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Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

10 respuestas
Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica
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Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica
#1

Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Buenos días, en enero de 2022 solicitamos a mi padre ya jubilado el complemento de maternidad (brecha de género, ...) y en octubre se lo concedieron con efectos retroactivos desde 2018 con su correspondiente retención de IRPF (23%). 

Pero, al hacer la Renta de 2022, veo que NO han INCORPORADO esos datos pero si nos aparecen todos los datos, importe y su IRPF.

Me entran entonces varias dudas ya que tras leer una Consulta Vinculante de la DGT (V0267-22) sobre otra prestación similar (nacimiento y cuidado de menor), ésta hace referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo, 1462/2018 de 3 de octubre de 2018, sobre la exención de la "prestación de maternidad", es por lo que creo que el Complemento de brecha de género que le han concedido a mi padre está exento por:

1) Que la seguridad Social en su notificación de "aprobación" lo ha denominado "complemento por maternidad".
2) Que el art. 7.h) de la Ley 35/2006 indica que están exentas las rentas por maternidad y paternidad.
3) Que la sentencia del Tribunal supremo, reitera esta exención.
4) Que la Consulta Vinculante, desde mi punto de vista, así lo interpreta (la exención)

Debo por lo tanto:
1) Incorporar esos datos en la renta ?
2) pedir la devolución del IRPF que nos retuvieron en octubre de 2022 ?
3) hacer una consulta vinculante a la DGT sobre mi caso y que se podría extender a otros ? 
#2

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

lo que está exento es la prestación por maternidad/paternidad cuando nace un hijo, así como cualesquiera otras ayudas públicas por este motivo -nacimiento y cuidado de hijos- que puedan conceder Seguridad Social u otras entidades públicas.
Pero el complemento de maternidad o de brecha de género que se añade a la pensión, recibe el mismo tratamiento que esta. Es decir, si la pensión es por incapacidad absoluta o gran invalidez y entonces está exenta, el complemento también lo estará. En otro caso, toca declararlo y pagar.
#3

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Tiene todo el sentido, muchas gracias

La ignorancia es lo que tiene.
#4

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

El problema es como se imputa si como renta irregular o realizando complementarias. 


#5

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

yo diría que:
- si se lo han concedido en alguna de las instancias de reclamación administrativa de Seguridad Social, hay que presentar complementarias por cada año, y antes de que acabe el plazo de esta declaración, ya que dices se lo reconocieron en octubre; luego el plazo es hasta que finaliza el periodo de declaración voluntario actual.
-si ha sido por resolución judicial en los Juzgados de lo Social por ejemplo, entonces lo incluirías en esta declaración todo como rendimiento irregular, porque corresponde a más de 2 años.
#6

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Pero solo de puede realizar las complementarias hasta el año 2018 . Que hacemos con el 2017 y 2016?
#7

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Esa es ahora mi duda.

Lo pedimos en 2022 (enero)
Lo concedieron en 2022 (octubre)

Y se refiere a:
2018 
2019
2020
2021

Haré 4 complementarias empezando en la de 2018?

En 2017 y 2016 no nos toca nada. Ya que sólo le han reconocido 4 años.



Que follón!!!

#8

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

creo que sois 2 personas que estáis en el mismo caso -reconocimiento retroactivo del complemento por vía administrativa-. El de 2018 está claro, los ejercicios no han prescrito.
Pero para el caso en que ha cobrado 2016,2017, diría que igualmente tiene que presentar complementarias. Pues  la normativa y Hacienda dice que "La autoliquidación se presentará en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del inmediato siguiente plazo de declaraciones por el impuesto " y  "el plazo de prescripción empieza a partir del día en que se genera la obligación de hacer la declaración, y ese plazo no se inicia hasta la finalización del citado plazo para presentar la declaración complementaria", --->que en este caso será el 30 de junio de 2023.
Hasta  2017 se puede modificar en la web de la Agencia Tributaria, 2016 no tengo claro cómo se haría.
#9

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Y otra cosa. A los rendimientos ya sea de forma irregular o complementaria, los que sean de más de 2 años se les aplicaría una reducción del 30% por el art. 18 de la ley de irpf?
#10

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

si la opción es declararlos mediante complementarias, por haber sido resolución administrativa, no hay reducción del 30% ya que estás declarando en cada año lo que le corresponde.
Si se declaran todos en el ejercicio 2022 por haber sido decisión judicial, sí habría reducción ya que todo el "paquete" corresponde a más de 2 años.
#11

Re: Fiscalidad Renta 2023 - Complemento Brecha de Género / Paternidad / Aportación Demográfica

Ya va habiendo varios casos que les reconocen desde el año 2016. Según lo que indicáis la percepción de cantidades atrasadas no prescribe y hay que declararlas en cada año, si no ha habido procedimiento judicial. 
Acabo de ver que en la Agencia Tributaria están aún disponibles los ejercicios 2016,2017 y sucesivos, pudiéndose hacer rectificaciones de Borrador.
Parece que ese sería el procedimiento, verdad ?