Acceder

Duda fiscalidad renta variable

8 respuestas
Duda fiscalidad renta variable
Duda fiscalidad renta variable
Página
1 / 2
#1

Duda fiscalidad renta variable

Tengo una duda cuando vendes un paquete de acciones tienen que declararse con las acciones mas antiguas que tengo en cartera o da igual la fecha de compra. para que me entendais tengo acciones del bbva a diferentes precios de compra voy acudir a la ampliacion con 209 acciones que son las que me permiten comprar con las 1000 y poco que tenia antes, si yo el 1 de diciembre vendiera estas acciones(209) que es cuando empiezan a cotizar, podria declarar estas acciones o tendria que declarar sobre las plusvalias-perdidas de las primeras acciones de bbva (209) que compre en su dia.

#2

Re: Duda fiscalidad renta variable

Siempre se emplea un criterio FIFO, primero vendes las acciones que primero compraste. La ganancia o la pérdida sería sobre las primeras compradas.

Además, en caso de pérdida tendrás que tener en cuenta la normativa antiaplicación, ya que no van a transcurrir más de dos meses desde la suscripción de la ampliación hasta la compra. En este caso debes declarar la pérdida, pero no podrás aplicarla en la compensación de otras posibles ganancias. Esta aplicación la podrás realizar en el ejercicio en que vendas definitivamente las acciones recompradas.

Saludos.

#3

Re: Duda fiscalidad renta variable

muchas gracias por la respuesta.

#4

Re: Duda fiscalidad renta variable

Aprovechando este hilo quiero hacer una consulta sobre un caso practico donde no tengo claro si se tiene que tener en cuenta o no la norma antiaplicacion:

- Hace un año compro 1000 acciones de TEF a 20€ (total 20.000€)
- Hace 6 meses compro 1000 acciones de TEF a 17€ (total 17.000€)
- Hace una semana vendo las 2000 acciones a 19€ (total 38.000€)
La ganancia total es de 1.000€ (en un paquete pierdo 1.000€ y en el otro gano 2.000€)
- A fecha de hoy compro otra vez 38.000€ en acciones de TEF a 18€ (aprovechando su bajada en pocos dias).

Mi intencion es mantener estas acciones a largo plazo a menos que me salte un stop loss.

Mi pregunta es: en la declaracion del 2010 puedo declarar los 1.000€ de plusvalia o tengo que declarar 2.000€ por la normativa antiaplicacion al haber vuelto a comprar en menos de 2 meses de la venta.

Como en hacienda lo lian tanto todo, realmente no lo tengo claro.

#5

Re: Duda fiscalidad renta variable

En la declaración del ejercicio 2010 deberás de incluir los 2.000 euros de ganancias y los 1.000 euros de pérdidas, pero de éstas deberás de marcar la casilla de no aplicación por recompra... es decir, no van a compensarte esas ganancias.

Estas pérdidas podrás compensarlas cuando vendas definitivamente las primeras 1.000 acciones de las compradas hoy.

Saludos.

#6

La normativa antiaplicacion es una verguenza

Gracias por tu aclaración. Este es un caso real que me ha pasado y tendre que ver como lo resuelvo puesto que no quiero estar 2 meses sin TEF, y me parece muy injusto tener que pagar ahora el 20% de 2000 Euros, cuando mis ganancias han sido solo de 1000 Euros!!!

Realmente es una verguenza que no se trate igual fiscalmente el hecho de haber comprado 2000 acciones en dos paquetes de 1000 a distintos precios, que si lo hubiera hecho en una sola compra de 2000 acciones a un precio promedio. Creo que es completamente injusto y que demuestra la absurdidad de la normativa antiaplicación.

No se a cuantos de vosotros os molesta esta normativa pero propongo una campaña contra esta normativa. Ya es suficientemente complicado operar en los mercados que encima se tengan que tener en cuenta todos estos liosos y a veces injustos detalles de la normativa antiaplicacion.

#7

Re: La normativa antiaplicacion es una verguenza

Como molestar ,nos molesta a todos pero conociendo de antemano esta norma , la tenemos en cuenta y operamos de acuerdo con este "engorro" o no operamos en ciertos momentos y con ciertos titulos.

Que sea lioso el cumplir con esta norma , no es nada discutible , pero no causa perjuicio fiscal , solo una demora en la aplicacion de las minusvalias . Tambien tienes la solucion de no cumplirla , como con cualquier otra norma , con el riesgo de ser amonestado por el incumplimiento.

Las normas fiscales han de ser conocidas y asumidas , no solo cuando operas en los mercados , sino cuando realizas cualquier alteracion de tu patrimonio , es mas basica que cualquier otra norma o metodo operativo en los mercados.

No ceas que es una capricho del legislador , y que solo esta para incordio de los que especulamos en los mercados , tiene su objetivo, es que el contribuyente no aflore perdidas "ficticias" sin que altere su patrimonio. Cuando no existia esta norma, era un coladero de estas perdidas "ficticias" en los momentos de bajadas bursatiles.

Para operar de forma especulativa , existen otros instrumentos como las Opciones y Futuros que no estan sujetos a esta norma y si operas con acciones en contado , tienes la opcion de dejar al final del ejercicio fiscal el titulo a CERO en tu cartera y no volver a comprar hasta pasados DOS meses desde la ultimoa venta , con esto no tienes que calcular las plusvalias/minusvalias que te quedan "cautivas" por la norma antiaplicacion y puedes aplicar todas.

Saludos

#8

Re: La normativa antiaplicacion es una verguenza

Gracias por tu respuesta, entiendo completamente tus argumentos.

Aunque no estoy de acuerdo en que no causa prejuicio fiscal y lo he expuesto claramente en mi caso. Para mi es un claro prejuicio fiscal que se trate fiscalmente de diferente forma dos casos muy similares como pueden ser la venta de la totalidad de acciones de una compañia cuando en un caso se han comprado en dos compras a precios diferentes y en el otro se han comprado en una sola compra a un precio que es el promedio del anterior. Es decir en ambos casos a la venta de las acciones la ganancia es la misma, pero en el caso de una sola compra en el ejercicio 2010 se paga un 20% de impuestos y en el caso de dos compras se paga un 40% de impuestos ya que el 20% queda como perdidas latentes para el futuro...

Para mi totalmente injusto!!!