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El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes

3 respuestas
El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes
El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes
#1

El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes

Buenas noches, 

El Tribunal Supremo (TS) en su sentencia 294/2023 de 8 de marzo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo avala la aplicación del mínimo por discapacidad en el IRPF de una contribuyente mediante informes medicos.

Es decir, ha fijado que es posible aplicar la exención fiscal por discapacidad en el IRPF siempre que ésta se acredite por cualquier medio, no sólo mediante un certificado emitido por el IMSERSO o el órgano competente de la comunidad autónoma.

¿Alguien sabría si esto ha creado jurisprudencia y se puede por tanto, aplicar en la renta 2022 y pasadas?

#2

Re: El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes

Sí crea jurisprudencia, pero conviene leer la sentencia completa porque no dice, sin más, que se puede acreditar sin certificado; dice que se acredita con certificado, "salvo en casos excepcionales", como el de la sentencia, en el que, mientras se tramitaba la vía judicial, la contribuye obtuvo el certificado de discapacidad que no tenía antes porque no le había dado por pedirlo, aunque podía.
Es decir: aparte de acreditar que se cumplen las condiciones para tener la discapacidad, supongo que gestión de AEAT solicitará justificantes de porqué no se ha pedido el certificado a la Comunidad.
Hay que tener en cuenta que los certificados de discapacidad son complicados; por ejemplo, conozco a una mujer con diabetes 1 que lo tiene, y a otra que no, y es la misma enfermedad, y la misma Comunidad Autónoma... Así que la AEAT no va a certificar una discapacidad no reconocida por la Comunidad Autónoma tan alegremente.
#3

Re: El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes

Manda huevos que los de Comunicación del propio Tribunal Supremo metan la pata, y citen una sentencia equivocada. 
NO ES la sentencia 294/2023, sino la sentencia 837/2023

Y todas las webs que lo citan, a poner lo que dice el comunicado de prensa con su error.
NADIE VERIFICA NADA!

Este es el link a la sentencia correcta:
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/4c86c1ec1d418543a0a8778d75e36f0d/20230323
CENDOJ: 28079130022023100026 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: El TS permite aplicar el mínimo por discapacidad en el IRPF mediante informes

Cierto. Y así con todo... Alguien dice una barbaridad y los voceros lo reproducen sin contrastar.