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Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

10 respuestas
Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores
Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores
#1

Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

 ha finales del año 2021 mi empresa cerro el centro de trabajo por motivos objetivos, tengo la siguiente duda, si no trabajo hasta la edad de la jubilación anticipada, entraría en la anterior ley de jubilación y por lo tanto tendría los coeficientes reductores anteriores a la  Ley 21/2021, en los que dichos coeficientes han sido subidos? 
#2

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

Como la ley que mencionas entro en vigor 1 de enero del 2022, si no vuelves a trabajar entiendo que si que te puedes acoge a la ley anterior si te es más beneficiosa.
Saludos.
#3

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

 Estás en un error. Los coeficientes reductores por jubilación anticipada INVOLUNTARIA (el caso que planteas) no se incrementaron por la reforma plasmada en la Ley 21/2021. Al contrario, quedaban igual o disminuían un poco (a veces, milésimas o centésimas, por el efecto de pasar a estar fijados por meses en lugar de por trimestres). Puedes verlo en estas dos tablas de CC.OO, sobre los nuevos coeficientes correctores por las jubilaciones anticipadas voluntaria e involuntaria tras las reforma de 2021.
8c5bc77a9644d86872068f7f15905424000001.pdf (ccoo.es) 
#4

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

según esas tablas, si me jubilo 2 años antes de forma involuntaria me penalizaría un 14% teniendo menos de 41 años y 6 meses de cotización. Si, es lo mismo que antes de enero de 2022, pensaba que lo habían endurecido.
#5

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

Si por ejemplo el año que viene subieran esos coeficientes, entiendo entonces que si no trabajo en el año que se suben o posterior, se me aplicarían los del año en que fui despedido?
#6

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

Es muy difícil, por no decir imposible, que esos coeficientes se modifiquen para el año 2024. La reforma introducida desde 1-1-2022 es fruto de una de las recomendaciones del Informe del Pacto de Toledo de noviembre de 2020 y del posterior acuerdo sobre pensiones entre Gobierno, CEOE, CEPYME, CC.OO. y UGT de 28-06-2021. Por tanto, el próximo Gobierno , si el del mismo color político, no va a modificar los coeficientes en los próximos años, salvo catástrofe del sistema público de pensiones, que hoy nos aseguran que es fiable . Un nuevo Gobierno de otro color político tampoco lo hará, al menos a corto plazo. El Pacto de Toledo tiene un amplio consenso político que incluye a los dos partidos que se alternan en el Gobierno de España, PSOE y PP. 

Si en un futuro se modifican esos coeficientes,  la norma regulará sus nuevos valores y la forma en que se aplicarán. Nadie puede asegurar hoy cómo será la nueva norma, si será más favorable o menos que la actual. Ni si la nueva norma contemplará situaciones transitorias, periodos de aplicación progresiva, etc. Nadie puede asegurar el sentido de la normativa futura y, si alguien lo hace, no te fíes de él. 
#7

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

Gracias, super bien explicado 
#8

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores


cuando se cerro la empresa por despido objetivo, pregunte eso al comité de empresa y me dijeron que al ser un pacto entre la empresa y el comité de empresa no nos afectarían los cambios de leyes, por ejemplo, si la empresa me paga el convenio especial hasta la edad de jubilación anticipada a los 63 años (no hablo de prejubilación, en mi caso tenia 51 años cuando fui despedido), que pasa si un cambio de leyes sube la edad de jubilación? por que evidentemente la empresa dejara de pagar cuando tenga los 63 años.
#9

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

 1)     En tu caso, deduzco que existe un Convenio Especial que paga el empresario hasta que el trabajador despedido cumpla 63 años, y no como dices “hasta la edad de jubilación anticipada a los 63 años” (si la empresa cerró, supongo que el pago se hará a través de algún seguro u otra operación de capitalización contratada por el empresario). Supongo que el mismo Convenio establecerá que a partir de los 63 la aportación de la cuota será del exclusivo cargo del trabajador, hasta cumplir la edad legal de jubilación o, en su caso, hasta que acceda a la pensión de jubilación anticipada. Por tanto, ni el pacto ni el Convenio te reconocen el derecho a jubilarte anticipadamente a los 63 años, ni a hacerlo con una legislación determinada, porque no tienen capacidad normativa para hacerlo. Lo que ocurre es que al llegar a los 63 tendrás que decidir si te jubilas anticipadamente a esa edad, obviamente si cumples los requisitos que exija la legislación de pensiones que se halle vigente, o si continúas con el Convenio pagándolo tú. 
2)     Preguntas ¿qué pasa si un cambio de leyes sube la edad de jubilación?. Pues eso lo determinará precisamente la hipotética y futura nueva ley y no puede adivinarse. Es usual, pero no obligatorio, que las leyes, además de las reglas generales, contemplen reglas transitorias específicas para supuestos en los que se está a poco de adquirir el derecho de que se trate (el acceso a la jubilación anticipada involuntaria en tu caso) y la nueva regulación demoraría o dificultaría su obtención en un grado que el legislador estima conveniente atenuar o evitar. 
#10

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

efectivamente, existe un seguro contratado que va cada mes pagando las cuotas del convenio especial con la seguridad social.

revisando el acuerdo, efectivamente, pone que pagaran las cuotas hasta los 63 años, y que luego soy libre de optar por la jubilación o por seguir pagando las cuotas, aunque en mi caso y actualmente si podría optar a la jubilación al tener con esa edad 42 años cotizados

Entiendo que si se diera la situación que planteo siempre podría pedir el subsidio para mayores de 52 años si existe en ese momento.

de nuevo, muchas gracias por la explicación.

#11

Re: Jubilación Anticipada Involuntaria y coeficientes reductores

No, los coeficientes se aplican los vigentes en el momento de la jubilación