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Duda fiscalidad renta variable

8 respuestas
Duda fiscalidad renta variable
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Re: La normativa antiaplicacion es una verguenza

Creo que efectivamente esta norma requeriría una campaña en su contra, por la gran asimetría que crea entre el tratamiento de pérdidas y ganancias y por aplicar un absurdo margen de +/- 1 año a acciones cotizadas oficialmente en mercados tan controlados o más que el europeo como el NYSE o NASDAQ.

Un ejemplo simple (si entiendo bien la aplicacion de la norma) para poner de relieve su carácter manifiestamente injusto y desproporcionado:
Un trader opera comprando y vendiendo siempre el mismo paquete de 1000 acciones de XXX durante varios años con frecuencias del orden de 20 compraventas al año.
Para usar un ejemplo simple supongamos que la secuencia es siempre comprar y vender el mismo paquete sin realizar nunca 2 compras ni 2 ventas seguidas.
En el 50% de las compra-ventas (10) la operación se cierra con ganancias y en el otro 50% (otras 10) con pérdidas. Suponiendo que la ganancia media de la operación es de 1000 Euros y la pérdida media de la operación es de 700 Eur, en media anual este trader estaría ganando en 10 operaciones 10.000 Eur y perdiendo en otras 10 unos 7000 Eur. Resultado: 3000 Eur de ganancia media anual.
Si entiendo bien la norma antiaplicación considera que este trader al recomprar constantemente el citado paquete de acciones (antes de 1 año tras la última venta) no tiene derecho a descontar las pérdidas de sus ganancias cada año: resultado el trader debe contribuir por unas ganancias inexistentes de 10.000 Eur. al año !! Si esto continua durante varios años la compensación con ganancias es imposible, supongo además que las pérdidas no compensadas en los 4 años siguientes ya no son aplicables.

Otra manifiesta disfunción de la norma es la necesidad de predecir el futuro con acciones cotizadas en mercados oficiales como el americano. Cuando se hace la declaración IRPF en abril-junio ya han pasado 2 meses tras el cierre del año anterior para valorar la aplicación de pérdidas de acciones cotizadas en Europa, pero todavía faltan de 8 a 6 meses para acabar el año en curso, durante el cual una compra de acciones puede alterar las aplicaciones de pérdidas del año anterior. Ya sabemos que podemos restringir la compra de acciones atendiendo a la norma antiaplicación pero esto es una ingerencia inaceptable en las libres decisiones de los inversores al obligar a un continuo cambio de valores y perjudicando la rentabilidad de las operaciones.
Un par de dudas finales:
¿Cómo se puede operar intradia y cumplir con esta norma?

El hecho de que NYSE sea parte actualmente de NYSE Euronext que está citada explícitamente en la lista de mercados regulados s/Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo, ¿no debería dar pie a considerar las acciones negociadas en NYSE al mismo nivel de oficialidad que las negociadas por ejemplo en Letonia?

Agradecería una confirmación de que el análisis realizado es correcto.

Saludos