en Italia, conserva los justificantes porque te los pueden pedir en cualquier momento para que demuestres el derecho a aplicar la deducción por doble imposición; puedes negarte a pagar tus impuestos, lo hace mucha gente, pero eso tiene sus consecuencias; lo que pasa si no lo haces es que te enfrentas a cartas negras, recargos, sanciones, liquidaciones de oficio sin aplicación de deducciones, embargos de cuentas y otras propiedades y, por supuesto, de tu nómina italiana (porque hay un convenio en el territorio Schengen entre Haciendas estatales para recaudar lo que les pida otro país), y, si el importe es de suficiente envergadura, acusaciones de delito penal.
#3

Re: - doble imposición Italia - Espana

Muchas gracias,
Pero no entiendo por qué aceptaron la declaración si lo único documento adjunto es la declaración de la renta Italiana (entonces todos los impuestos pagados en Italia) y los impuestos son lo mismo con la diferencia de 50 euro. Entonces si no hacía la declaración como sabían de mi trabajo? Otras cosas la rectificación con la deducciones esta en  tramitado y tengo que esperar 6 meses,entonces pago y después me devuelven el dinero,  que raro
#4

Re: - doble imposición Italia - Espana

Nadie ha "aceptado" tu declaración; es una autoliquidación, la presentas tú con los datos que consideras correctos. Y, luego, la AEAT tiene 4 años para revisarla (si así lo considera, porque no se comprueban todas) y verificar lo que has puesto para asegurarse de que se declara bien.
Los datos de los rendimientos obtenidos en el extranjero no constan en la AEAT en abril de cada año, como sí constan los obtenidos en España, sino que la OCDE los envía posteriormente, más o menos bun año después (a veces, más, depende del país). Entonces es cuando la AEAT "sabe de tu trabajo".
Sí, una rectificación es, como su propio nombre indica, una modificación de algo ya presentado. Por tanto, tienes que pagar por esa primera renta presentada. Y, luego, si te admiten la rectificación (que tarda en resolverse porque ésas sí se tienen que comprobar todas para solucionarlas), te devuelven lo que corresponda.
Ojo con lo de los 6 meses, porque suelen tardar más: 6 meses es el tiempo legal de resolución sin que la AEAT tenga que pagar intereses; pero puede resolver después y pagar intereses. Hay que tener en cuenta, como te digo, que hay que revisarlas todas; las rentas normales pueden devolverse primero y comprobarse después; éstas no, así que suelen resolverse con retraso. 
Hace un par de años, por ejemplo, solicité yo una rectificación de la renta de mi padre y tardó en resolverse algo más de 1 año.
#5

Re: - doble imposición Italia - Espana

De nuevo muchas gracias Enasua, 
Gracias por toda esta información