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Venta vehículo y contrato de compra venta

13 respuestas
Venta vehículo y contrato de compra venta
Venta vehículo y contrato de compra venta
#1

Venta vehículo y contrato de compra venta

Buenos días,

voy a transferir un vehículo a un familiar y desde la gestoría me indican que debo hacer un contrato de compraventa con un importe mínimo.

La cuestión es que el vehículo lo adquirí por 0 euros ya que me lo transfirieron a mi y ya no lo necesito.

La cosa es que no entiendo por qué desde la gestoría obligan a tener un contrato de compraventa y poner un importe mínimo.

Tendré que declarar ese improte luego? aunque sean 150 euros simbólicos cuando el vehículo lo adquirí por 0 euros?

Un saludo,
#2

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Cuando dices que te lo transfirieron a ti, quieres decir que te lo regalaron?

Cuando alguien te regala un bien, dicha transferencia se entiende como una donación, y, por lo tanto, se tiene que hacer una valoración del bien.

En la ATC (Catalunya) hay un simulador que te da el valor de los vehículos atendiendo a sus características personales, quizás en tu comunidad también hay un simulador para valorar el vehículo que vas a transferir

 Simulador de valoración de vehículos y embarcaciones. Agencia Tributaria de Cataluña (gencat.cat) 

Por lo tanto, la valoración que salga de dicho simulador es el "valor orientativo mínimo". 
#3

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Si, básicamente me lo regalaron tal cual.

Entonces en el contrato debería poner ese importe y ese importe entiendo que se tiene que declarar sí o sí en la próxima declaración?

Sabes cuanto tributa más o menos si lo adquirí por 0 euros y por ejemplo quiero poner un precio simbolico? porque lo voy a regalar y no me van a dar nada de dinero.
#4

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Al tratarse de una donación, puedes poner el valor orientativo mínimo y el impuesto a pagar dependerá de los tipos aplicables a tu comunidad o incluso de si existen bonificaciones específicas etc... 

Respecto a lo de la declaración, entiendo que comentas la ganancia patrimonial que habría que declarar en IRPF no? 

Vamos por partes:

- En el caso de una donación de un inmueble, la mayoría de las veces el donante tiene que declarar esa ganancia patrimonial en renta (aunque no perciba un duro por esa transmisión), que se obtiene restando al valor de transmisión el valor de adquisición, eso siempre y cuando el inmueble se haya revalorizado, ya que en caso contrario existiría pérdida patrimonial. Como te decía, en los inmuebles, es muy normal que exista revalorización.

- En el caso de un vehículo, a menos que estemos hablando de un coche clásico que pueda revalorizarse con el tiempo, lo normal es que su valor sea menor y menor cada año que transcurre, por lo tanto, no existiría ninguna ganancia patrimonial al realizar esa donación. 

Lo que tendrá que pagar el que reciba el vehículo sí o sí es el impuesto de donaciones, que probablemente sea poca cosa.

Si me dices la comunidad y el valor que te sale de tu vehículo te lo miro cuando tenga un momento
#5

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Pues la comunidad autonoma es Cataluña y el valor del vehículo sale a unos 1080 euros aproximadamente. Nostros en el contrato, porque nos obliga la gestoria, pondremos 200 euros simbólicos que alomejor incluso me los da de verdad por si la gestoría lo quiere todo serio.

Un saludo,
#6

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

No veo la razón de dar tantas vueltas al asunto. Toda transmisión de vehículo debe estar documentada para poder registrarla en Tráfico. Al haber un contrato, debe haber un precio y supongo que la gestoría sabrá cuál es el más adecuado.
Por lo demás, no tendrás nada que declarar dado que su valor ahora seguro que es inferior al que tenía cuando lo adquiriste.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

El precio simbólico que queréis poner entrará en conflicto con el valor que la administración considera que tiene el vehículo.



Las transmisiones patrimoniales onerosas tienen que estar a valor de mercado, si al liquidar el ITP ponéis que el valor del bien es de 200 euros, lo más seguro es que venga la administración a liquidaros por el valor "de mercado", que debe coincidir con los simuladores que te he pasado. 

O hacéis donación y liquidáis por ISD, o hacéis compraventa y ponéis el precio mínimo de mercado, liquidando el ITP por dicho importe. Tu gestoría quiere saber las características de tu vehículo para poner dicho precio en el contrato, entiendo yo.
#8

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

y como se hace un contrato de donación, que lio. Quizás le pondré el precio que indica en el simulador y arrenado.
#9

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Exacto, tenéis que poner ese precio mínimo y presentar el ITP con ese precio como base imponible. 

Lo de la donación en Cataluña dudo que te vaya a salir a cuenta, yo te lo decía porque hay comunidades en las que creo que existen más beneficios fiscales, y como no sabía dónde estabas, era una opción a estudiar

#10

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

@Stiffeo Gracias. La última pregunta es, la gestoría me ha dado un precio cerrado ya que el coche tiene más de 10 años. No me ha indicado de pagar nada del ITP. Me ha comentado un precio cerrado para hacer el cambio de nombre y ya está. Lo del ITP es algo que tengo que gestionar por mi cuenta?
#11

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

El ITP lo tiene que pagar el comprador, tú no tienes que presentar nada más. 

Además rectifico, en Catalunya si el vehículo tiene más de 10 años y no valió más de 40.000 euros en el momento de su compra, no existe obligación de liquidar el ITP
#12

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Creo que estáis saltando algún paso.

Primero Joseperez79 deberá de liquidar (como donatario) el impuesto de donaciones, que en su día no liquidó (Valor estimado que le da la AEAT o su Comunidad a los vehículos - 0,00 Euros Valor de compra)

Normalmente este valor estimado en su día será superior al que ahora mismo tiene el vehículo, por lo que Joseperez79 no tendrá que declarar nada en su IRPF.

Y ahora si lo regala, el agraciado será el que deberá de soportar el impuesto de donaciones al valor actual del vehículo.

Un saludo


#13

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Si, pasa que no lo regala, lo vende.

Lo de primero liquidar la donación dependerá de si ya ha prescrito o no, si en cuatro años nadie ha llamado a su puerta para exigirle el impuesto, ahora puede poner de manifesto que ya está prescrito 
#14

Re: Venta vehículo y contrato de compra venta

Si actualmente el coche figura en Tráfico a nombre de joseperez, no tiene que liquidar nada, simplemente firmar el contrato con el comprador, cobrar su precio y comunicar a Tráfico la venta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.